Secretaría de Comunicaciones

SERVICIOS POSTALES

Resolución 1368/98

Apruébase la implementación del nuevo sistema de codificación postal, denominado Código Postal del Correo Oficial de la República Argentina.

Bs. As., 2/6/98

B.O.: 09/06/98

VISTO, los expedientes 396/97 y 040/98 del registro de esta Secretaría, y lo dispuesto por los Decretos 265/97, 840/97 y 617/98, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente 396/97 tramitó la Licitación Pública Nacional e Internacional convocada por el Decreto 265/97, a los fines de otorgar en concesión todos los servicios postales, monetarios y de telegrafía que prestaba la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS S.A. (ENCOTESA) -hoy en liquidación- y los restantes que estaba facultada o habilitada a prestar, y aquellos afines con estos servicios en el marco jurídico vigente.

Que de conformidad con el Pliego de bases y condiciones aprobado por el Decreto 265/97, a través de la mencionada licitación el Estado Nacional persigue, entre otros, los objetivos de lograr el mejoramiento de los servicios, para llevarlos a estándares de calidad comparables con los brindados en los países más eficientes en la materia, y de propender a que la población disponga de la mayor cantidad y calidad de servicios, acordes con la evolución tecnológica de la actividad postal y afín.

Que por el Decreto 840/97, se adjudicó la concesión a CORREO ARGENTINO S.A.

Que en Expediente S C. 040/98, se presenta el concesionario del Correo Oficial informando sobre dos proyectos que se propone realizar, consistentes en un nuevo sistema de codificación postal y en la construcción de una nueva planta de clasificación automática de correspondencia, enmarcados en el Plan de Inversiones comprometido en su oferta.

Que en tal sentido, los montos invertidos en los proyectos que se proponen, podrán ser imputados a los compromisos de inversión del Plan oportunamente aprobado por la Comisión de Admisión y Precalificación de la Concesión, lo que deberá ser oportunamente auditado.

Que los proyectos mencionados, llevan el cometido de incorporar tecnología de última generación para una más eficiente operación, lo que redundará en el mejoramiento de la calidad y confiabilidad de los servicios y en el desarrollo de nuevos servicios para la comunidad.

Que el nuevo sistema de codificación propuesto por CORREO ARGENTINO S.A., denominado por este Código Postal Argentino, es el resultado del trabajo efectuado por el concesionario sobre un proyecto iniciado por ENCOTESA, que le fue transferido a aquel con la concesión.

Que el referido sistema de codificación constituye una herramienta de ubicación geográfica, de importancia no sólo para los prestadores de servicios postales. cuya operatoria se verá beneficiada con su aplicación, para toda la comunidad incluyendo las instituciones y organismos del Estado.

Que el sistema de codificación propuesto por el Correo Oficial, mejora sustancialmente el código postal impuesto por la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS (ENCOTEL) actualmente vigente, al punto de colocar a la República Argentina al nivel de los países más desarrollados en la materia.

Que CORREO ARGENTINO S.A. deberá hacerse cargo del mantenimiento del sistema de codificación mediante la actualización periódica de la respectiva base de datos, lo que asegurara la confiabilidad del mismo a lo largo del tiempo.

Que la aprobación del nuevo Código Postal del Correo Oficial, conlleva la obligación del Concesionario de permitir el acceso indiscriminado al mismo de todos los prestadores postales inscriptos en el Registro Nacional de Prestadores Postales de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que las prestaciones del sistema ofrecido, hacen conveniente la generalización del uso del Código Postal del Correo Oficial para el universo os prestadores, clientes o usuarios del servicio, acción que implementara el Concesionario.

Que por su parte, la nueva planta de clasificación automática que propone construir el concesionario del Correo Oficial, representará la automatización de las operaciones de clasificación y despacho de la correspondencia mediante la incorporación de tecnología de punta, lo que se alinea con los objetivos mismos de la concesión.

Que a través de dicho proyecto de construcción, el Concesionario se propone centralizar racionalmente las actividades de clasificación y despacho que actualmente se realizan en el Correo Central y en el Centro Postal Internacional, que recibiera de ENCOTESA en los términos del Contrato de Concesión.

Que sendos proyectos resultan complementarios, ya que ambos están destinados a la modernización de la operación y a la mejora de los estándares de calidad de servicio.

Que han tomado la intervención que les compete la Gerencia de Servicios Postales de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES en su carácter de organismo técnico, y la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta Secretaría.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1º-Apruébase la implementación del nuevo sistema de codificación postal, denominado Código Postal del Correo Oficial de la República Argentina.

Art. 2º-Autorízase la implementación del nuevo sistema de codificación postal aprobado en el artículo precedente, y la construcción de una nueva planta de clasificación automática de correspondencia, los que deberán computarse a los efectos previstos en el artículo 6.4 del Contrato de Concesión, de conformidad con los artículos 4 inc. u) y 33 del Reglamento de Control del Correo Oficial.

Art. 3º-Autorízase el traslado del Centro Postal Internacional del inmueble sito en el Comodoro Py 2050, entre las calles Antártida Argentina y Estados Unidos de Brasil, de la Ciudad de Buenos Aires, a la planta que se construya conforme lo dispuesto en el artículo anterior, debiendo oportunamente informar los detalles del traslado.

Art. 4º-Dispónese que dentro del plazo de diez (10) meses contados desde la publicación de la presente, el Concesionario del Correo Oficial de la República Argentina deberá sustituir el código postal actualmente vigente por el Código Postal Argentino que comprende y perfecciona el anterior en términos similares a los incorporados como Anexo I al expediente referido en último lugar en el visto, debiendo estar en tal oportunidad, accesible para su utilización por parte de todos los prestadores postales autorizados.

Art. 5º-Comuníquese a las organizaciones internaciones en las cuales el Estado Nacional mantiene su condición de estado miembro.

Art. 6º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Germán Kammerath.