Secretaría de Energía

ENERGIA ELECTRICA

Resolución 416/2004

Establécense los precios de referencia a los que deberán valorizarse los premios por la reducción de los consumos por debajo de los umbrales definidos, como así también los cargos adicionales a aquellos consumidores que excedan los mismos que se establezcan en virtud del Programa de Uso Racional de la Energía.

Bs. As., 30/4/2004

VISTO el Expediente Nº S01: 0092896/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 415 del 28 de abril de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) ha elevado a la SECRETARIA DE ENERGIA la Programación Definitiva de Invierno 2004 para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA PATAGONICO (MEMSP), realizadas de acuerdo a lo estipulado en "Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios" (LOS PROCEDIMIENTOS) aprobados por Resolución Nº 61 del 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, sus modificatorias y complementarias.

Que, si bien es necesario recomponer la cadena de valor de los productos y servicios prestados en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), con el objeto de regularizar la cadena de pagos a los Acreedores y favorecer la recomposición del Mercado a Término, esta SECRETARIA DE ENERGIA considera necesario, en vista de la situación de emergencia económica y social que sufren particularmente determinados segmentos de la demanda, modular el impacto del marcado incremento estacional que técnicamente sería necesario implementar de inmediato para que toda demanda abone, al menos, los costos incurridos para abastecerla, postergándolo a futuro.

Que resulta conveniente continuar con el seguimiento quincenal del estado del Fondo de Estabilización del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA PATAGONICO (MEMSP).

Que mediante la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 415 del 28 de abril de 2004 se aprobó el PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA a los fines de mejorar las condiciones de abastecimiento interno de gas natural y de energía eléctrica en todo el territorio nacional.

Que corresponde establecer los precios de referencia a los que deberán valorizarse los premios por la reducción de los consumos por debajo de los umbrales definidos, como así también los cargos adicionales a aquellos consumidores que excedan los mismos que se establezcan en virtud del PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA mencionado.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por el Artículo 37 de la Ley Nº 15.336, los Artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº 24.065, el Artículo 1º del Decreto Nº 432 del 25 de agosto de 1982, y el Decreto Nº 186 del 25 de julio de 1995.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA

RESUELVE:

Artículo 1º — Aplícase para la Programación Definitiva de Invierno 2004 para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA PATAGONICO (MEMSP) lo dispuesto por el último párrafo "in fine" del punto 2.10. del Capítulo 2 Precios Estacionales de "Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios" (LOS PROCEDIMIENTOS) aprobados por Resolución Nº 61 del 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, sus modificatorias y complementarias.

Art. 2º — Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) para que quincenalmente remita a partir de la segunda quincena de mayo de 2004 y DOS (2) días hábiles antes del inicio de cada quincena a esta SECRETARIA DE ENERGIA, un Informe detallando el Estado y Evolución prevista del Fondo de Estabilización del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA PATAGONICO (MEMSP), considerando los Precios Estacionales vigentes.

Art. 3º — Establécese que, para la valorización de los premios por la reducción de los consumos eléctricos establecidos en la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 415 del 28 de abril de 2004 y sus reglamentarias, deberán aplicarse los precios de referencia establecidos en el Artículo 17 de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 93 del 26 de enero de 2004.

Art. 4º — Establécese que, para la valorización de los cargos adicionales a aquellos consumidores que excedan los consumos eléctricos establecidos en la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 415 del 28 de abril de 2004 y sus reglamentarias, deberán aplicarse los precios de referencia establecidos en el Artículo 18 de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 93 del 26 de enero de 2004.

Art. 5º — Facúltase al Señor Subsecretario de Energía Eléctrica a efectuar todas las comunicaciones que sea menester a los efectos de interactuar con el ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED), resolviendo las cuestiones relativas a la aplicación e interpretación de la presente resolución.

A los efectos de las comunicaciones relativas a la aplicación de la presente resolución, se deberá entender que el Señor Subsecretario de Energía Eléctrica actúa en nombre de la SECRETARIA DE ENERGIA.

Art. 6º — Notifíquese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), a los ENTES REGULADORES PROVINCIALES y a las EMPRESAS PRESTADORAS DEL SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION, del dictado del presente acto.

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Daniel Cameron.