RESOLUCION N° 780/96

 

BUENOS AIRES, 14 JUN 1996

 

VISTO la Resolución N° 385 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del 10 de octubre de 1995 y el Expediente N° 080001412/96 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el cual tramitan las modificaciones de los Planes de Acción y de los Presupuestos correspondientes al ejercicio 1996 de las empresas GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación) y la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación), que fueran aprobados por la Resolución N° 702 del 18 de diciembre de 1995, Resolución N° 701 del 18 de diciembre de 1995 y Resolución N° 26 del 3 de enero de 1996, respectivamente, dictadas por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por el artículo 2° de la Resolución N° 385/95 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se autorizó a OBRAS SANITARIAS DE LA NACION (en liquidación) a afectar a su presupuesto los gastos necesarios para la refacción, mantenimiento, limpieza y seguridad del inmueble sito en la calle Alsina N° 456/70, Capital Federal.

 

Que el proceso liquidatorio de dicho ente residual se encuentra próximo a su finiquitación.

 

Que en consecuencia resulta necesario adoptar las medidas presupuestarias que correspondan para la atención de los conceptos aludidos en el considerando primero, sin que se afecte la continuidad de las erogaciones pertinentes.

 

Que en el citado inmueble la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación) viene desarrollando las tareas inherentes al cumplimiento de su proceso liquidatorio.

 

Que a su vez se han trasladado al inmueble sito en la calle Alsina N° 456/70, Capital Federal, las estructuras administrativas y archivos de los entes, empresas y/o sociedades del Estado cuyas liquidaciones han concluido y que por lo tanto no cuentan con recursos que le permitan afrontar gastos de mantenimiento.

 

Que, asimismo, el volumen de los archivos correspondientes a los entes en liquidación demanda la utilización del inmueble sito en la calle Carlos Calvo N° 196, Capital Federal.

 

Que es necesario proveer lo conducente a efectos de obtener los recursos financieros para afrontar los gastos por servicios básicos, mantenimiento, reparaciones, limpieza, seguridad y mejoras edilicias de los inmuebles mencionados.

 

Que a tales fines corresponde establecer el ente residual a cuyo cargo estará la gestión financiera y administrativa correspondiente a la atención de esas erogaciones.

 

Que en tal sentido resulta conveniente autorizar a la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación) para llevar a cabo la precitada gestión.

 

Que en el caso de la atención de las erogaciones atinentes al inmueble sito en la calle Alsina N° 456/470, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 2° de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 385/95, los mismos podrán ser asumidos en forma conjunta o indistintamente con OBRAS SANITARIAS DE LA NACION (en liquidación) hasta la efectiva transferencia de los activos y pasivos ciertos y/o contingentes de esta última al Estado, Nacional en el marco del Decreto N° 2.148 de fecha 19 de octubre de 1993, por finiquitación de su proceso liquidatorio.

 

Que el grado de avance de las tareas residuales del proceso liquidatorio de GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación) y el saldo real de disponibilidades que la misma posee al 29 de febrero de 1996, indican la conveniencia de modificar el Presupuesto aprobado para 1996, a fin de no mantener fondos ociosos en el ente con el consecuente perjuicio financiero para el Estado Nacional que de ello se deriva.

 

Que a fin de agilizar los procesos liquidatorios pendientes y permitir el eficiente manejo de los fondos existentes en los Entes en Liquidación, resulta de importancia reasignar los recursos genuinos disponibles de GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), evitando de esta forma recurrir al Tesoro Nacional.

 

Que por lo señalado en los considerandos precedentes es necesario modificar el presupuesto de la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación) aprobado para el ejercicio 1996, aumentando los ingresos corrientes de dicho ente para atender los gastos operativos y de capital que se devenguen por los conceptos premencionados.

 

Que asimismo resulta necesario modificar el presupuesto aprobado para el ejercicio 1996 de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación), declarada posteriormente disuelta y en estado de liquidación por la Resolución N° 394 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del 13 de marzo de 1996, a fin de contar con financiamiento adicional al dispuesto originalmente destinado a la cancelación parcial, durante el presente ejercicio, de los pasivos diferidos de esa sociedad.

 

Que obra en las actuaciones el dictamen favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto.

 

Que, en mérito a ello, la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades que emergen de los Artículos 49 y 52 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y del Decreto N° 1.361 del 5 de agosto de 1994.

 

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS RESUELVE:

 

ARTICULO 1°.- Modifícase el Presupuesto del ejercicio 1996 de GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), aprobado por la Resolución N° 702 del 18 de diciembre de 1995, de acuerdo con el detalle de la planilla anexa al presente Artículo, que forma parte integrante del mismo.

 

ARTICULO 2°.- Autorízase a la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación) a afectar a su presupuesto los gastos que demande la atención de los servicios básicos, mantenimiento, reparaciones, limpieza, seguridad y la realización de mejoras edilicias de los inmueble ubicados en la calle Alsina N° 456/70, Capital Federal y Carlos Calvo N° 196, Capital Federal.

 

ARTICULO 3°.- Las afectaciones de recursos presupuestarios que realice la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación), conforme lo autorizado en el artículo precedente en relación con el inmueble de la calle Alsina N° 456/470, podrán realizarse en forma conjunta o indistinta con OBRAS SANITARIAS DE LA NACION (en liquidación) hasta la efectiva transferencia de los activos y pasivos ciertos y/o contingentes de esta última al Estado Nacional, en el marco de la finiquitación de su proceso liquidatorio.

 

ARTICULO 4°.- En virtud de las modificaciones dispuestas por el Artículo 1°, la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL CINCUENTA Y UNO ($ 2.423.051) será destinada a financiar los gastos corrientes y de capital de la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación) y la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 2.400.000) será destinada a cancelar parcialmente los pasivos diferidos de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación).

 

ARTICULO 5°.- Como consecuencia de la transferencia fijada por el Artículo 4°, modifícase el Presupuesto del ejercicio 1996 de la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación), aprobado por la Resolución N° 701 del 18 de diciembre de 1995, de acuerdo con el detalle de la planilla anexa al presente Artículo, que forma parte integrante del mismo.

 

ARTICULO 6°.- Como consecuencia de la transferencia fijada en el Artículo 4°, modifícase el Presupuesto del ejercicio 1996 de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación), aprobado por la Resolución N° 26 del 3 de enero de 1996, de acuerdo con el detalle de la planilla anexa al presente Artículo, que forma parte integrante del mismo.

 

ARTICULO 7°.- Teniendo en cuenta las modificaciones dispuestas en los Artículos 1°, 5° y 6° precedentes, se establecen los Presupuestos para el ejercicio 1996 de GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación) y la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación) en las cifras que figuran en las planillas anexas al presente Artículo, que forman parte integrante del mismo.

 

ARTICULO 8°.- Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio 1996 de GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), adecuado a las modificaciones presupuestarias dispuestas por el Artículo 1°, de acuerdo al detalle que figura en las planillas que como Anexo I forman parte integrante de la presente Resolución.

 

ARTICULO 9°.- Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio 1996 de la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación), adecuado a las modificaciones presupuestarias dispuestas por el Artículo 5°, de acuerdo al detalle que figura en las planillas que como Anexo II forman parte integrante de la presente Resolución.

 

ARTICULO 10°.- Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio 1996 de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación), adecuado a las modificaciones presupuestarias dispuestas por el Artículo 6°, de acuerdo al detalle que figura en las planillas que como Anexo III forman parte integrante de la presente Resolución.

 

ARTICULO 11.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 

ANEXOS