Secretaría de Comunicaciones
SERVICIOS POSTALES
Resolución 1368/98
Apruébase la implementación del nuevo sistema de codificación postal,
denominado Código Postal del Correo Oficial de la República Argentina.
Bs. As., 2/6/98
B.O.: 09/06/98
VISTO,
los expedientes Nº 396/97 y Nº
040/98 del registro de esta Secretaría, y lo dispuesto por los Decretos Nº 265/97, Nº 840/97 y Nº 617/98, y
CONSIDERANDO:
Que
por el Expediente Nº 396/97 tramitó la Licitación
Pública Nacional e Internacional convocada por el Decreto Nº
265/97, a los fines de otorgar en concesión todos los servicios postales,
monetarios y de telegrafía que prestaba la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y
TELEGRAFOS S.A. (ENCOTESA) -hoy en liquidación- y los
restantes que estaba facultada o habilitada a prestar, y aquellos afines con
estos servicios en el marco jurídico vigente.
Que
de conformidad con el Pliego de bases y condiciones aprobado por el Decreto Nº 265/97, a través de la mencionada licitación el Estado
Nacional persigue, entre otros, los objetivos de lograr el mejoramiento de los
servicios, para llevarlos a estándares de calidad comparables con los brindados
en los países más eficientes en la materia, y de propender a que la población
disponga de la mayor cantidad y calidad de servicios, acordes con la evolución
tecnológica de la actividad postal y afín.
Que
por el Decreto Nº 840/97, se adjudicó la concesión a
CORREO ARGENTINO S.A.
Que
en Expediente Nº S C. 040/98, se presenta el
concesionario del Correo Oficial informando sobre dos proyectos que se propone
realizar, consistentes en un nuevo sistema de codificación postal y en la
construcción de una nueva planta de clasificación automática de correspondencia,
enmarcados en el Plan de Inversiones comprometido en su oferta.
Que
en tal sentido, los montos invertidos en los proyectos que se proponen, podrán
ser imputados a los compromisos de inversión del Plan oportunamente aprobado
por la Comisión de Admisión y Precalificación de la Concesión, lo que deberá
ser oportunamente auditado.
Que
los proyectos mencionados, llevan el cometido de incorporar tecnología de
última generación para una más eficiente operación, lo que redundará en el
mejoramiento de la calidad y confiabilidad de los servicios y en el desarrollo
de nuevos servicios para la comunidad.
Que
el nuevo sistema de codificación propuesto por CORREO ARGENTINO S.A., denominado por este Código Postal Argentino, es el
resultado del trabajo efectuado por el concesionario sobre un proyecto iniciado
por ENCOTESA, que le fue transferido a aquel con la concesión.
Que
el referido sistema de codificación constituye una herramienta de ubicación
geográfica, de importancia no sólo para los prestadores de servicios postales. cuya operatoria se verá beneficiada con su aplicación, para
toda la comunidad incluyendo las instituciones y organismos del Estado.
Que
el sistema de codificación propuesto por el Correo Oficial, mejora
sustancialmente el código postal impuesto por la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y
TELEGRAFOS (ENCOTEL) actualmente vigente, al punto de colocar a la República
Argentina al nivel de los países más desarrollados en la materia.
Que
CORREO ARGENTINO S.A. deberá hacerse cargo del
mantenimiento del sistema de codificación mediante la actualización periódica
de la respectiva base de datos, lo que asegurara la confiabilidad del mismo a
lo largo del tiempo.
Que
la aprobación del nuevo Código Postal del Correo Oficial, conlleva la
obligación del Concesionario de permitir el acceso indiscriminado al mismo de
todos los prestadores postales inscriptos en el Registro Nacional de
Prestadores Postales de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que
las prestaciones del sistema ofrecido, hacen conveniente la generalización del
uso del Código Postal del Correo Oficial para el universo os prestadores,
clientes o usuarios del servicio, acción que implementara el Concesionario.
Que
por su parte, la nueva planta de clasificación automática que propone construir
el concesionario del Correo Oficial, representará la automatización de las
operaciones de clasificación y despacho de la correspondencia mediante la
incorporación de tecnología de punta, lo que se alinea con los objetivos mismos
de la concesión.
Que
a través de dicho proyecto de construcción, el Concesionario se propone
centralizar racionalmente las actividades de clasificación y despacho que
actualmente se realizan en el Correo Central y en el Centro Postal
Internacional, que recibiera de ENCOTESA en los términos del Contrato de
Concesión.
Que
sendos proyectos resultan complementarios, ya que ambos están destinados a la
modernización de la operación y a la mejora de los estándares de calidad de
servicio.
Que
han tomado la intervención que les compete la Gerencia de Servicios Postales de
la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES en su carácter de organismo técnico, y
la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta Secretaría.
Por
ello,
EL
SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º-Apruébase
la implementación del nuevo sistema de codificación postal, denominado Código
Postal del Correo Oficial de la República Argentina.
Art. 2º-Autorízase
la implementación del nuevo sistema de codificación postal aprobado en el
artículo precedente, y la construcción de una nueva planta de clasificación
automática de correspondencia, los que deberán computarse a los efectos
previstos en el artículo 6.4 del Contrato de Concesión, de conformidad con los
artículos 4 inc. u) y 33 del Reglamento de Control
del Correo Oficial.
Art. 3º-Autorízase
el traslado del Centro Postal Internacional del inmueble sito en el Comodoro Py Nº 2050, entre las calles
Antártida Argentina y Estados Unidos de Brasil, de la Ciudad de Buenos Aires, a
la planta que se construya conforme lo dispuesto en el artículo anterior,
debiendo oportunamente informar los detalles del traslado.
Art. 4º-Dispónese
que dentro del plazo de diez (10) meses contados desde la publicación de la
presente, el Concesionario del Correo Oficial de la República Argentina deberá
sustituir el código postal actualmente vigente por el Código Postal Argentino
que comprende y perfecciona el anterior en términos similares a los
incorporados como Anexo I al expediente referido en último lugar en el visto,
debiendo estar en tal oportunidad, accesible para su utilización por parte de
todos los prestadores postales autorizados.
Art. 5º-Comuníquese
a las organizaciones internaciones en las cuales el Estado Nacional mantiene su
condición de estado miembro.
Art. 6º-Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
Germán Kammerath.