MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
 

Resolución N° 878/98
 

Bs. As., 27/7/98
 

VISTO el Decreto N° 1836 del 14 de octubre de 1994, la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997) y,
 

CONSIDERANDO:
 

Que en cumplimiento del artículo 1º del Decreto N° 1836/94 la EMPRESA FERROCARRILES ARGENTINOS (en liquidación) ha practicado un relevamiento del estado patrimonial de activos y pasivos, ciertos y contingentes al 31 de julio de 1995.
 

Que conforme al artículo 4º de la norma antes citada, ha tomado intervención competente la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION en relación con dicho Estado Patrimonial emitiendo su opinión mediante informe de fecha 29 de agosto de 1997, elevado a la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL mediante nota SIGEN N° 1893 de fecha 1 de octubre de 1997.
 

Que como consecuencia de ello el Señor Liquidador de la EMPRESA FERROCARRILES ARGENTINOS (en liquidación), en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 76 de fecha 27 de enero de 1997, ha resuelto disponer el envío al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de dicho Estado Patrimonial conforme lo establecido en el 2º párrafo del artículo 4º del Decreto N° 1836/94.
 

Que resulta procedente que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en su carácter de autoridad de aplicación del Decreto N° 1836/94, resuelva considerar dicho Estado Patrimonial como estado de liquidación de la EMPRESA FERROCARRILES ARGENTINOS (en liquidación).
 

Que en tal caso, y de conformidad con lo establecido por el artículo 64 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o.1997), dicho estado de liquidación es sustitutivo de los balances correspondientes al período comprendido entre el último balance auditado y la fecha del Estado Patrimonial.
 

Que la presente se dicta en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 4º y 15 del Decreto Nº 1836 del 14 de octubre de 1994.
 

Por ello,
 

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:
 

ARTICULO 1°- Considerar como estado de liquidación, el Estado Patrimonial al 31 de julio de 1995 de la EMPRESA FERROCARRILES ARGENTINOS (en liquidación), que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
 

ARTICULO 2°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Dr. ROQUE BENJAMIN FERNANDEZ, Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos.
 

NOTA: Esta Resolución se pública sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).
 

e. 5/8 Nº 238.272 v. 5/8/98.

 

ANEXO I