ENERGIA ELECTRICA

 

Resolución 574/2009

 

Apruébanse con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas distribuidoras Edenor S.A., Edesur S.A. y Edelap S.A.

 

Bs. As., 2/12/2009

 

VISTO: el Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/2005, la Resolución SE Nº 1063/2005, la Resolución SE Nº 942/2006, la Resolución SE Nº 797/2008, la Resolución SE Nº 1170/08, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005, la Resolución ENRE Nº 602/2005, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/2005 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (en adelante “Versión 2005 del PUREE”), sustituyendo así el normado mediante Resolución SE Nº 552/2004, (en adelante “Versión 2004 del PUREE”).

 

Que, por su parte, el Artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº 745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (en adelante ENRE) es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información requerida; aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.

 

Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas Distribuidoras de jurisdicción nacional presentaron ante este Ente la información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del 10% estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/09/2009 y el 9/10/2009, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.

 

Que “EDESUR S.A.”, mediante Notas de ENTRADA Nº 162.697 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión ascendieron a 83.364.954 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% en esta categoría alcanzó a 141.821.016 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS DIECINUEVE CON 7/100 ($ 9.275.719,07) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 96/100 ($ 543.832,96); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 14.000.048 kWh en tanto el consumo en exceso fue de 20.430.978 kWh lo que implicó cargos en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHENTA Y TRES CON 30/100 ($ 2.682.083,30) y ajustes por PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS CON 33/100 ($ 4.674.416,33); los usuarios T3 BT ahorraron 12.620.415 kWh, consumieron en exceso 25.635.633 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES CON 70/100 ($ 2.333.543,70) y ajustes por PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 23/100 ($ 1.861.494,23); los T3 MT ahorraron 13.201.138 kWh, consumieron en exceso 25.848.999 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO CON 92/100 ($ 2.825.145,92) como así también ajustes por valor de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA CON 57/100 ($ 635.350,57); en el caso de los usuarios de peaje BT los ahorros alcanzaron 402.023 kWh, los consumos en exceso 700.969 kWh, los cargos adicionales con fecha de primer vencimiento por PESOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVENTA Y OCHO CON 84/100 ($ 48.098,84), mientras los ajustes ascendieron a PESOS CUARENTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO CON 84/100 ($ 41.194,84); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de 2.684.323 kWh, los consumos en exceso 6.504.084 kWh, los cargos abonados de PESOS SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA CON 53/100 ($ 626.740,53) y los ajustes de PESOS CIENTO SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 38/100 ($ 106.888,38).

 

Que, por su parte, mediante Nota de ENTRADA Nº 163.214 “EDELAP S.A.” informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 9.862.483 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 16.582.266 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CON 82/100 ($ 972.935,82); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE CON 44/100 ($ 243.417,44); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 963.373 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 2.083.563 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 29/100 ($ 281.285,29) mientras los ajustes fueron de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 54/100 ($ 539.396,54); los usuarios T3 BT ahorraron 754.360 kWh, consumieron en exceso 1.932.307 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS UNO CON 74/100 ($ 188.301,74), en tanto los ajustes ascendieron a PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 77/100 ($ 377.874,77); los T3 MT ahorraron 992.747 kWh, consumieron en exceso 2.343.776 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 98/100 ($ 264.524) siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS QUINIENTOS VEINTE MIL NOVENTA Y UNO CON 9/100 ($ 520.091,09); en cuanto a los usuarios de peaje en MT los ahorros fueron 21.936 Kwh., los consumos en exceso 112.370 kWh, los cargos afrontados de PESOS DOCE MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS CON 55/100 ($ 12.922,55) y los ajustes por PESOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO CON 68/100 ($ 72.928,68).

 

Que a su vez, “EDENOR S.A.”, por medio de Nota de ENTRADA Nº 162.778, informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 100.669.201 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 195.817.507 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS DIEZ MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 45/100 ($ 10.985.249,45), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES CON 97/100 ($ 6.260.633,97); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 16.350.503 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 29.359.340 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS DIECISEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 32/100 ($ 3.816.598,32), y los ajustes fueron de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS CON 59/100 ($ 3.400,59); los usuarios T3 BT ahorraron 11.518.356 kWh, consumieron en exceso 24.856.550 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON 55/100 ($ 2.087.950,55) y ajustes equivalentes a PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHENTA Y UNO CON 42/100 ($ 49.081,42); los T3 MT ahorraron 9.289.136, consumieron en exceso 31.312.530 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS CINCO MIL DOS CON 40/100 ($ 2.505.002,40) y ajuste por PESOS CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CON 44/100 ($ 198.729,44); en cuanto a los usuarios de peaje, en BT los ahorros fueron de 250.824 kWh, el consumo en exceso fue de 1.011.763 kWh y la penalización alcanzó la suma de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 7/100 ($ 84.988,07), mientras que los usuarios en MT ahorraron 4.233.039 kWh, consumieron en exceso 23.045.006 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 83/100 ($ 1.843.595,83).

 

Que se ha producido el Dictamen Legal requerido según lo establecido en el Artículo 7 inciso d) de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

 

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 6 de la Resolución SE Nº 745/2005 y el inciso s) del Artículo 56 de la Ley Nº 24.065.

 

Por ello:

 

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Aprobar con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras “EDENOR S.A.”, “EDESUR S.A.” y “EDELAP S.A.” durante el período comprendido entre los días 10/11/2009 y 9/12/2009, que figuran como ANEXO l de la presente Resolución, conforme la información presentada con carácter de declaración jurada por las Distribuidoras.

 

Art. 2º — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como ANEXO II de la presente Resolución.

 

Art. 3º — Notifíquese a “EDENOR S.A.”, “EDESUR S.A.”, “EDELAP S.A.” y a la SECRETARIA DE ENERGIA.

 

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Enrique G. Cardesa. — Marcelo Baldomir Kiener. — Mario H. de Casas.

 

Nota: De acuerdo a lo establecido en la Resolución SE Nº 797/08, el valor para la categoría Residencial es aplicable para los consumos menores o iguales a 1000 Kwh/bimestre.

En el caso de los usuarios T2, T3 y peaje, los valores son aplicables en los términos del artículo 2º de la Resolución SE Nº 1170/08.