RESEÑA HISTORICA EDENOR

CONSTITUCION

En cumplimiento de la Ley N° 24.065 y dentro del marco de las privatizaciones de las Empresas del Estado Argentino, se declaró sujeta a privatización total la actividad de generación, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica prestada por la empresa Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires S.A. (SEGBA), la que fue dividida en siete unidades de negocio: tres distribuidoras y cuatro generadoras de energía.

Con fecha 14 de mayo de 1992, por medio de la Resolución N° 591/92, el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos aprobó el Pliego de Bases y Condiciones (Pliego) del llamado a Concurso Público Internacional para la venta de las acciones clase "A", representativas del 51% del capital social de Empresa Distribuidora Norte S.A. (EDENOR SA.) y Empresa Distribuidora Sur SA. (EDESUR S.A.), dos de las tres empresas distribuidoras de energía eléctrica en que se dividió SEGBA.

Electricidad Argentina S.A. (EASA), constituida originalmente por Electricité de France (EDF), Empresa Nacional Hidroeléctrica del Ribagorzana S.A. (ENHER), Astra Compañía Argentina de Petróleo S.A. (ASTRA), Société D’Amenagement Urbainet Rural (SAUR), Empresa Nacional de Electricidad S.A. (ENDESA) y J.P. Morgan International Capital Corporation, se organizó para presentarse como oferente al mencionado concurso para la venta de las acciones clase "A" de EDENOR SA., sociedad constituida el 21 de julio de 1992 por el Decreto N° 714/92.

Con una oferta de U$S 427.972.977 se preadjudicaron a dicho consorcio las acciones clase "A" de EDENOR S.A., firmándose el 6 de agosto de 1992 el contrato respectivo de transferencia del 51% de su capital social. La adjudicación y el contrato de transferencia fueron aprobados por el Decreto N° 1.507/92 del Poder Ejecutivo Nacional el 24 de agosto de 1992. Finalmente, el 10 de septiembre de 1992 se realizó la toma de posesión, iniciándose las operaciones de la Sociedad.

De acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 282/93 del 22 de febrero de 1993 del Poder Ejecutivo Nacional, los valores definitivos y aportes de los activos, pasivos y del capital resultante originados en la transferencia de SEGBA se determinaron en función del precio efectivamente pagado por el paquete mayoritario licitado (51% del capital social representado por la totalidad de las acciones clase "A"). Este precio sirvió también de base para determinar el valor del 49% restante del capital accionario. Al total del capital accionario así calculado de 831.610 se le adicionó el importe de los pasivos asumidos para determinar el valor de los activos transferidos de SEGBA.

A fines de 1998 la Composición de los Consorcios a cargo de la unidad de distribución EDENOR S.A. era la siguiente:


Accionistas
Clase "A"
Clase "B"
ASTRA C.A.P.S.A. 9.82 .
ENDESA INTERNACIONAL S.A. 1.09 .
SAUR - SOC. D´AMENAGEMENT URBAIN ET RURAL . 3.27
E. NAC.HIDRO. DE RIBARGOZANA 9.00 .
EDF INTERNACIONAL S.A. 9.82 19.54
CONDOMINIO EDF Int. Y ENDESA Int. 0.00 .
INVERSORES INTERNACIONALES (ADR) 7.78 .
MORGAN GUARANTY TRUST CO. New York 7.22 .
ENDESA DESARROLLO S.A. 3.00 .
INVERSORES VARIOS (ENDESA ESPAÑA) . 19.46

OBJETO SOCIAL

EDENOR S.A. tiene por objeto exclusivo la prestación del servicio de distribución y comercialización de energía eléctrica dentro de la zona norte de la Capital Federal y los siguientes partidos de la Provincia de Buenos Aires:
- Escobar
- San Fernando
- San Isidro
- San Martin
- Tres de Febrero
- Pilar
- Moreno
- Gral. Las Heras
- Gral Sarmiento
- Gral. Rodriguez
- Moron
- Marcos Paz
- La Matanza

ACUERDO MARCO

Con fecha 10 de enero de 1994, la Sociedad, junto con EDESUR S.A., el Estado Nacional y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires firmaron un Acuerdo Marco tendiente a resolver la situación del suministro eléctrico a asentamientos y barrios carenciados. El propósito de dicho Acuerdo Marco fue establecer los lineamientos a los que se ceñiría la normalización del suministro eléctrico a asentamientos y barrios carenciados. El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), a través de la Resolución N° 6 del 20 de enero de 1994, resolvió homologar dicho acuerdo, que fue ratificado por el Decreto N° 584 del 22 de abril de 1994 del Poder Ejecutivo Nacional y el Decreto N° 1.445 del 2 de junio de 1994 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires.

De acuerdo con el art. 50 del Acuerdo Marco, la Sociedad renunció a cualquier reclamo y/o cobro de facturas, actualizaciones, recargos e intereses originados desde el 1° de septiembre de 1992 hasta el 31 de enero de 1994 que tuvieran como origen las conexiones directas, hurto, consumos no registrados o cualquier otra forma de apropiación indebida de electricidad o uso irregular de la misma. El valor económico asignado a dicha renuncia ascendió a $ 20.000, el que fue atendido con un Fondo Especial, soportado por el Estado Nacional y la Provincia de Buenos Aires con aportes porcentuales sobre la facturación efectivamente cobrada a los usuarios de los asentamientos y barrios carenciados. La duración del Fondo fue de 4 años a partir de la vigencia de dicho acuerdo.

CONSTITUCION DE SACME S.A.

De acuerdo al Pliego, EDENOR SA. y EDESUR S.A. constituyeron en partes iguales la sociedad SACME S.A., encargada del control de movimiento de energía provista a dichas distribuidoras. El 10 de marzo de 1993, la Inspección General de Justicia aprobó la constitución de la citada sociedad, cuyo capital ascendió a $ 12.000 La inversión registrada al 31 de diciembre de 1994 y 1993 asciende a 30.000 y 17.000, respectivamente. El compromiso de inversión de la Sociedad, que era similar al de EDESUR S.A., se estimaba en aproximadamente $ 9.550, que serían aportados a SACME SA. para su funcionamiento.

MARCO REGULATORIO

a) Aspectos generales

La actividad de la Sociedad se encuentra regulada por la Ley N° 24.065, la cual crea al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE). En tal sentido, la Sociedad está sujeta al marco regulatorio dispuesto por la mencionada Ley y a las reglamentaciones que dicte el ENRE.

Asimismo, el ENRE tiene entre sus facultades: a) la aprobación y control de las tarifas, y b) el contralor de la calidad del servicio y producto técnico, previstos en el Contrato de Concesión. El incumplimiento de las disposiciones establecidas en dicho Contrato y en las normas y regulaciones que reglan la actividad de la Sociedad, hacen pasible a ésta de sanciones que pueden llegar hasta la pérdida de la concesión.

b)Concesión

La Concesión fue otorgada por un plazo de 95 años, prorrogable por un máximo adicional de 10 años. El lapso de la misma se dividió en períodos de gestión, el primero de los cuales tuvo una duración de 15 años y los siguientes de 10 años cada uno. Luego de cada período de gestión se debe proceder a la licitación de las acciones clase "A", representativas del 51% del capital de EDENOR S.A., actualmente propiedad de EASA. En caso que ésta última realice la mayor oferta, continuará en poder de dichas acciones sin necesidad de efectuar desembolso alguno. Por el contrario, en caso de resultar otra oferta mayor, los oferentes deberán abonar a EASA el importe de su oferta en las condiciones de la misma.

c)Concesiones de uso de inmuebles

De acuerdo al Pliego, SEGBA otorgó gratuitamente a la Sociedad el uso de inmuebles, por plazos que oscilaban entre los 3,5 y 95 años con o sin opción de compra según las características de cada uno de ellos, quedando a cargo de la Sociedad los pagos de las tasas, impuestos y contribuciones que los graven y la constitución de seguros por incendio, daño y responsabilidad civil, a satisfacción de SEGBA.

La Sociedad podrá introducir todo tipo de mejoras en los inmuebles, incluyendo nuevas construcciones, previa autorización de SEGBA, que quedarán en poder del concedente al vencimiento del plazo de concesión sin derecho a retribución ni compensación alguna.

SEGBA podrá declarar resuelto el contrato de comodato, previa intimación a la Sociedad a cumplir la obligación pendiente, en ciertos casos previstos en el Pliego.

 * Fuente: Memoria y Balance de Edenor S.A. - 1992-1998-