APROBACION DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO Y CALCULO DE RECURSOS DE LA DIRECCION GENERAL DE YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES PARA EL EJERCICIO DE 1931.

Acuerdo General de Ministros

Diciembre 10 de 1931.

Vistos los estados presentados por la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales, formulados en cumplimiento del art. 3° del Acuerdo de Gobierno de fecha 1° de junio ppdo., y

CONSIDERANDO:

Que en el curso cumplido del Ejercicio, esa Repartición ha demostrado la posibilidad de desenvolverse en las explotaciones a su cargo dentro de las cifras presupuestadas y aun efectuar economías de consideración cuyo monto exacto se dará al término de la vigencia del mismo.

Que, habiéndose levantado durante el corriente año letras de tesorería por valor de $ 1.000.000 m/n sin que esta suma estuviera prevista en el proyecto remitido corresponde la inclusión del crédito correspondiente.

Que teniendo en cuenta el carácter industrial de esa Administración es indispensable un recurso que le permita utilizar las partidas de presupuesto con cierta elasticidad.

Por estas consideraciones:

El PRESIDENTE DEL GOBIERNO PROVISIONAL DE LA NACION ARGENTINA, EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS DECRETA:

Artículo — Apruébase con carácter definitivo el presupuesto y cálculo de recursos de la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales para el año 1931, debiéndose considerar como puesto en vigor desde el 1° de enero, dentro de las cifras consignadas en el susodicho Acuerdo del 1° de junio ppdo. y con la siguiente excepción:

a) Incluir en los gastos:

Inciso 1°, ítem 15, Partida 443: Para amortización de letras de tesorería: $ 1.000.000 m/n.

Art. 2° — La Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales podrá utilizar los créditos excedentes de partidas en cubrir el déficit de otras, debiendo comunicarlo oportunamente al Departamento de Agricultura para su aprobación por Decreto.

Art. 3°. — Déjase sin efecto el artículo 2° del Acuerdo de 1° de Junio ppdo.

Art. — Comuníquese, publíquese, y pase al Departamento de Agricultura para su cumplimiento, debiéndose remitir copia del Presupuesto aprobado al Departamento de Hacienda a los efectos correspondientes.

ENRIQUE URIBURU.- OCTAVIO S. PICO.-PABLO CALATAYUD.- DAVID M. ARIAS.- FRANCISCO MEDINA.- CARLOS DAIREAUX.- GUILLERMO ROTHE. - ADOLFO BIOY.