MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS SERVICIOS PUBLICOS
RESOLUCION N° 39/92
Bs, As, 14-01-1992
VISTO el Expediente N° 25.921/91, del Registro del ex - MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS,
y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 23 del mes de Octubre de 1991, se procedió a la apertura de los
Sobres N° 2 correspondientes a las ofertas precalificadas de la "Licitación
Pública Nacional e Internacional para la Concesión de la Explotación Integral
del Sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado principalmente por la Línea
GENERAL-MITRE, con exclusión de sus tramos urbanos: RETIRO - TIGRE, RETIRO -
BARTOLOME MITRE, RETIRO - ZARATE, VICTORIA - CAPILLA DEL SEÑOR.
Que de dichas ofertas se dio vista a los
interesados, quienes presentaron sendas notas con observaciones que, a su vez,
fueron contestadas en término.
Que en dichas observaciones tanto el Consorcio
NUEVO CENTRAL ARGENTINO, como el integrado por "SIDECO AMERICANA INTERAMERICAN
RAIL COMPANY - ALESIA - FERROMEL - BURIASCO - UTE" cuestionan la admisibilidad
de ambas ofertas.
Que los argumentos invocados para fundamentar tal
inadmisibilidad deben desestimarse, ya que no revisten entidad suficiente para
descalificar ambas presentaciones, y ello es así, dado que no se advierte que
incurran en violación sustancial a las normas del Pliego Licitatorio que regulan
el punto.
Que tal criterio ha sido sostenido en casos similares por la CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA DE LA NACION, LA PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION y la doctrina de
destacados tratadistas nacionales y extranjeros.
Que el conjunto de las observaciones cruzadas en-
tre las partes fueron estudiadas y meritadas por las distintas Areas
competentes, que emitieron su opinión al respecto.
Que la COMISION TECNICA DE PRIVATIZACION DE
FERROCARRILES, a la vez de las conclusiones señaladas, aconseja considerar
admisibles ambas ofertas, aceptar el puntaje asignado a cada oferente por los
grupos evaluadores (Anexo I al Acta correspondiente) y preadjudicar la
Licitación, según el referido orden de mérito.
Que dicho Organismo, luego de precisar el alcance
del acto propiciado, establece una serie de obligaciones que estima de
cumplimiento previo a la adjudicación del llamado y que considera como condición
de la misma, las que se encuentran reseñadas en el Acta de reunión del caso, que
se vuelcan como Anexo I a la presente.
Que atento lo expuesto y la opinión jurídica obrante en las actuaciones, se está en condiciones de decidir con respecto a la licitación del acápite.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades otorgadas al Suscripto
por el articulo 13 de la Ley N° 23.696 y artículos 4° y 15 del Decreto N°
2408/91.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1'.- Preadjudicar la Licitación Pública
Nacional e Internacional para la concesión de la Explotación Integral del Sector
de la Red Ferroviaria Nacional integrado principalmente por la Línea GENERAL
MITRE con exclusión de sus tramos urbanos: RETIRO - TIGRE, RETIRO - BARTOLOME
MITRE, RETIRO - ZARATE, VICTORIA - CAPILLA DEL SE OR, según el siguiente orden
de mérito de las ofertas presentadas:
1°) Consorcio "NUEVO CENTRAL ARGENTINO".
2°) SIDECO AMERICANA - INTER AMERICAN RAIL COMPANY - ALESIA - FERROMEL -
BURIASCO - UTE, conforme planilla resumen de evaluación que como Anexo I forma
parte de la presente.
ARTICULO 2°.- Disponer el cumplimiento de los recaudos contenidos en el Anexo II
de la presente, en forma previa a la Adjudicación de la Licitación.
ARTICULO 3°.- Notifíquese a los interesados y póngase los actuados a la vista de las partes por el término de CINCO (5) días a partir del día siguiente al de la última notificación.
ARTICULO 4·.- Regístrese, comuníquese archívese.