GAS NATURAL
Ley 26.605
Elimínase la facultad otorgada a las permisionarias
de distribución de gas, a través del reglamento de servicio establecido por el
Decreto Nº 2255/92, de requerir un depósito de garantía a los usuarios.
Sancionada: Junio 23 de 2010.
Promulgada de Hecho: Julio 20 de 2010
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación
Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Elimínase la facultad otorgada a las permisionarias de distribución de
gas, a través del reglamento de servicio establecido por el Decreto Nº
2.255/92, de requerir un depósito de garantía a los usuarios residenciales a
los que por mora en el pago les hubiera sido retirada la prestación y
solicitaren la reactivación de la misma.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO,
EN BUENOS AIRES, EL DIA VEINTITRES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ. — REGISTRADO
BAJO EL Nº 26.605 —
#F4120655F#
#I4120654I#