FERROCARRILES ARGENTINOS
Decreto 829/91
Dispónese el otorgamiento de un préstamo, a la citada empresa para atender
deudas.
Bs. As., 29/4/91
VISTO el Expediente N° 13.551/90 Cde. 2 del registro de la SUBSECRETARIA DE HACIENDA y
CONSIDERANDO:
Que es necesario facilitar el proceso de Concesión Integral de Explotación de
líneas o sectores de
la RED FERROVIARIA NACIONAL dispuesto por el Decreto N° 666/89 para
FERROCARRILES
ARGENTINOS.
Que deben atenderse las deudas contraídas por dicha Empresa con las empresas
proveedoras EMEPA
SOCIEDAD ANONIMA, GRANDES MOTORES DIESEL SOCIEDAD ANÓNIMA, MATERFER SOCIEDAD ANONIMA Y
CENTRO DE ACTIVIDADES TERMOMECÁNICAS, con excepción de las que derivan de las
facturas
Nros. 22.996,
22.997, 13.851 - 13.856- 13.852- 13.853-
- 13.854- 13.855 de fs. 80, 88, 89 del expediente mencionado en el Visto del presente decreto.
Que, con el objeto de facilitar la transformación de la empresa FERROCARRILES
ARGENTINOS, se hace necesario otorgar un préstamo a la misma con el fin de que
pueda cumplir
con sus obligaciones.
Que, las reducciones presupuestarlas originadas por las economías que se producirán por la
reforma administrativa y los ingresos que percibirá en virtud de la transformación de la
Empresa, le permitirá la devolución del préstamo que se otorgará.. Si esto no
fuera suficiente,
se faculta a la SUBSECRETARIA DE HACIENDA a afectar los libramientos del TESORO
NACIONAL
emitidos en favor de la Empresa.
Que el pago podrá. realizarse mediante la entrega de Titulas de la Deuda Pública,
a valor de
mercado.
Que para financiar la referida erogación es menester aumentar el FINANCIAMIENTO
POR USO DEL
CREDITO de la ADMINISTRACION CENTRAL.
Que el ajuste propuesto está. amparado en las disposiciones de los artículos 8°,
9° y 11 de la
Ley N° 23.763, vigente en virtud de lo dispuesto por el artículo 13 de la LEY
DE CONTABILIDAD.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del
Artículo 86
Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Articulo 1° -Dispónese el otorgamiento de un préstamo de TRESCIENTOS CINCUENTA Y
CUATRO MIL OCHOCIENTOS QUINCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MlL AUSTRALES (A
354.815.678.000) a la
EMPRESA FERROCARRILES ARGENTINOS para atender sus deudas con EMEPA SOCIEDAD
ANONIMA, GRANDES
MOTORES DIESEL SOCIEDAD ANONIMA, MATERFER SOCIEDAD ANONIMA y
CENTRO DE ACTIVIDADES TERMOMECANICAS.
Art. 2°-El préstamo podrá ser instrumentado mediante la entrega de Títulos de
la Deuda Pública
a valor de mercado.
Art. 3° - Modifícase el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
vigente
(prórroga del correspondiente al ejercicio fiscal1990, en función de lo
establecido por
el Artículo 13 de la LEY DE CONTABILIDAD) de acuerdo con el detalle obrante en
planilla anexa al
presente artículo que forma parte integrante del mismo.
Art. 4° - Modifícase el FINANCIAMIENTO POR USO DEL CREDITO de la ADMINISTRACION CENTRAL, de
acuerdo con el detalle obrante en planilla anexa al presente artículo que forma
parte integrante
del mismo.
Art. 5° - Facúltase a la SUBSECRETARIA DE HACIENDA a afectar los libramientos
del TESORO NACIONAL
emitidos en favor de la Empresa.
Art. 6° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese.- MENEM.- Avelino J. Porto.