Ministerio de Economía

 

PRIVATIZACIONES.

 

Res. 1161/90

 

Unificase la fecha de fijación de los tipos de pase con relación a la privatización del Servicio Público de Telecomunicaciones.

 

Bs. As., 5/11/90

 

VISTO lo dispuesto en el artículo 14 inciso d) del Decreto N° 575 de fecha 22 de marzo de 1990, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, por Decreto N° 1229 del 28 de junio de 1990, el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha procedido a la adjudicación definitiva del SESENTA POR CIENTO (60 %) de las acciones correspondientes a las Sociedad Licenciataria Sur S.A. al consorcio integrado por Telefónica lnternational Holding BV, Citi­ corp e Inversora Catalinas S.A.

 

Que por Decreto N° 2096 del 4 de octubre de 1990 el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha procedido a la adjudicación definitiva del SESENTA POR CIENTO (60 %) de las acciones correspondientes a la Sociedad Licenciataria Norte S.A. al consorcio integrado por Stet, France Cable et Radio, J.P. Morgan Co. Inc. y Compañía Naviera Perez Companc.

 

Que en la Resolución M..E. N° 667 del 25 de julio de 1990 se establece que los tipos de pase aplicables, para el cómputo de deudas expresadas en monedas distintas al dólar estadounidense, serían los vigentes al 25 de junio de 1990, día hábil inmediato anterior a la notificación de las preadjudicaciones en su momento realizadas.

 

Que, en consecuencia, existen ahora dos fechas de adjudicación, por lo que corresponde ajustar la redacción del artículo 62 de la Resolución M.E. N° 667/90, a efectos de preservar la igualdad entre los oferentes, unificando la fecha de fijación de los tipos de pase.

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

 

Artículo 1°.- Cuando los títulos que se presenten a la conversión para el pago del Precio Adicional del SESENTA POR CIENTO (60 %) de las acciones correspondientes a la privatización del Servicio Público de Telecomunicaciones estén expresados en monedas distintas al dólar estadounidense, se aplica los tipos de pase correspondientes al día 3 de octubre de 1990.

 

Art.2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. .- Antonio E. González.