Comisión Nacional de Telecomunicaciones

 

TELECOMUNICACIONES

 

Resolución 3092/93

 

Otórgase licencia en régimen de competencia de la prestación del Servicio de Repetidor Comunitario en el ámbito nacional.

 

Bs. As.. 17/6/93

 

VISTO el expediente número 7647 letra C. N. T. año 1993, en el cual la firma BIPER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA solicita licencia para la-prestación de servicios de telecomunicaciones

 

y

 

CONSIDERANDO:

 

Que los Decretos Nros. 62/90 y 1185/90 y sus modificatorios establecen. que los ser­ vicios de telecomunicaciones serán prestados en régimen de competencia y que los prestadores de los mismos, deberán obtener la respectiva licencia para su prestación.

 

Que las Resoluciones Nros. 477 y 996 C. N. T./93, establecieron el régimen y los requisitos para la obtención de las licencias de prestación de servicios de telecomunicaciones en régimen de competencia.

 

Que la peticionante ha cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa señalada en los considerandos precedentes.

 

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo, 9° inciso a) del Decreto 1185/90 y en el Decreto 136/92 y sus prórrogas.

 

Por ello,

 

EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°  -Otorgar la licencia en régimen de competencia a BIPER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA para la prestación del SERVICIO DE REPETIDOR COMUNITARIO en el ámbito nacional.

 

Art. 2° -La licencia se otorga de conformidad a lo establecido por la Resolución 477-CNT 93, las disposiciones particulares que reglamentan el servicio otorgado y las normas vigentes en la materia.

 

Art. 3° -Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -José L. Palazzo.