PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA

 

Resolución 25/2008

 

Apruébanse los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas distribuidoras Edenor S.A., Edesur S.A. y Edelap S.A., durante el período comprendido entre el 10 de febrero y el 9 de marzo de 2008.

 

Bs. As., 27/2/2008

 

VISTO: el Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/2005, la Resolución SE Nº 1063/2005, la Resolución SE Nº 942/2006, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005, la Resolución ENRE Nº 602/2005, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/2005 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (en adelante “Versión 2005 del PUREE”), sustituyendo así el normado mediante Resolución SE Nº 552/2004 (en adelante “Versión 2004 del PUREE”).

 

Que, por su parte, el artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº 745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (en adelante ENRE) es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información requerida; aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.

 

Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas Distribuidoras de jurisdicción nacional presentaron ante este organismo la información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del 10% estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre el día 10/12/2007 y el día 9/1/2008 inclusive, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.

 

Que, en este sentido, “EDESUR S.A.”, mediante Nota de ENTRADA Nº 140.509 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión ascendieron a 38.154.910 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% en esta categoría alcanzó a 95.349.468 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 42/100 ($ 3.581.364,42) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 81/100 ($ 358,81); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 15.235.847 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 10.757.510 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVENTA Y DOS CON 20/100 ($ 1.822.092,20) y ajustes por PESOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 62/100 ($ 46.396,62); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 3.655.636 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 13.029.998 kWh y los cargos en exceso alcanzaron PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 1/100 ($ 1.644.638,01) y ajustes por PESOS CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 55/100 ($ 5.775,55); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 1.455.263 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 14.024.549 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 80/100 ($ 1.278.855,80) y los ajustes aplicados ascendieron a PESOS DOS MIL SETECIENTOS VEINTISIETE CON 80/100 ($ 2.727,80); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 10.122.673 kWh en tanto el consumo en exceso fue de 26.126.009 kWh lo que implicó cargos en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 96/100 ($ 2.580.876,96) y ajustes por PESOS SEISCIENTOS UN MIL SESENTA Y TRES CON 92/100 ($ 601.063,92); los usuarios T3 BT ahorraron 8.967.566 kWh, consumieron en exceso 27.418.272 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 52/100 ($ 2.164.688,52) y ajustes por PESOS CIENTO SETENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS CON 1/100 ($ 176.146,01); los T3 MT ahorraron 7.432.871 kWh, consumieron en exceso 31.793.059 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO CON 73/100 ($ 2.342.194,73) como así también ajustes por valor de PESOS DOCE MIL CUATROCIENTOS TRES CON 20/100 ($ 12.403,20); en el caso de los usuarios de peaje BT los ahorros alcanzaron 244.570 kWh, los consumos en exceso 281.002 kWh, los cargos afrontados PESOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES CON 60/100 ($ 35.263,60) y ajustes por PESOS CIENTO DIEZ MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 57/100 ($ 110.952,57); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de 2.186.823 kWh, los consumos en exceso 2.330.344 kWh y los cargos abonados PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON 31/100 ($ 235.142,31).

 

