SECRETARIA DE TRANSPORTE

RESOLUCION 948/2006

Bs. As., 13/12/2006

Visto el Expediente Nº S01:55509/2006 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por conducto de las actuaciones citadas en el Visto, se propicia la desafectación del uso operativo ferroviario de los inmuebles pertenecientes al ESTADO NACIONAL, ubicados en la Estación MENDOZA, Provincia de MENDOZA, delimitados por las calles Emilio Civit, Avenida Mitre, Tomás Godoy Cruz y la continuación de las calles Rafael Obligado y/o General Soler, delimitados como Fracciones 1A, 1B y 1C según el plano que como anexo integra la presente resolución.

 

Que la Municipalidad de GUAYMALLEN, Provincia de MENDOZA, ha iniciado gestiones con el interés de tratar de promover todas las acciones que motivan a la búsqueda de un deseado equilibrio comunitario que tiendan a la excelencia en la obtención del más alto nivel de vida.

 

Que la Municipalidad de GUAYMALLEN, Provincia de MENDOZA ha solicitado la utilización del predio indicado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, lo que permitirá instrumentar la guarda y custodia de los bienes involucrados, como mejor medida para salvaguardar los intereses del ESTADO NACIONAL.

 

Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS otorgó, a través de Acta Acuerdo de fecha 24 de mayo de 2006, a la Municipalidad de GUAYMALLEN, Provincia de MENDOZA el permiso de uso y custodia del predio que se propicia desafectar.

 

Que en virtud del Artículo 5º del Decreto Nº 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996, la incorporación de nuevos bienes inmuebles a los contratos de concesión del sistema ferroviario de pasajeros o cargas, o la desafectación de aquéllos que fueron entregados oportunamente en concesión, será dispuesta por la ex - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, hoy SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

 

Que la misma norma dispuso que los inmuebles desafectados quedan transferidos en afectación al ex - ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS hoy el ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, por imperio del dictado del Decreto Nº 443 de fecha 1º de junio de 2000.

 

Que la concesionaria BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA ha prestado su conformidad a efectos de excluir de la concesión y del uso ferroviario las fracciones aludidas en el primer considerando de la presente resolución.

 

Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención que le asigna el Artículo 5º del Decreto Nº 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996.

 

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

 

Que las facultades para el dictado de la presente medida surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2006 y el Artículo 5º del Decreto Nº 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996.

 

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1.

Desaféctanse del uso operativo ferroviario los inmuebles pertenecientes al ESTADO NACIONAL, concesionados a la Empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA, ubicados en la Estación MENDOZA, Provincia de MENDOZA, delimitados por las calles Emilio Civit, Avenida Mitre, Tomás Godoy Cruz y la continuación de las calles Rafael Obligado y/o General Soler, delimitados como Fracciones 1A, 1B y 1C según el plano que como anexo integra la presente resolución.

 

Artículo 2.

Los inmuebles desafectados quedan transferidos en afectación al ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB) organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, conforme lo dispuesto por los Artículos 1º y 2º inciso b) del Decreto Nº 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996 y el Decreto Nº 443 de fecha 1º de junio de 2000.

 

Artículo 3.

Notifíquese al ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, a la Empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA y a la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA.

 

Artículo 4.

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Ing. RICARDO RAUL JAIME, Secretario de Transporte.

 

 

ANEXO