MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Resolución N° 1560/98

Bs. As., 27/11/98

 

VISTO el Expediente N° 558-000377/97 y su agregado sin acumular N° 178-001307/98, ambos del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y las disposiciones de la Ley N° 23.696, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por el Decreto N° 685 de 23 julio de 1997 se autorizó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a contratar con el Sindicato UNION FERROVIARIA la concesión del Servicio Público de Transporte de Cargas de la Empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, siguiendo para ello el procedimiento establecido en la Ley N° 23.696.

 

Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3° del mencionado decreto, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS estableció mediante el dictado de la Resolución N° 1294 del 8 de octubre de 1998 las condiciones técnicas operativas que regirán el concesionamiento del Servicio Público de Transporte de Cargas de la Empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA.

 

Que a efectos de adecuar la presentación efectuada por la citada Entidad Gremial, que dio origen al decreto aludido, resultó menester solicitar al Sindicato UNION FERROVIARIA que ajustara su propuesta a lo estipulado por el Artículo 4° —Condiciones Generales— del Anexo I de la Resolución N° 1294/98 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

 

Que dichas condiciones fueron cumplimentadas por el Sindicato UNION FERROVIARIA a través de la presentación de su propuesta, de fecha 2 de noviembre del corriente año, obrante en el Expediente N° 178-001307/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, e integrarán necesariamente el contrato de concesión que suscribirá el señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos con la sociedad BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA, "ad referendum" del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

 

Que en virtud de que el Sindicato UNION FERROVIARIA cumplió satisfactoriamente los requerimientos formulados mediante la Resolución N° 1294/98 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, corresponde adjudicar a la citada Entidad Gremial la contratación directa de que se trata.

 

Que se estima procedente autorizar al señor Secretario de Transporte a suscribir, en representación del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el Acta Constitutiva y Estatuto Social de la Sociedad Concesionaria BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA, en los términos dispuestos en el Artículo 2° del Decreto N° 685/97.

 

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

 

Que el suscripto resulta competente en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 685 del 23 de julio de 1997.

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° —Adjudícase bajo el régimen de contratación directa, la concesión del Servicio Público de Transporte de Cargas correspondiente a la Empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA al Sindicato UNION FERROVIARIA en los términos de lo dispuesto en el Decreto N° 685/97.

 

ARTICULO 2° —Autorízase al señor Secretario de Transporte a suscribir, en representación del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el Acta Constitutiva y Estatuto Social de la Sociedad Concesionaria BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA. en los términos dispuestos en el Artículo 2° del decreto citado precedentemente.

 

ARTICULO 3° —Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívase. —Dr. ROQUE BENJAMIN FERNANDEZ - Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos.

 

e. 15/12 N° 259.022 v. 15/12/98