Secretaría de Energía
ENERGIA ELECTRICA
Resolución 712/2009
Habilítase la realización de Contratos de Abastecimiento
entre el Mercado Eléctrico Mayorista y las ofertas de disponibilidad de generación
y energía asociada.
Bs. As., 9/10/2009
VISTO el Expediente Nº S01:0344712/2009 del Registro
del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.190 establece el REGIMEN DE
FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGIA DESTINADA A LA
PRODUCCION DE ENERGIA ELECTRICA.
Que dicha ley declara de interés nacional la generación
de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energías renovables con destino
a la prestación del servicio público.
Que asimismo establece, como objetivo alcanzar una
contribución de las fuentes de energías renovables del OCHO POR CIENTO (8%) del
consumo de energía eléctrica nacional, en el plazo de DIEZ (10) años a partir
de la puesta en vigencia del régimen mencionado.
Que además, la Ley Nº 26.093 dispone un REGIMEN DE
REGULACION Y PROMOCION PARA LA PRODUCCION Y USO SUSTENTABLES DE BIOCOMBUSTIBLES
en el territorio de la Nación Argentina.
Que a los efectos de dar cumplimiento a los mandatos
legislativos mencionados, esta Secretaría dentro del marco de su competencia pretende
dar impulso al ingreso de nueva oferta de generación eléctrica utilizando fuentes
renovables.
Que en tal sentido, a través de la Providencia MPFIPyS
Nº 794 de fecha 13 abril de 2009 se instruyó a ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA (ENARSA) a instrumentar un proceso licitatorio convocando a ofertas de
disponibilidad de generación de energía proveniente de fuentes de origen renovables
por un total de MIL QUINCE MEGAVATIOS (1015 MW) de potencia instalada.
Que ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA) ha
convocado, a través de la Licitación Pública Nacional e Internacional EE Nº
001/2009, a la presentación de ofertas de Provisión de Energía Eléctrica a
Partir de Fuentes Renovables.
Que atento lo expuesto, resulta necesario disponer
las bases reglamentarias aplicables, dando las señales económicas y normativas necesarias
para la instalación de nueva oferta de generación de energía eléctrica, que
utilice recursos renovables.
Que como antecedente cabe mencionar que, según lo
dispuesto en la Resolución Nº 220 de fecha 18 de enero de 2007 de la SECRETARIA
DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, ha sido habilitada la realización de Contratos de Abastecimiento entre
el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y las ofertas de disponibilidad de
generación y energía asociada.
Que de acuerdo a los recursos explotados para la
generación de energía eléctrica, los proyectos sobre energías renovables
implican la adopción de medidas particulares para el sector.
Que de acuerdo a la particularidad de estos proyectos
es imprescindible establecer contratos a largo plazo para la comercialización de
la energía generada.
Que a medida que se incorporen al Mercado Eléctrico
Mayorista (MEM) centrales de generación de energía eléctrica cuya producción tenga
como origen un recurso primario de naturaleza aleatoria y renovable como es el
caso de la energía eólica, solar, geotérmica u otras, las reservas de potencia
destinadas a la regulación de la frecuencia y las reservas operativas de corto
plazo requerirán ser adecuadas con el fin de no disminuir la calidad de
servicio existente.
Que a los efectos de contemplar adecuadamente las
particularidades que presenta la operación de las centrales antes aludidas, corresponde
incorporar a “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el
Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios” (LOS PROCEDIMIENTOS) aprobados por
Resolución Nº 61 del 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA,
entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, sus modificatorias y complementarias, los criterios y las pautas básicas
a aplicarse para su vinculación al Sistema Interconectado Nacional (SADI) y/o a
los Prestadores Adicionales de la Función Técnica de Transporte de Energía
Eléctrica (PAFTT), como así también aquellas asociadas a la programación y el
despacho de la producción de energía eléctrica a partir de tales fuentes
renovables.
Que, conforme lo anterior, se entiende necesario
LA EOLICA.
Que, asimismo por el avance de la tecnología
en lo que respecta a las centrales
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención
Que la presente medida se dicta en virtud
Por ello,
EL SECRETARIO
RESUELVE:
Artículo 1º
— Habilítase la realización de
Art. 2º
— Estarán habilitados a ser parte de las
Licitación Pública Nacional e Internacional EE
Art. 3º
— Los CONTRATOS DE ABASTECIMIENTO
explotado y/o la tecnología aplicada; entiéndase
Art. 4º
— Los CONTRATOS DE ABASTECIMIENTO
a) La vigencia será de QUINCE (15) años
b) La COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL
energía asociada, a los fines de garantizar, a través
Art. 5º
— Todas aquellas ofertas de disponibilidad
ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION
a) Emplazamiento de las unidades comprometidas.
b) La/s unidad/es a ser habilitada/s y que
c) Disponibilidad Garantizada de la/s unidad/
d) Duración y tipo del CONTRATO DE ABASTECIMIENTO
e) Período de vigencia de la oferta.
f) Precio y condiciones comerciales.
g) Punto de conexión y fecha de ingreso al
En base a la evaluación de las solicitudes
presentadas
MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA
conforme lo establecido en el presente
Art. 6º
— Incorpórase como Anexo 39 - “GENERACION
en el ANEXO III que forma parte integrante
Art. 7º
— Sustitúyese el Anexo 40 - “GENERACION
Art. 8º
— La remuneración en el Mercado Spot
PROCEDIMIENTOS, conforme el Costo Variable
Art. 9º
— Establécese que, hasta tanto sea de
MEM A PARTIR DE FUENTES RENOVABLES,
En el caso que se modifique el orden de prioridad
Art. 10.
— Facúltase al Señor Subsecretario
la aplicación e interpretación de la presente resolución.
entender que el Señor Subsecretario de Energía
Art. 11.
— Notifíquese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA
Art. 12.
— Comuníquese, publíquese, dése a