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ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución 918/2009
Fíjase un cuarto anticipo a cuenta de la Tasa de
Fiscalización y Control para el año 2009.
Bs. As., 14/10/2009
VISTO la Ley 24.076 y su reglamentación aprobada
por Decreto Nº 1738 del 18 de setiembre de 1992 y el Expediente Nº 13.236/08
del REGISTRO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley 26.422 sancionada el 5 de noviembre de
2008, publicada en el Boletín Oficial el 21 de noviembre de 2008, aprobó el
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, que
comprende el presupuesto del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS),
distribuido por Decisión Administrativa Nº 2/09 del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que de acuerdo al presupuesto aprobado, la Tasa de
Fiscalización y Control para el ejercicio 2009 ha quedado fijada en la suma de
PESOS SETENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL ($ 71.367.000).
Que, a efectos de asegurar el correcto desempeño de
las funciones asignadas por la Ley Nº 24.076 a esta Autoridad Regulatoria, y
atento a lo dispuesto por el Artículo 63 del Decreto Nº 1738/92, este Organismo
de Control se encuentra facultado para fijar los mecanismos de recaudación de
la Tasa.
Que se encuentra en trámite un (1) proyecto de
Decisión Administrativa, que incrementará el Presupuesto Vigente.
Que el proyecto tramita un incremento en el Inciso
1 - Gastos en Personal, debido a que en el Presupuesto 2009, no había sido
contemplado el incremento salarial que fuera aprobado por el Decreto Nº 757 de
fecha 24 de junio de 2009.
Que con fecha 30 de diciembre de 2008, se dictó la D.A.
Nº 725, que incrementaba los créditos vigentes del Inciso 1 del Presupuesto
2008, los cuales no pudieron ser ejecutados en 2008 ni contemplados en el
Presupuesto vigente.
Que, por otro lado, se dispuso la intervención a la Licenciataria
Transportadora de Gas del Norte S.A., según Res. ENARGAS Nº I/587 de fecha 29
de diciembre de 2008, prorrogada por Res. ENARGAS Nº I/732 de fecha 28 de abril
de 2009, resultando necesario contratar un servicio de asistencia técnica y
profesional a fin de realizar una verificación integral de los aspectos
contables, financieros, técnicos y jurídicos, de la mencionada Licenciataria.
Que esta medida implicará un incremento en los recursos vigentes de $
5.294.860 (PESOS
Que, en virtud de ello, hasta tanto se apruebe el proyecto mencionado,
resulta necesario
Que atento que tanto el primer anticipo, el segundo anticipo y el tercer
anticipo fueron de
Que a fin de determinar la distribución del pago de la Tasa de
Fiscalización y Control del año
Nº 362/96.
Que en el curso del año 2009, los Transportistas y Distribuidores han
efectuado tres pagos
Que el anticipo que por la presente se fija, se tomará a cuenta del
importe que a todos los
Que habiéndose determinado el excedente del año 2008, en PESOS UN MILLON
QUINIENTOS
Que dicho porcentaje excedente asciende a PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y UN
MIL
Que el cuerpo Jurídico Permanente ha tomado la intervención que le
compete, en los términos del Art. 7º
de la L.N.P.A.
Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el
dictado
Que el Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra
facultado
Por ello,
EL INTERVENTOR
RESUELVE:
Artículo 1º
— Fíjase un cuarto anticipo
a cuenta de la Tasa de Fiscalización y Control para el
Art. 2º
— Al presente anticipo a
cuenta de la Tasa de Fiscalización y Control para el año 2009 fijado
Art. 3º
— Establécese como fecha de
vencimiento el 28 de octubre de 2009 para el ingreso del
Art. 4º
— Comuníquese, publíquese,
dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL
y
archívese. — Antonio L. Pronsato.
1) Los Subdistribuidores autorizados por el Ente,
pagan la Tasa Anual en dos cuotas, siendo el mínimo anual de Pesos un mil
ochocientos ($ 1.800.-).
2) Los Comercializadores abonarán la suma anual de
Pesos veintinueve mil ($ 29.000.-).
3) Con el pago de la última cuota de la Tasa de
Fiscalización y Control, se ajustarán las participaciones relativas de todos
los sujetos, en base a los Estados Contables al 31/12/2008, que deben presentar
ante esta Autoridad Regulatoria en cumplimiento de
normas vigentes. Se tendrá en cuenta, asimismo, la incorporación de nuevos
sujetos.
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