Aerolíneas Argentinas Sociedad del Estado
Tarifas previas a la Privatización


El mecanismo de fijación de precios utilizado por AA, al igual que la mayoría de las empresas internacionales, presenta diferencias según se trate de tarifas correspondientes al segmento internacional o de tarifas aplicables al servicio de cabotaje. Siguiendo también la corriente preponderante en este aspecto a escala mundial, tales mecanismos tarifarios han sufrido en el caso de AA cambios bastantes significativos en los últimos años, originados principalmente en los procesos de desregulación aérea y aumento de la competencia que ha venido dando en el negocio aéreo.

La fijación de precios para el tráfico internacional sigue básicamente un procedimiento de doble aprobación ya que por un lado las tarifas surgen de un acuerdo multilateral alcanzado por distintas empresas en el mercado de la IATA y por otro resulta aprobadas por los gobiernos de los países unidos por las distintas rutas. Una vez alcanzada el acuerdo en el IATA, la aprobación gubernamental resulta normalmente obtenida por las aerolíneas interesadas sin demasiados inconvenientes, aunque en ciertos casos suele producirse demoras en dicha aprobación por parte de algunos gobiernos (en América Latina se ha producido varias veces el momento en los cuales ciertos países - la Argentina entre ellos - tenían en marcha planes de estabilización que contemplaban " congelamientos tarifarios).

Hasta hace relativamente pocos años, las tarifas aéreas internacionales basadas en acuerdos de la IATA constituían parámetros más o menos rígidos que eran seguidos por casi la totalidad de las aerolíneas de bandera, resultando en ese aspecto un ejemplo bastante claro de lo que podría tipificarse como precios fijados a través de un procedimiento oligopólico colusivo. Con el aumento de competencia aérea que se dio a lo largo de toda la década del 80, esta situación empezó a variar y comenzaron a generalizarse prácticas tarifarias que implicaban brechas importantes entre lo oficialmente aprobado y lo realmente utilizado por la aerolínea. Estas distorsiones que eran ya conocidas en el negocio aéreo pero que no se hallaban tan generalizadas consisten en la realización de una serie descuentos por diversos conceptos (período del año o del día, horas voladas por el pasajero, momento de adquisición del pasaje) que buscan lograr por parte de la aerolínea una mayor penetración en los mercados o una mejor utilización de los asientos - kms disponibles. En ese sentido AA se ha caracterizado - aún antes de la privatización por hacer un uso realmente extensivo de este tipo de descuentos en virtud en que se mercado internacional se caracteriza por presentar fuertes variaciones estacionales que le generan intervalos de exceso de ofertas relativamente prolongados. Todo este fenómeno de apartamiento de los niveles tarifarios aprobados oficialmente determinó que, en los últimos años los precios fijados por la IATA se hayan transformado en tarifas "sugeridas" más que obligatorias. Las autoridades gubernamentales también han respondido a este hecho, con lo cual las normas de aprobación de los cuadros tarifarios de las empresas aéreas se ha flexibilizado notablemente. En ese sentido, la Argentina ha establecido a través de la resolución 94/89 de la ST, que las líneas aéreas que exploten servicios internacionales pueden aplicar tarifas inferiores a las vigentes oficialmente, previa aprobación de dicha Secretaría en el caso en que la tarifa propuesta sea inferior a la utilizada por Aerolíneas Argentinas.

En cuanto al procedimiento de la fijación de precios de cabotaje, las normas existentes al respecto en el Argentina, han sufrido también cambios importantes en los últimos años, los cuales vuelven difícil hablar de una función o norma tarifaria específica. Puede decirse sin embargo que existen para distintas rutas una serie de tarifas de referencia basadas en parámetros diversos (kms recorridos, distinción entre la Patagonia y el resto del país, estructura de costos de las empresas, elasticidad de la demanda de los mercados). Desde la entrada en vigencia de la Resolución 175/87 ST, comenzó a autorizarse a las empresas apartamientos en más y en menos respecto de la tarifa oficial, siempre y cuando estos no superaran el 20% de dicha tarifa.

Desde la sanción de la Ley de desindexación de la economía y convertibilidad de la moneda en abril de 1991, dichos apartamientos autorizados solo rigen para la banda negativa es decir las tarifas pueden ser hasta un 60% menores que las aprobadas oficialmente.

La evolución de las tarifas de AA, a lo largo del tiempo muestran cambios basados tanto en fenómenos internos como externos. A nivel internacional la empresa siguió en general las corrientes preponderantes en el tráfico mundial y sus tarifas medidas en dólares tendieron a mantenerse en un nivel relativamente establece a lo largo de los últimos años de la década del 80 y primeros de la de 90.

EVOLUCION DE LOS PRECIOS MEDIOS POR REGION 1986/1990

(en dólares por ASK)

Concepto

Dic.86

Dic87

Dic.88

Dic89

Jun90

Set90

Oct90

Variac.

86/90

Europa/Oceanía

7.69

8.77

8.58

8.18

8.85

8.87

9.42

22%

América del Norte

8.06

8.40

7.87

7.88

8.16

7.12

9.90

22,8%

Sud América

9.96

10.33

10.24

10.34

10.30

9.70

11.23

12,7%

Cabotaje

6.70

6.25

6.40

6.14

8.90

8.74

13.47

100%

Promedio Global

7.64

7.94

7.83

7.74

8.76

8.70

10.22

33,7%

FUENTES SECRETARIA DE TRANSPORTE

Al nivel de los vuelos de cabotaje el carácter cuasimonopólico de las firmas hizo que los movimientos registrados obedecieran más bien a fenómenos relacionados con la política macroeconómica de los distintos períodos y a los cambios institucionales que se fueron produciendo. Dentro de estos últimos el más importante fue el proceso de privatización de la empresa encarado a fines de 1989, el cual motivo que los niveles tarifarios sufrieran un importante incremento a lo largo de todo el año 1990. Como puede verse las tarifas medias de cabotajes eran al momento de entregarse AA a la empresa Iberia el doble en dólares del nivel alcanzado a fines de 1986. Durante 1991 el nivel tarifario interno se mantuvo más o menos constante en términos reales, produciéndose leves bajas a partir del mes de julio. Este hecho se debe en parte a la entrada en vigencia de la ley de convertibilidad de la moneda pero no resulta descabellado suponer que en parte se haya producido por razones microeconómicas (es decir que durante 1990 las tarifas hayan quedado por encima del precio maximiza beneficios y que este "overshooting" haya sido corregido parcialmente a lo largo de 1991

TARIFAS DE CABOTAJE 1990/91

Mes y año/ruta

Bs.As/Córdoba

Bs.As/M. del Plata

 

Australes

Dólares

Australes

Dólares

Enero 1990

88200

51.43

54900

32.01

Abril 1990

465800

93.93

295400

59.57

Julio 1990

531100

99.57

336800

63.14

Octubre 1990

785000

140.33

498000

89.02

Enero 1991

856000

129.62

543000

82.22

Abril 1991

1287000

131.43

817000

83.44

Julio 1991

1210000

121.63

773000

77.70

Octubre 1991

1210000

122.05

773000

77.97

Diciembre 1991

1210000

122.07

773000

77.99


FUENTE SECRETARIA DE TRANSPORTE