SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE
Resolución N° 47/96
Bs. As., 3/12/96
VISTO el Expediente N° 561-025679/96 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 20 de noviembre de 1996 se produjo la rotura de uno de los
anclajes Inferiores del obenque N° 7 del puente Paraná- Guazú del complejo
ferrovial Zárate-Brazo Largo.
Que como consecuencia de ese hecho, se debió proceder, con la urgencia del caso,
a la adopción de diversas medidas, tendientes a mantener la seguridad en el
tránsito del puente y a encarar la reparación del obenque en el menor tiempo
posible.
Que la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD. en ejercicio de competencias que le son
propias, dispuso, con carácter preventivo, la prohibición de circulación sobre
el puente afectado.
Que así también, y como surge de los informes elaborados hasta la fecha, se
están llevando a cabo las tareas de reparación del obenque dañado así como
diversos estudios tendientes a determinar el estado de conservación de los
restantes obenques de la mencionada vía de circulación.
Que en atención a la importancia del puente en lo que hace al tránsito do
personas y bienes a nivel nacional e internacional, resulta necesario coordinar
el accionar de todos los órganos y entes involucrados a fin de terminar las
reparaciones en el plazo más breve posible y liberar dicha vía a la circulación
habitual.
Que, por otra parte, resulta menester determinar las causas de la rotura del
obenque y adoptar, para el futuro, las medidas adecuadas tendientes a evitar, en
lo posible situaciones como las que dan lugar al dictado de la presente.
Que, por todo ello, se estima necesario la conformación de una Comisión en el
ámbito de esta SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE. la que tendrá por
misión esencial coordinar todo lo relativo al control de las reparaciones que se
están llevando a cabo en el puente a fin de liberarlo nuevamente al tránsito.
Que lo aquí dispuesto no implica modificar las competencias que los distintos
órganos y entes dependientes de esta SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE
tienen asignadas por la normativa vigente.
Que la presente resolución se dicta en uso de las las facultades conferidas por
el Decreto N° 1154 del 10 de octubre de 1996.
Por ello,
EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1"-Constitúyase la Comisión "ad hoc" Puente Zárate- Brazo Largo, en el
ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE, la que tendrá por
funciones:
a) Coordinar y supervisar las tareas de reparación del Puente Zárate-Brazo
Largo;
b) Evaluar, en base a los informes que suministren los organismos técnicos, la
posibilidad de disponer la liberación del tránsito de dicha circulación;
e) Proponer las medidas provisorios que resulten necesarias a fin de disminuir
las consecuencias negativas del cierre de la vía de circulación en cuestión.
d) Proponer la contratación de los profesionales que
e) Determinar las causas que originaron la rotura
del anclaje inferior del obenque N° 7 del puente Paraná - Guazú del Complejo
Zárate-Brazo Largo;
f) Determinar las responsabilidades emergentes de la rotura del obenque
mencionado;
g) Evaluar las condiciones generales del puente a partir de la rotura y
posterior reparación del obenque instalado;
h) Verificar el cabal cumplimiento de las obligaciones a cargo del
concesionario;
i) Informar al suscripto respecto del avance de las tareas de reparación y
estudio que se realicen
ARTICULO 2° - La Comisión estará integrada por el
Señor SUBSECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS, Doctor Don Eduardo Héctor SGUIGLIA,
el Señor SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE METROPOLITANO Y DE LARGA DISTANCIA, Doctor
Don Armando Norberto CANOSA, el Administrador General de la DIRECCION
NACIONAL DE VIALIDAD, Ingeniero Don Elio Alberto VERGARA, el Director de la
COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE FERROVIARIO, Ingeniero Don Roberto PIA. el
ASESOR DE GABINETE DEL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE, Doctor Don
Angel CATTANEO.
ARTICULO 3° -Desígnanse como Secretarios Ejecutivos de la Comisión creada por el
Artículo 1" al Ingeniero Don Damián Enrique AZNAREZ, al Ingeniero Don Michel
LEAN COLE, al Ingeniero Don Roberto Angel MAGLIE y al Ingeniero Don Luis
GASTAMINZA.
ARTICULO 4° - La Comisión sesionará un mínimo de una vez por semana, labrando
acta de lo actuado.
ARTICULO 5°- La Comisión Informará de su labor al suscripto y elevará al efecto
un informe semanal.
ARTICULO 6° - Autorízase a la Comisión creada por el artículo 1" a requerir la
colaboración que resulte necesaria de todos los órganos y entes dependientes de
esta SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE.
ARTICULO 7"-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese.-Ing. ARMANDO D. GUIBERT- Secretario de Obras Públicas y
Transporte.
e. 11/l2 N° 5037v.11/12/96