TELECOMUNICACIONES

 

Decreto 370/92

 

Ratifícanse el “Acuerdo Complementario del Acuerdo Definitivo para la Colocación Pública y Privada de las Acciones de Telefónica de. Argentina S.A. y de Telecom Argentina Stet-, France Telecom S.A.” y el “Acuerdo de Colocación”.

 

Bs. As., 28/2/92

 

VISTO lo dispuesto por los Decretos Nro. 2584 del 6 de diciembre de 1991 y2128 del 10de octubre de 1991;y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Decreto N5 2584 de fecha 6 de diciembre de 1991 se ratificó el Acuerdo Definitivo para la colocación pública y privada de las acciones de TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y de TELECOM ARGENTINA STET-FRANCE TELECOM SOCIEDAD ANONIMA, el nuevo Contrato de Fideicomiso y el Acuerdo de Colocación correspondiente.

 

Que las partes celebrantes del referido Acuerdo, convinieron en adoptar para su ejecución la modalidad de la venta separada, en diciembre de 1991 de las acciones de TELEFONICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, y en el periodo primario (marzo de 1992) las acciones de TELECOM ARGENTINA STET-FRANCE TELECOM S.A. SOCIEDAD ANONIMA prevista en la cláusula XIX.

 

Que si bien se mantienen vigentes las restantes cláusulas del Acuerdo, resulta necesario adecuar las modalidades de ejecución para la colocación de la participación del ESTADO NACIONAL, en el paquete accionario de la otra Sociedad Licenciataria del servicio de telecomunicaciones.

 

Que además, por Decreto Nº  2128 de fecha 10 de octubre de 1991 se dispuso el cambio de denominación y valor de los billetes y monedas de curso legal a partir del 1º de enero de 1992.

 

Que ese hecho motivó que TELECOM ARGENTINA STET-FRANCE TELECOM SOCIEDAD ANONIMA adecuara el valor nominal de sus acciones y reformara el artículo 4º de sus estatutos sociales por Asamblea Unánime celebrada el 14 de febrero de 1992.

 

Que por tanto el GOBIERNO NACIONAL suscribió con los Bancos celebrantes del Acuerdo Definitivo un Acuerdo complementario para la colocación y venta de las acciones tanto en el mercado local como en el internacional, y sus correspondientes Anexos “Cronograma”, “Diseño”, “Mecanismo de Recaudación”, “Campaña de Publicidad”, “Reglamento para colocadores minoristas”, “Comisiones”, “Esquema de financiación”, “Presupuesto de Gastos’, “Cartas Complementarias”.

 

Que en los antecedentes de tales contrataciones quedan debidamente acreditadas las circunstancias de urgencia y especificidad a que hace referencia el artículo 56, inciso 3), apartados d) y f) de la Ley de Contabilidad.

 

Que el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, la COMISION NACIONAL DE VALORES, la SINDICATURA GENERAL DE EMPRESAS PUBLICAS, así como otras áreas competentes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, así como los asesores legales externos de la República, han tomado la debida intervención y se han pronunciado en favor de la legalidad de la medida que se adopta.

 

Que el presente se dicta conforme las facultades emergentes del artículo 86, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 19, inciso a) de a Ley Nº 19.549 y de los artículos 15, incisos 13, 17y 18 de la Ley Nº 23.696.

 

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA

 

Articulo 1º— Ratifícase el “Acuerdo Complementario del Acuerdo Definitivo Para la Colocación Pública y Privada de las Acciones de Telefónica de Argentina S.A. y de Telecom Argentina STET-FRANCE Telecom S.A.” y el “Acuerdo de Colocación” correspondiente, suscriptos por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS con determinados bancos para la colocación pública y privada de las acciones de Telecom Argentina STET-FRANCE Telecom Sociedad Anónima, y los demás anexos de dichos contratos.

 

Art. 2º — Comuníquese a la Comisión Bicameral creada por el artículo 14 de la Ley Nº 23.696.

 

Art. 3º— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Domingo F. Cavallo.