Resolución N° 1457/92

Bs. As., 23/12/9 2

VISTO la Licitación Pública Nacional e Internacional par a la Concesión de la Explotación del Sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado por la LÍNEA GENERAL SAN MARTIN y remanente de la Línea Domingo Faustino Sarmiento Con exclusión de su s tramos urbanos Retiro-Pilar y Once de Septiembre - Mercedes, que tramita bajo el Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS N° 25.003/91 ;

y


CONSIDERANDO:
 

Que por Resolución M.E. y O. y S. P. N° 786/90 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones par a el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de la Explotación del Sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado por la LINEA GENERAL SAN MARTIN y remanente de la Línea Domingo Faustino Sarmiento con exclusión de su s tramos urbanos Retiro - Pilar y Once de Septiembre - Mercedes.

Que e n fecha 21 de agosto de 1991 se procedió a la apertura de las ofertas presentadas en la licitación convocada.

Que con fecha 14 de enero de 1992 por Resolución M.E. y O. y S.P. N° 38/9 2 se precalificaron los Consorcios ASTRAMAR y Otros y CONSORCIO FERROCARRIL CENTRAL.

Que en fecha 17de enero de 1992, se procedió a la apertura del Sobre N° 2 de ambos oferentes.

Que con fecha 5 de Junio de 1992 por Resolución M.E. y O. y S.P. N° 684/92 se preadjudicó la Licitación Pública Nacional e Internacional par a la Concesión de la explotación del Sector de la Red Ferroviaria mencionada habiendo resultado preadjudicada en primer término la oferta presentada por el CONSORCIO FERROCARRIL CENTRAL integrado por IMPSA S.A.I.C. y F - ROMÁN MARÍTIMA S.A. - TRANSAPELT S.A. - GERVASIO HUGO BUNGE.

Que dicho Consorcio cumplió satisfactoriamente los requerimientos de la Resolución Ministerial de preadjudicación.

Que el Consorcio preadjudicado ha presentado las Reglamentaciones Operativas, el listado de estaciones, el proyecto de Acta Constitutiva y Estatutos de la Sociedad Anónima Concesionaria como así también el Cuadro Tarifario, Límite Superior Tarifario que considerados por la COMISIÓN TÉCNICA DE PRIVATIZACIÓN DE FERROCARRILES ha n merecido la aprobación.

Que la COMISIÓN TÉCNICA DE PRIVATIZACIÓN DE FERROCARRILES se h a expedido e n el sentido de que se está e n condiciones de adjudicar la licitación de acuerdo a los Dictámenes de las áreas técnicas correspondientes. -,

Que de todo lo actuado h a tomado conocimiento la SINDICATURA GENERAL DE EMPRESAS PUBLICAS.

Que se cuenta con el Dictamen de la Asesoría Legal de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, sobre todo el procedimiento licitatorio.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado d e la presente, en virtud de lo dispuesto en los Artículos 13 de la Ley N° 23.696 y 4° del Decreto N° 2408/91 .

Por ello.

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
 

RESUELVE:

Artículo 1° — Adjudícase la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de la Explotación del Sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado por la LINEA GENERAL SAN MARTIN y remanente de la Línea Domingo Faustino Sarmiento con exclusión de sus tramos urbanos  Retiro - Pilar y Once de Septiembre - Mercedes al CONSORCIO FERROCARRIL CENTRAL, integrado por IMPSA S.A.I.C. y F. - ROMÁN MARÍTIMA SA . - TRANSAPELT S.A. - GERVASIO HUGO BUNGE.

Art. 2° — Apruébanse las Reglamentaciones Operativas presentadas por el CONSORCIO FERROCARRIL CENTRAL que obran en el expediente licitatorio.

Art. 3° — Apruébanse el Acta Constitutiva y el Estatuto de la Sociedad Anónima Concesionaria presentados por el CONSORCIO FERROCARRIL CENTRAL y que obran en el expediente licitatorio.

Art. 4° — Apruébase, el Cuadro Tarifario - Limite Superior Tarifario presentado por el CONSORCIO FERROCARRIL CENTRAL y que obran en el expediente licitatorio.

Art. 5° — Incorpórese el listado de estaciones presentados por el CONSORCIO FERROCARRIL CENTRAL como anexo al Contrato de Concesión par a ser aprobado por Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Art. 6°  — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DOMINGO F. CAVALLO, Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos.
 

e. 12/1 N° 132 v. 12/1/93