MINISTERIO DE DEFENSA

 

Decreto 760/91

 

Acéptanse las renuncias del Interventor y Sub interventor de Forja Argentina Sociedad Anónima.

 

Bs. As., 19/4/91

 

VISTO la Ley N° 23.696 y su Decreto Reglamentario N° 1105 del 20 de octubre de 1989, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Señor Ingeniero D. César Alfredo ALBRISI y el Señor Contador D. Florencio ESCRIBANO MARTINEZ han presentado sus renuncias a los cargos de Interventor y Sub Interventor, respectivamente, de FORJA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, para los cuales fueran designados por Decreto N° 428 del 2 de marzo de 1990.

 

Que corresponde por lo tanto aceptar dichas renuncias y designar a sus reemplazantes.

 

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para dictar el presente acto, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 1° del artículo 86 de la Constitución Nacional.

 

Por ello.

EL PRESIDENTE DE LA NACI0N ARGENTINA

 

DECRETA:

 

Artículo 1° - Acéptase la renuncia presentada por el Señor Ingeniero D. César Alfredo ALBRISI (L. E. N° 7.967.888) al cargo de Interventor de FORJA ARGENTINA SOCIEDAD ANONlMA, para el que fuera designado, por Decreto Nº 428 del 2 de marzo de 1990.

 

Art. 2° - Acéptase la renuncia presentada por el Señor Contador D. Florencio ESCRIBANO MARTINEZ (D.N.I. N° 6.600.186) al cargo de Subinterventor de FORJA ARGENTINA SOCIEDAD ANONlMA, para el que fuera designado por Decreto N° 428 del 2 de marzo de 1990.

 

Art. 3° - Desígnase al Señor D. Jorge Ramón ALCALDE (D.N.I. N° 6.724.325) en el cargo de Interventor de FORJA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, quien ejercerá todas las funciones y facultades establecidas reglamentariamente para el Presidente y Directorio de la citada Sociedad, y quien en el desempeño de su función actuará dando cumplimiento a las ins­trucciones que le imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL o, en su caso, el Ministro de Defensa o el Subsecretario con competencia en razón de la materia.

 

Art. 4° - Desígnase al Señor D. Héctor Osvaldo APOGLIESSI (C.I. N° 7.312.719) en el cargo de Subinterventor de FORJA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, con funciones gerenciales y de suplencia del Interventor designado.

 

Art. 5° - El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha.

 

Art. 6° - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese – MENEM – Antonio E. González.