MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Resolución Nº 823/97

Bs. As., 23/7/97

B.O: 8/8/97

VISTO el Expediente Nº 080-003807/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y el Decreto Nº 2148 del 19 de octubre de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 9º de la Ley Nº 24.145, el ESTADO NACIONAL asumió un conjunto de activos y pasivos de YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES SOCIEDAD DEL ESTADO, los que fueron desafectados de YPF SOCIEDAD ANONIMA.

Que mediante Resolución SECRETARIA DE HACIENDA Nº 483 del 1º de noviembre de 1994 se designó al Administrador del PATRIMONIO DESAFECTADO DE YPF S.A.

Que ese patrimonio desafectado se encuentra alcanzado por las disposiciones del Decreto Nº 2148/93.

Que dado el estado de avance de las tareas encomendadas por ese cuerpo legal al Administrador de tal patrimonio, resulta conveniente la asunción de la Administración del PATRIMONIO DESAFECTADO DE YPF S.A. por la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA DE COORDINACION de este MINISTERIO.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este MINISTERIO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 1º, inciso a), del Decreto Nº 101 de fecha 16 de enero de 1985.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO lº- Déjase sin efecto la designación del Doctor D. Alfredo Eduardo MENDIGUREN (D.N.I. Nº 8.589.960) como Administrador del PATRIMONIO DESAFECTADO DE YPF S.A., a partir del 1º de Julio de 1997.

ARTICULO 2º-A partir de esa fecha la Administración del PATRIMONIO DESAFECTADO DE YPF S.A. será asumida por la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA DE COORDINACION de este MINISTERIO.

ARTICULO 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Dr. ROQUE BENJAMIN FERNANDEZ, Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos.