RESOLUCION N° 780/96
BUENOS AIRES,
14
JUN 1996
VISTO la Resolución N° 385 del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del 10 de octubre de 1995 y el Expediente
N° 080001412/96 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
por el cual tramitan las modificaciones de los Planes de Acción y de los
Presupuestos correspondientes al ejercicio 1996 de las empresas GAS DEL ESTADO
SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en
liquidación) y la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON
PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación), que fueran aprobados por la
Resolución N° 702 del 18 de diciembre de 1995, Resolución N° 701 del 18 de
diciembre de 1995 y Resolución N° 26 del 3 de enero de 1996, respectivamente,
dictadas por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 2° de la Resolución N° 385/95
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se autorizó a OBRAS
SANITARIAS DE LA NACION (en liquidación) a afectar a su presupuesto los gastos
necesarios para la refacción, mantenimiento, limpieza y seguridad del inmueble
sito en la calle Alsina N° 456/70, Capital Federal.
Que el proceso liquidatorio de dicho ente residual se
encuentra próximo a su finiquitación.
Que en consecuencia resulta
necesario adoptar las medidas presupuestarias que correspondan para la atención
de los conceptos aludidos en el considerando primero, sin que se afecte la
continuidad de las erogaciones pertinentes.
Que en el citado inmueble la
CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación) viene desarrollando las
tareas inherentes al cumplimiento de su proceso liquidatorio.
Que a su vez se han trasladado
al inmueble sito en la calle Alsina N° 456/70, Capital Federal, las estructuras
administrativas y archivos de los entes, empresas y/o sociedades del Estado
cuyas liquidaciones han concluido y que por lo tanto no cuentan con recursos
que le permitan afrontar gastos de mantenimiento.
Que, asimismo, el volumen de los
archivos correspondientes a los entes en liquidación demanda la utilización del
inmueble sito en la calle Carlos Calvo N° 196, Capital Federal.
Que es necesario proveer lo
conducente a efectos de obtener los recursos financieros para afrontar los
gastos por servicios básicos, mantenimiento, reparaciones, limpieza, seguridad
y mejoras edilicias de los inmuebles mencionados.
Que a tales fines corresponde
establecer el ente residual a cuyo cargo estará la gestión financiera y
administrativa correspondiente a la atención de esas erogaciones.
Que en tal sentido resulta
conveniente autorizar a la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación)
para llevar a cabo la precitada gestión.
Que en el caso de la atención de
las erogaciones atinentes al inmueble sito en la calle Alsina N° 456/470, en
aplicación de lo dispuesto por el artículo 2° de la Resolución del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 385/95, los mismos podrán ser
asumidos en forma conjunta o indistintamente con OBRAS SANITARIAS DE LA NACION
(en liquidación) hasta la efectiva transferencia de los activos y pasivos
ciertos y/o contingentes de esta última al Estado, Nacional en el marco del
Decreto N° 2.148 de fecha 19 de octubre de 1993, por finiquitación de su proceso
liquidatorio.
Que el grado de avance de las
tareas residuales del proceso liquidatorio de GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL
ESTADO (en liquidación) y el saldo real de disponibilidades que la misma posee
al 29 de febrero de 1996, indican la conveniencia de modificar el Presupuesto
aprobado para 1996, a fin de no mantener fondos ociosos en el ente con el
consecuente perjuicio financiero para el Estado Nacional que de ello se deriva.
Que a fin de agilizar los procesos
liquidatorios pendientes y permitir el eficiente manejo de los fondos
existentes en los Entes en Liquidación, resulta de importancia reasignar los
recursos genuinos disponibles de GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO (en
liquidación), evitando de esta forma recurrir al Tesoro Nacional.
Que por lo señalado en los
considerandos precedentes es necesario modificar el presupuesto de la CAJA
NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación) aprobado para el ejercicio 1996,
aumentando los ingresos corrientes de dicho ente para atender los gastos
operativos y de capital que se devenguen por los conceptos premencionados.
