Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
 

PRESUPUESTO
 

Resolución 344/98
 

Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 1998 de Ferrocarriles Argentinos (e.I.)
 

Bs. As., 23/3/98
 

VISTO el Expediente N° 951/97 del Registro de FERROCARRILES ARGENTINOS (e.I.) en que se tramita la aprobación del Presupuesto del ejercicio 1998 formulado por FERROCARRILES ARGENTINOS (e.I.) actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la Decisión Administrativa N° 55 de fecha 22 de enero de 1998, y
 

CONSIDERANDO:
 

Que la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL confiere en el Título II, Capítulo III, el régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.
 

Que al artículo 60 de la Ley N° 24.938 faculta al Jefe de Gabinete de Ministros a establecer prórrogas al plazo referido en el artículo 64 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 1997, modificado por el artículo 25 de la Ley Nº 24.764.
 

Que en virtud de ello, la Decisión Administrativa Nº 55 de fecha 22 de enero de 1998 prorrogó la liquidación definitiva de distintos entes en liquidación enunciados en las planillas que como ANEXO I, ANEXO II y ANEXO III forman parte integrante de dicho dispositivo, entre los cuales se encuentra FERROCARRILES ARGENTINOS (e.I.).
 

Que en consecuencia, es necesario proveer lo conducente al desenvolvimiento operativo de dicho ente en liquidación para el ejercicio 1998, conforme lo establecido por la mencionada Decisión Administrativa.
 

Que obra en el Expediente visto, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
 

Que el artículo 49 de la mencionada Ley y el Decreto Reglamentario N° 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley N° 24.156, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la aprobación de la presente medida.
 

Por ello,
 

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:
 

Artículo 1º-Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 1998 de FERROCARRILES ARGENTINOS (e.I.) de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente Resolución, respectivamente.
 

Art. 2º-Estímase en la suma de PESOS SETECIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 717.355.-) los ingresos de operación y fíjase en la suma de CINCO MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTAY CINCO ($ 5.317.355.-) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 4.600.000.-) de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.
 

Art. 3º-Estímase en la suma de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 5.317.355) los ingresos corrientes y fijase en la suma de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 5.317.355) los gastos corrientes y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (EQUILIBRADO) estimado en PESOS CERO ($ 0.-) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.
 

Art. 4º-Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente Resolución, estímase el Resultado Financiero (EQUILIBRADO) para el Ejercicio 1998 en PESOS CERO ($ 0.-) de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.
 

Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Roque B. Fernández.
 

    ANEXO