GAS NATURAL
Resolución 412/2007
Instrúyese a Energía Argentina Sociedad Anónima a adoptar los recaudos
necesarios para que la construcción del “Gasoducto del Noreste Argentino”,
dispuesta por el Decreto Nº 267/2007 y la adquisición de los elementos y materiales
destinados a la misma, se ajusten a las normas, procedimientos y controles
previstos en la Ley Nº 13.064.
Bs. As., 27/6/2007
VISTO el Expediente Nº S01:0225568/2007 del
Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 805 de fecha 27 de junio de 2007
instruyó al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,
en su carácter de accionista mayoritario de ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA
(ENARSA) y en resguardo del principio de transparencia, a adoptar los recaudos
necesarios en la contratación de la
construcción del “Gasoducto del Noreste Argentino” (GNEA) dispuesta por el
Decreto Nº 267 de fecha 24 de marzo de 2007, para que la citada Sociedad se
ajuste a las normas, procedimientos y controles de la Ley Nº 13.064, así como
para la adquisición de todos los elementos y materiales necesarios destinados a
la misma.
Que mediante Decreto Nº 267/07 ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA
(ENARSA) debía construir, mantener, operar y prestar el servicio de transporte
de acuerdo con los términos previstos en las Leyes Nros. 17.319 y 24.076, sus
reglamentaciones, lo dispuesto en dicho Decreto, en el PROTOCOLO ADICIONAL AL
ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL SOBRE INTEGRACION ENERGETICA ENTRE ARGENTINA Y
BOLIVIA PARA EL SUMINISTRO DE GAS NATURAL DE LA REPUBLICA DE BOLIVIA AL
GASODUCTO DEL NORESTE ARGENTINO, suscripto en la Ciudad de Sucre, REPUBLICA DE
BOLIVIA, el 14 de octubre de 2004, y en el CONVENIO MARCO ENTRE BOLIVIA Y
ARGENTINA PARA LA VENTA DE GAS NATURAL Y LA REALIZACION DE PROYECTOS DE
INTEGRACION ENERGETICA, suscripto el 29 de junio de 2006 en la Localidad
de HURLINGHAM, Provincia de BUENOS
AIRES.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, conforme al Artículo 9º del Decreto Nº
1142 del 26 de noviembre de 2003, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las
atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.064 y el Decreto Nº 805 de fecha 27
junio 2007.
Por ello,
EL MINISTRO
RESUELVE:
Artículo 1º — Instrúyese a ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA) a adoptar los
recaudos necesarios para que la construcción del “Gasoducto del Noreste
Argentino” (GNEA) dispuesta por el Artículo 3º del Decreto Nº 267 de fecha 24
de marzo de 2007 y la adquisición de todos los elementos y materiales
destinados a la misma, se ajusten a las normas, procedimientos y controles
previstos en la Ley Nº 13.064.
Art. 2º — La presente resolución entrará en vigencia el día de su dictado.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y Archívese. — Julio M. De Vido.