Que asimismo resulta necesario
modificar el presupuesto aprobado para el ejercicio 1996 de la EMPRESA LINEAS
MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en
liquidación), declarada posteriormente disuelta y en estado de liquidación por
la Resolución N° 394 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
del 13 de marzo de 1996, a fin de contar con financiamiento adicional al
dispuesto originalmente destinado a la cancelación parcial, durante el presente
ejercicio, de los pasivos diferidos de esa sociedad.
Que obra en las actuaciones el
dictamen favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto.
Que, en mérito a ello, la
presente medida se dicta en ejercicio de las facultades que emergen de los
Artículos 49 y 52 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional y del Decreto N° 1.361 del 5 de
agosto de 1994.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Modifícase el
Presupuesto del ejercicio 1996 de GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO (en
liquidación), aprobado por la Resolución N° 702 del 18 de diciembre de 1995, de
acuerdo con el detalle de la planilla anexa al presente Artículo, que forma
parte integrante del mismo.
ARTICULO 2°.- Autorízase a
la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación) a afectar a su presupuesto
los gastos que demande la atención de los servicios básicos, mantenimiento,
reparaciones, limpieza, seguridad y la realización de mejoras edilicias de los
inmueble ubicados en la calle Alsina N° 456/70, Capital Federal y Carlos Calvo
N° 196, Capital Federal.
ARTICULO 3°.- Las
afectaciones de recursos presupuestarios que realice la CAJA NACIONAL DE AHORRO
Y SEGURO (en liquidación), conforme lo autorizado en el artículo precedente en
relación con el inmueble de la calle Alsina N° 456/470, podrán realizarse en
forma conjunta o indistinta con OBRAS SANITARIAS DE LA NACION (en liquidación)
hasta la efectiva transferencia de los activos y pasivos ciertos y/o
contingentes de esta última al Estado Nacional, en el marco de la finiquitación
de su proceso liquidatorio.
ARTICULO 4°.-
En virtud de
las modificaciones dispuestas por el Artículo 1°, la suma de PESOS DOS MILLONES
CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL CINCUENTA Y UNO ($ 2.423.051) será destinada a
financiar los gastos corrientes y de capital de la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y
SEGURO (en liquidación) y la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($
2.400.000) será destinada a cancelar parcialmente los pasivos diferidos de la
EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL
MAYORITARIA (en liquidación).
ARTICULO 5°.- Como consecuencia
de la transferencia fijada por el Artículo 4°, modifícase el Presupuesto del
ejercicio 1996 de la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación),
aprobado por la Resolución N° 701 del 18 de diciembre de 1995, de acuerdo con
el detalle de la planilla anexa al presente Artículo, que forma parte
integrante del mismo.
ARTICULO 6°.- Como
consecuencia de la transferencia fijada en el Artículo 4°, modifícase el
Presupuesto del ejercicio 1996 de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS
SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación),
aprobado por la Resolución N° 26 del 3 de enero de 1996, de acuerdo con el
detalle de la planilla anexa al presente Artículo, que forma parte integrante
del mismo.
ARTICULO 7°.- Teniendo
en cuenta las modificaciones dispuestas en los Artículos 1°, 5° y 6°
precedentes, se establecen los Presupuestos para el ejercicio 1996 de GAS DEL
ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y
SEGURO (en liquidación) y la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD
ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación) en las cifras
que figuran en las planillas anexas al presente Artículo, que forman parte
integrante del mismo.
ARTICULO 8°.- Apruébase el
Plan de Acción y el Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio
1996 de GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), adecuado a las
modificaciones presupuestarias dispuestas por el Artículo 1°, de acuerdo al
detalle que figura en las planillas que como Anexo I
forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 9°.- Apruébase el
Plan de Acción y el Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio
1996 de la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación), adecuado a las
modificaciones presupuestarias dispuestas por el Artículo 5°, de acuerdo al
detalle que figura en las planillas que como Anexo II forman parte integrante
de la presente Resolución.
ARTICULO 10°.-
Apruébase el
Plan de Acción y el Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio
1996 de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON
PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en
liquidación), adecuado a las modificaciones presupuestarias dispuestas por el
Artículo 6°, de acuerdo al detalle que figura en las planillas que como Anexo
III forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 11.-
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese.