OBRAS SANITARIAS DE LA NACIÓN (e.l.)

MEMORIA INSTITUCIONAL

Período 01-01-98 al 30-06-98

La Memoria Institucional tiene como objeto informar acerca de los principales acontecimientos ocurridos con posterioridad a la designación del suscripto como Liquidador de la empresa O.S.N. (e.l.), hecho concretado mediante Resolución N° 399 deI M.Ey O.y SP. del 31 de marzo de 1997.

Por otra parte, el Balance General responde a las exigencias dispuestas por las disposiciones de rendición de cuentas normadas por el Decreto 1836/94, para lo cual se han aplicado los principios y preceptos de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional promulgada el 26 de octubre de 1992.

A través de los procedimientos implementados se ha logrado la integración automática de las operaciones presupuestarias, del tesoro y patrimoniales, utilizándose un registro contable integrado e integral, que permite una exposición del patrimonio público o su equivalente capital fiscal.

El cambio estructural producido en la administración requirió de un esfuerzo intensivo con el objeto de superar las limitaciones y condicionantes vigentes al inicio de la gestión, en particular en materia de información, para transformarla en suficiente, confiable y oportuna.

Circunscripta la liquidación a un período inicial de 90 días de labor, que finalizaba el 30 de junio de 1997, (art. 25 de la Ley 24.764 del Presupuesto de 1997) la nueva gestión liquidadora bosquejó de inmediato un programa de actividades acorde al corto plazo que le imponía la circunstancia anteriormente señalada, sujetándose a los lineamientos impuestos por el Decreto 1836/94.

A partir del relevamiento de los principales circuitos administrativos y de un primer análisis de los estados patrimoniales y de la documentación respaldatoria existente en el organismo, se determinó la necesidad de completar la misma, además de producir la verificación y conciliación de la información sustentatoria de la exposición patrimonial de la entidad.

La metodología imperante en materia de registración y exposición contable, inhabilitaba obtener un conocimiento acabado del patrimonio institucional transferido a los efectos de administrar la liquidación.

La expectativa de "cierre" inmediato de la entidad en liquidación, que se preveía para el 30 de junio de 1997, tenía entre otras dificultades prácticas, la vigencia del contrato de gestión de cobranzas de deudores morosos de O.S.N. (e.l.) que se había suscripto en diciembre de 1996 y que vencía el 6 de abril de 1998.

En el marco de la realidad descripta, resultaba prácticamente imposible dar cumplimiento a los objetivos de la liquidación sin transferir problemas a las distintas áreas del M.E.y O. y SP. que deberían atender las cuestiones residuales post-liquidación, si previamente no se producía un ordenamiento que garantizase una transferencia ordenada de los temas pendientes de resolución.

Por otra parte, la integración del denominado expediente de cierre a esa fecha resultaba insuficiente, tanto en lo que se refiere a información como a la documentación respaldatoria.

En la tramitación de la citada actuación se encontraron expuestas las distintas falencias administrativas que fueran informadas en ocasión de la autoridad efectuada por la Sindicatura General de la Nación al balance final de la gestión activa de la empresa -31 de diciembre de 1992.

El mencionado órgano de fiscalización emitió dictamen con abstención de opinión, basando tal actitud en la falta de una estructura de control interno adecuado y de inapropiados procedimientos contables que tenía el Organismo auditado.

Entre otras cuestiones, señalaba la falta de arqueo al 30 de junio de 1994, la falta de consignación en la remisión de créditos y deudas con organismos estatales, la inclusión de juicios laborales con montos indeterminados que no permitían relacionar el contenido de los mismos con los montos previsionados, la metodología utilizada en la tramitación de los expedientes de consolidación de deuda, etc.

Situación que ya se encontraba expresada en informe desarrollado una década atrás - mes de noviembre de 1988 - producido por la Sindicatura General de Empresas Públicas donde marcaba la existencia de las deficiencias administrativas, las que subsistieron hasta que, con el cambio de titular de la liquidación de la empresa, se comenzaron a tomar las acciones conducentes a su regularización.

La síntesis de lo expresado anteriormente se traduce en un ente con marcadas deficiencias en sus mecanismos de control interno, información insuficiente, inoportuna y poco confiable y una organización inadecuada para encarar con probabilidades de éxito el proceso liquidatorio.

MEDIDAS ADOPTADAS

Una vez prorrogado el plazo de vigencia de la gestión liquidatoria hasta el 31 de diciembre de 1997, Decisión Administrativa N° 371 del 30 de junio de 1997 y posteriormente ampliado hasta fines de este año, la actual liquidación efectuó una serie de correcciones tendientes a clarificar la posición económica, legal y administrativa del organismo.

Fueron así reasignadas las prioridades en la actividad desarrollada por el personal contratado, configurando un cuerpo funcional de mayor coherencia.

Se determinaron tres áreas específicas destinadas a atender la Liquidación: Administración, Finanzas y Contabilidad, el Recupero de Créditos y la supervisión legal a cargo de la Coordinación de Asuntos Jurídicos.

En el área de Administración, Finanzas y Contabilidad se impulsó un cambio sustancial:

Se instaló y puso en marcha un sistema integrado de contabilidad por partida doble, en concordancia con las normas profesionales que regulan la actividad y los postulados de la Ley 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Se diseñó un sistema de registro y control diario de disponibilidades, dado que la Tesorería no estaba integrada al sector contable, en la que se emitían los cheques sin asiento analítico en la contabilidad, por lo cual no permitía el cruzamiento de documentación y dificultaba las tareas de arqueos de fondos.

En materia de Créditos debemos distinguir básicamente los dos principales rubros: los ex usuarios privados y aquellos públicos. Estos últimos pertenecientes a entidades, empresas u organismos estatales.

La cobranza de los usuarios privados se encontraba tercerizada a una Concesionaria privada, controlándose su gestión a través de un sector de la empresa que actuaba bajo la denominación de Unidad de Recupero de Créditos.

Este punto será ampliado más adelante al referimos a la actual Coordinación de dicha Unidad.

A su vez, la determinación de los créditos provenientes de deudores públicos trajo aparejada una dificultosa búsqueda para su identificación, altamente disgregada y con un tratamiento heterogéneo, aplicándose para su clasificación criterios disímiles, tanto por la aplicación del Decreto 404/90, como por las Leyes 24.133 y 24.154.

Se encontraron también, actas que establecían compensaciones de créditos entre organismos del estado concretadas durante los años 1992 y 1995, que no confluían en un sistema contable centralizado que expusiera tal situación.

A la fecha de esta presentación se ha producido un significativo avance en la tarea de remitir las deudas compensadas entre Nación y Provincias conforme a las normativas vigentes.

En cuanto a los Bancos y Municipios con deuda hacia O S N (e l.) se encuentra avanzada la identificación de los créditos remanentes, como así también el estudio acerca de la legitimidad, categorización y determinación del monto de tales acreencias.

A criterio de esta Liquidación falta aún la etapa de perfeccionamiento en la transferencia adecuada de los dominios a través de actos notariales pendientes.

De lo contrario podrían omitirse o duplicarse la exposición de los bienes entre los diferentes organismos involucrados, con el consiguiente impacto en el cálculo del patrimonio fiscal. Esta tarea no es de índole menor y requiere de los recursos correspondientes.

No obstante lo dicho, la Liquidación procedió a dar cumplimiento a la mencionada Decisión Administrativa, logrando a la fecha la determinación de las valuaciones fiscales de 600 inmuebles, quedando un remanente de 109 para completar esta etapa de depuración.

El inventario de bienes muebles mostraba - tal vez - el mejor grado de control individual. De su relevamiento y análisis surgió la necesidad de desafectar los bienes donados al Poder Judicial y a la Dirección Nacional de Bienes del Estado, situación que está permitiendo una regularización en los registros específicos del organismo.

En tal sentido, esta Liquidación procedió a rehacer el Inventario de bienes muebles informando al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos los destinos de las bajas encontrándose a la fecha perfectamente identificables.

La Unidad de Recupero de Créditos tuvo a su cargo el control de la actividad de la Concesionaria de Cobranzas de Usuarios privados morosos, atendiendo básicamente los trámites derivados de la gestión recaudatoria que la empresa contratista desarrolló entre el 7 de abril de 1995 y el 6 de abril de 1998.

La unidad mencionada se encontraba integrada con personal dedicado a actividades múltiples, situación que -a nuestro criterio - dificultaba las tareas de control de la actividad de la concesionaria al mismo tiempo que no podía cumplir exclusivamente las tareas específicas de contabilidad y control interno.

Esta gestión Liquidatoria creó una Coordinación de la unidad, independizándola de la tarea contable y registro de movimientos de fondos.

Al respecto se destaca que los datos de cobranzas y saldos de créditos se recibían en el Organismo a través de un informe mensual suministrado por la Concesionaria.

