Decreto N° 74.819
Ministerios de Hacienda y de Agricultura de la Nación.
Enero 11 de 1936.
Visto el expediente 11.378-A-1935, por el que la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales solicita la aprobación de su presupuesto para el año próximo y atento lo informado por la Contaduría General de la Nación,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Fíjase
en ($ 86.285.775,22 m/n) ochenta y seis millones doscientos ochenta y cinco
mil setecientos setenta y cinco pesos con veintidós centavos moneda
nacional, el presupuesto de la Dirección General de Yacimientos
Petrolíferos Fiscales para el año 1936, de acuerdo con el
siguiente resumen, cuyo detalle figura en las planillas anexas;
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Sueldos y jornales |
$ 22.242.181,56
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Aporte patronal |
$ 549.278,40
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Materiales, obras y gastos varios |
$ 63.494.315,26
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TOTAL |
$ 86.285.775,22
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Art. 2° — Fíjase
en ($ 92.489.964,16 m/n) noventa y dos millones cuatrocientos ochenta y
nueve mil novecientos sesenta y cuatro pesos con diez y seis centavos moneda
nacional, el cálculo de recursos para el año 1936, de acuerdo
con el siguiente resumen, cuyo detalle figura en planillas anexas:
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Venta de productos |
$ 89.964.000
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Recaudaciones varias |
$ 932.546,66
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Producido de la flota |
$ 1.200.000
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Renta de títulos |
$ 363.417,50
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TOTAL |
$ 92.489.964,16
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Art. 3° — De las utilidades que resulten a fin de ejercicio, la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales ingresará a Rentas Generales, la suma de ($ 5.000.000 m/n) cinco millones de pesos moneda nacional, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley N° 12.150 de presupuesto general para 1935, prorrogada por la Ley N° 12.237 para el año 1936.
Art. 4° — Este Decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y de Agricultura.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, etc.
JUSTO. - ROBERTO M. ORTIZ. - MIGUEL A. CARCANO.