Que, por su parte, mediante Nota de ENTRADA Nº 140.529 “EDELAP S.A.” informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 4.916.194 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 11.759.943 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA TRES MIL NOVECIENTOS DIECISEIS CON 98/100 ($ 493.916,98); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 35/100 ($ 24.447,35); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría: G1 fueron de 1.716.536 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 1.364.624 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 88/100 ($ 233.353,88); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS DOCE MIL SESENTA Y TRES CON 80/100 ($ 12.063,80); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 378.783 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 1.307.613 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS CIENTO SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 54/100 ($ 167.374,54), registrándose ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS CATORCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 87/100 ($ 14.354,87); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 62.720 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 779.451 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 35/100 ($ 73.268,35); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS VEINTE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 73/100 ($ 20.599,73); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 1.022.119 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 2.101.998 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES CON 75/100 ($ 235.423,75) mientras los ajustes fueron de PESOS VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 72/100 ($ 28.665,72); los usuarios T3 BT ahorraron 707.156 kWh, consumieron en exceso 1.363.990 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS CIENTO CINCO MIL VEINTISIETE CON 30/100 ($ 105.027,30), en tanto los ajustes ascendieron a PESOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 61/100 ($ 29.675,61); los T3 MT ahorraron 741.146 kWh, consumieron en exceso 1.503.202 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS CIENTO ONCE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 96/100 ($ 111.236,96) siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 57/100 ($ 198.588,57); en cuanto a los usuarios de peaje, los consumos en exceso en BT fueron de 2.055 kWh y los cargos afrontados de PESOS DIECIOCHO CON 4/100 ($ 18,04), mientras que en MT los consumos en exceso ascendieron a 39.920 kWh siendo los cargos iguales a PESOS CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 20/100 ($ 197,20).

 

Que a su vez, “EDENOR S.A.”, por medio de Nota de ENTRADA Nº 140.418, informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 46.309.729 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 127.030.215 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE ($ 5.335.269,00), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS VEINTITRES MIL CIENTO TREINTA Y SEIS CON 38/100 ($ 23.136,38); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 14.944.916 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 10.057.650 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTOS CINCO CON 65/100 ($ 1.880.805,65), mientras los ajustes fueron de PESOS SEIS MIL TREINTA Y DOS CON 76/100 ($ 6.032,76); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 2.604.384 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 10.290.196 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS VEINTITRES CON 83/100 ($ 1.450.923,83), y los ajustes fueron de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 22/100 ($ 7.586,22); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 512.510 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 7.500.976 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DOS CON 21/100 ($ 772.602,21), y los ajustes fueron de PESOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 63/100 ($ 37.892,63); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 11.191.176 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 23.909.033 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO CON 11/100 ($ 2.845.184,11), y los ajustes fueron de PESOS UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE CON 86/100 ($ 1.567,86); los usuarios T3 BT ahorraron 6.760.897 kWh, consumieron en exceso 26.497.559 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TRES CON 56/100 ($ 2.146.303,56), siendo los ajustes de PESOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 57/100 ($ 25.688,57); los T3 MT ahorraron 7.367.288 kWh, consumieron en exceso 31.152.219 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO  MIL SETECIENTOS VEINTIUNO CON 13/100 ($ 2.398.721,13) siendo los ajustes equivalentes a PESOS UN MILLON QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO CON 51/100 ($ 1.553.425,51); en cuanto a los usuarios de peaje, en BT los ahorros fueron de 40.162 kWh, el consumo en exceso fue de 417.751 kWh y la penalización alcanzó la suma de PESOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 87/100 ($ 33.837,87), mientras que los usuarios en MT ahorraron 1.137.637 kWh, consumieron en exceso 21.865.699 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DIECISIETE CON 99/100 ($ 1.645.017,99).

 

Que se ha producido el correspondiente dictamen legal conforme lo previsto en el inciso d) del artículo 7 de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

 

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución SE Nº 745/2005 y el inciso s) del artículo 56 de la Ley Nº 24.065.

 

Por ello,

 

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Aprobar los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras “EDENOR S.A.”, “EDESUR S.A.” y “EDELAP S.A.” durante el período comprendido entre los días 10/02/2008 y 9/03/2008, que figuran como ANEXO I de la presente Resolución, conforme la información presentada con carácter de declaración jurada por las Distribuidoras.

 

Art. 2º — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como Anexo II de la presente Resolución.

 

Art. 3º — Notifíquese a “EDENOR S.A.”, “EDESUR S.A.”, “EDELAP S.A.” y a la SECRETARIA DE ENERGIA.

 

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mario H. de Casas. — Luis Barletta. — Jorge D. Belenda. — Marcelo Baldomir Kiener.