MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE ENERGIA

Resolución N° 258/2004

Bs. As., 9/3/2004

VISTO el Expediente N° S01: 0040005/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 93 del 26 de enero de 2004, se aprobó la Reprogramación Trimestral de Verano para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA PATAGONICO (MEMSP), correspondiente al período comprendido entre el 1° de febrero y el 30 de abril de 2004, estableciendo los precios de referencia estacionales de la potencia y energía.

Que en la citada norma y en el marco de la actual emergencia económica, esta SECRETARIA DE ENERGIA efectuó modificaciones transitorias a "Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios (LOS PROCEDIMIENTOS)" con el propósito de corregir las distorsiones resultantes en el Precio Estacional y el Precio "Spot" Horario sancionado, que han desalentado la existencia de Contratos en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), reflejado en la importante deserción de Grandes Usuarios en el mismo.

Que de acuerdo a lo establecido en el Anexo 17 - "INGRESO DE NUEVOS AGENTES AL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA" de "Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios (LOS PROCEDIMIENTOS)", se encuentra vencido el plazo fijado de presentación de las solicitudes para el reconocimiento de Grandes Usuarios, que se incorporan a partir del 1° de mayo de 2004.

Que lo mismo ocurre con aquellos agentes que requieran su reincorporación, luego de haber discontinuado su participación en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19 de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 246 del 4 de julio de 2002.

Que por lo antes indicado se considera conveniente ampliar el plazo previsto para la presentación de las solicitudes de ingreso o reingreso al MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) de los Grandes Usuarios que así lo soliciten.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido por el Artículo 9° del Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los Artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA

RESUELVE

ARTICULO 1° — Autorízase con carácter de excepción, hasta el 18 de marzo de 2004, la presentación de solicitudes para el reconocimiento como nuevos agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) en la condición Grandes Usuarios, a partir del 1° de mayo de 2004.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.