CREACION DEL INSTITUTO DE PETROLEO

Decreto del Ministerio de Agricultura de la Nación

Diciembre 30 de 1929.

Vista la comunicación precedente elevada por la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales sobre creación del Instituto de Petróleo, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Nación al determinar en su Artículo 25 las diversas aplicaciones que podría dársele a los recursos provenientes de la venta de petróleo y sus derivados, autoriza al Poder Ejecutivo de la Nación a instalar una escuela práctica de minería para formar un personal idóneo y competente para dichos trabajos de minería.

Que con la creación del Instituto de referencia, los ingenieros Civiles e ingenieros Industriales podrán especializarse en materia petrolífera para actuar con eficiencia en el desempeño de cargos técnicos directivos relacionados con la minería o industrialización del petróleo.

Que el Instituto de referencia reportará innegables beneficios para el mejor desarrollo de la industria petrolífera nacional.

Que la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales está en condiciones de proveer los recursos que son necesarios al sostenimiento de dicho Instituto y cooperar en cuanto a su organización y funcionamiento con las autoridades superiores universitarias.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo — Apruébanse las bases del convenio celebrado, ad-referendum del Poder Ejecutivo de la Nación, entre la Universidad de Buenos Aires y la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales, para la creación, organización y funcionamiento del Instituto de Petróleo, con el agregado de lo siguiente al primer párrafo del Art. 5°: "y el ingreso a los mismos deberá hacerse previa presentación del diploma de Ingeniero o Industrial".

Art. — Autorízase a la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales a incorporar al presupuesto del próximo año (1930) y sucesivos la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000 m/n) moneda nacional, para sufragar los gastos que durante el año demandará el Instituto de Petróleo, de acuerdo al presupuesto anual siguiente:

Tres Profesores contratados a $ 1.000 c/u.

$ 36.000

Personal docente auxiliar y conservadores de Laboratorios

$ 8.000

Gastos de Laboratorio y adquisición libros

$ 6.000

TOTAL

$ 50.000

Art. — Comuníquese, publíquese, dése cuenta al Honorable Congreso de la Nación, Registro Nacional y a sus efectos vuelva a la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales.

IRIGOYEN - JUAN B. PLEITAS.