MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Resolución N° 1294/98

Bs. As., 8/10/98

B.O.: 26/10/98

VISTO el Expediente Nº 558-000377/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y las disposiciones de la Ley Nº 23.696, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 685 del 23 de julio de 1997 se autorizó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a contratar con el Sindicato UNION FERROVIARIA la Concesión del Servicio Público de Transporte de Cargas de la Empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, siguiendo para ello el procedimiento establecido en la Ley Nº 23.696.

Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3º del mencionado decreto, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS establecerá las condiciones técnicas operativas.

Que a efectos de adecuar la presentación efectuada por la mencionada entidad gremial, que dio origen al decreto aludido, resulta menester que la misma ajuste su propuesta a las condiciones técnicas y operativas que por este acto se aprueban.

Que dichas condiciones y sus Anexos integrarán necesariamente el contrato de concesión que suscribirá el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS con la sociedad BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA "ad referéndum" del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que la COMISION BICAMERAL DE REFORMA DEL ESTADO Y SEGUIMIENTO DE LAS PRIVATIZACIONES, creada por la Ley Nº 23.696 ha emitido el dictamen correspondiente.

Que a fojas 781/783 del expediente citado en el VISTO, obra el informe de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION conforme a lo establecido en el Artículo 104 inciso m) de la Ley Nº 24.156 y el Artículo 20 de la Ley Nº 23.696.

Que el Servicio Jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que por tanto corresponde aprobar las condiciones técnicas operativas de la contratación, según lo establecido por el Decreto Nº 685/97.

Que el suscripto resulta competente en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 685 del 23 de julio de 1997.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Apruébanse las condiciones técnicas operativas y sus Anexos correspondientes, las que regirán el concesionamiento del Servicio Público de Transporte de Cargas de la Empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, "con exclusión del tramo urbano del Area Metropolitana de Buenos Aires", que como Anexo I forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Dr. Raúl Granillo Ocampo, Ministro de Justicia, e int. Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

 

ANEXO I

ANEXO II