Dicho documento provenía de la "base de datos" instalada en los sistemas de computación de la concesionaria, conteniendo un alto grado de codificación, propia de este tipo de procedimientos electrónicos.

Si bien el sistema podría resultar confiable, en principio, la conformación del sistema informático producía - naturalmente - una gran cantidad de información cuya confiabilidad no resultaba posible verificar con la celeridad necesaria en función del diseño predeterminado y de los recursos y medios con que contaba el organismo.

El área contable registraba globalmente las recaudaciones, produciendo bajas de créditos - sin exposición analítica nominada - dejando dudas acerca de la composición definitiva de los montos volcados a los relevamientos patrimoniales.

La liquidación procedió a un intensivo estudio de los saldos deudores remanentes, reformulando con la concesionaria el método informativo de los créditos. Dicha tarea, junto con el relevamiento de la cartera en poder de los agentes judiciales continúa en forma permanente al día de hoy.

En materia de cobranzas de saldos de cuentas morosas, la liquidación entendió prudente elaborar un plan de acción que presentó oportunamente a la Subsecretaría de Normalización Patrimonial constituyendo una meta alternativa al cierre previsto para el 31 de diciembre de 1997.

Aprobada la continuidad de O.S.N. (e.l.) por Decisión Administrativa N° 55 del 22 de enero de 1998 el programa en marcha trajo como resultado los siguientes logros:

1. Recaudación adicional durante el primer trimestre 1998 de $6.000.000.- que fueron transferidos por Resolución N° 280 del M. E.y O.y S. P. de fecha 27 de febrero del corriente año, $ 3.000.000.- a la Dirección General de Fabricaciones Militares y $ 3.000.000.- al Tesoro Nacional.

2. Atención de gastos que hacen al mantenimiento del Edificio Alsina 470 y la atención del personal contratado que presta servicios en la Coordinación de Entes Liquidados dependiente de la Subsecretaría de Normalización Patrimonial, según Resolución N° 545/98 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

3. Reducción significativa de gastos de recaudación con relación a los montos erogados por la actividad de gestión de cobro privatizada.

4. Perspectivas de recaudación de otros $ 6.000.000.- a lo largo del segundo semestre de 1998.

5. Atención de más de 6.000 trámites mensuales de usuarios urgidos por la solución de los mismos.

6. Recepción de pedidos y emisión de certificados de escribano para la transferencia de dominio libre de deudas de servicios prestados por O.S.N. en el orden de 9.000 casos mensuales.

AREA JURIDICA

Enmarcando jurídicamente la labor de esta gestión Liquidadora, se concretó la formación de un cuerpo jurídico orgánico y eficiente bajo la conducción de una Coordinación.

Las principales tareas que desarrolló fue la de relevamiento y reorganización integral del área, fiscalizando las distintas actividades de la empresa a través de un reducido núcleo de profesionales.

Se regularizaron así los precarios archivos de causas pendientes y se pusieron al día los expedientes de las distintas áreas, tales como la Unidad de Consolidación de Deudas, Sumarios, Juicios pendientes, Concursos y quiebras, participación en las normativas de la Liquidación, etc.

La intensa acción desplegada en los trámites pendientes de resolución en materia de dictámenes provenientes de la acción de cobranza permitió acelerar los procesos e incrementar los montos recaudados por el ente.

Impulsó también las tramitaciones de deudas consolidadas existentes en O.S.N. (e.l.) que, al comienzo de esta gestión, se encontraba con trámites dispersos y tratados en conjunto con otras liquidaciones.

El Balance al 30 de Junio de 1998

El cuerpo central de este documento se encuentra integrado por el Balance General de Obras Sanitarias de la Nación (e.l.) elaborado sobre las pautas mencionadas al comienzo de este informe.

Como documento técnico solo debe destacarse que es el resultado de una contabilización de operaciones en tiempos reales, lo cual indica el grado de actualización de los registros efectuados - como fue dicho- con el sistema de partida doble, siguiendo los lineamientos de la Ley 24.156 y de las instrucciones emanadas del M. E. y O. y S. P.

Vale destacar que siendo tal vez la primera oportunidad en la historia de la empresa que se efectúa una tarea de esta índole, el contenido de este primer balance estará sujeto a permanente revisión y actualización.

El mantenimiento de los criterios de integridad, oportunidad, uniformidad y de información analítica, resultan a partir de este momento indispensables para el logro del objetivo final de esta liquidación en cuanto la misma se produzca dentro del marco legal pertinente.
 

Fuente: Expediente de Cierre de Obras Sanitarias de la Nación