PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA
(PPP)


EDESUR
EDENOR
EDELAP
CENTRAL COSTANERA
CENTRAL PUERTO
 CENTRAL DIQUE
CENTRAL DOCK SUD


PPP - EDESUR

El Decreto N° 714/92 de Poder Ejecutivo Nacional, que dispuso la constitución de la Sociedad, determinó que el 10% (diez por ciento) del capital social, representado por las acciones clase "C", estaría sujeto al programa de propiedad participada (PPP), conforme a lo previsto en el capítulo III de la Ley N° 23.696. Posteriormente, el Decreto N° 265/94 del Poder Ejecutivo Nacional dispuso la aprobación de la instrumentación del mencionado programa, adjudicando las acciones clase "C" a los empleados adquirentes, estableciendo el precio de venta en $ 0.95 por acción y dando por designado al Banco de la Nación Argentina como fideicomisario, según lo dispuesto por la Resolución N° 1162/93 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Durante el año1999, se mantuvieron gestiones permanentes en procura de concretar una oferta en firme para los accionistas "clase C" (trabajadores y ex trabajadores de la empresa). En tal sentido, el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos autorizó la cancelación del programa, mediante la resolución Nro. 735, del 9 de Junio de 1999.

* Fuente: Memoria y Balance Edesur S.A. (1992-1999)


PPP - EDENOR

El Decreto 714/92 del Poder Ejecutivo Nacional, que dispuso la constitución de la Sociedad, determinó que el 10% del capital social, representado por las acciones clase "C", estaba sujeto al Programa de Propiedad Participada (PPP) conforme a lo previsto en el capítulo III de la Ley N° 23.696. El Decreto N° 265 (B.O. 22 de febrero de 1994) del Poder Ejecutivo Nacional dispuso:

- la aprobación de la instrumentación del mencionado programa,

- la adjudicación de las acciones clase "C" a los empleados adquirentes,

- el precio de venta de dichas acciones en $0,92 por acción, y

- la designación del Banco de la Nación Argentina como fideicomisario.

Los accionistas adjudicatarios eligieron a los directores titular y suplente que los representan en el Directorio, los cuales se integraron al mismo.

Durante el Programa de Propiedad Participada, no se puede modificar el objeto social, ni alterar la proporcionalidad entre las clases de acciones, sino respetando las disposiciones que contenga el Programa.

Adicionalmente, el estatuto social prevé la emisión a favor del personal en relación de dependencia de todas las jerarquías, de Bonos de Participación en los términos del artículo 230 de la Ley N° 19.550, de forma tal de distribuir el 0,5% de la utilidad neta de cada ejercicio entre los beneficiarios del Programa.

* Fuente: Memoria y Balance Edenor S.A. (1992/1998)


PPP - EDELAP

El Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto 976/95 publicado en el Boletín Oficial del 13 de Julio de 1995 estableció, que la determinación de los valores definitivos y el aporte de activo pasivo y capital resultante se llevaría a cabo sobre la base del precio que la adjudicataria (Compañía de Inversiones en Electricidad S.A.) había ofrecido por el paquete accionario mayoritario de Empresa Distribuidora La Plata Sociedad Anónima (EDELAP S.A.).

Con fecha 27 de setiembre de 1995 el Directorio de la Sociedad asignó dicho mayor valor a los bienes de uso transferidos, la contrapartida fue una Reserva Extraordinaria hasta la Asamblea de accionistas que consideró la capitalización prevista en el Decreto N° 976/95 del Poder Ejecutivo Nacional La Asamblea Extraordinaria de accionistas, del 11 de diciembre de 1995, decidió capitalizar la totalidad de la Reserva Extraordinaria, respetando la proporcionalidad en la distribución accionaria existente: 51% Clase "A"; 39% Clase "B" y 10% Clase "C".(correspondientes al Programa de Propiedad Participada).

* Fuente: Memoria y Blance de Edelap S.A. (1992/1998)



PPP - CENTRAL DIQUE

En virtud de lo dispuesto por la Resolución Conjunta del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos Nro. 512 y del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Nro. 261, por la que se decidió la no inclusión de un Programa de Participación al Personal en el proceso privatizador de Central Dique Sociedad Anónima, la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria del 17 de julio de 1997 decidió la eliminación de las Acciones Clase "C" y su conversión en Acciones Clase "B". Debido a la Resolución mencionada se modificó el Estatuto Social reformando los artículos quinto, sexto, decimoprimero, vigésimo, trigésimo segundo, trigésimo sexto y cuadragésimo segundo y se eliminó el articulo decimotercero, adecuando el articulado a esta reforma

* Fuente: Memoria y Balance de Central Dique S.A. (1992/1998)





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