Decreto 702/95

BUENOS AIRES, 18 MAYO 1995

VISTO el Expediente N° 020-001005/95 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, los Decretos N° 1185 de fecha 22 de junio de 1990, sus modificatorios y N° 2161 de fecha 20 de octubre de 1993 y las Resoluciones del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 185 de fecha 16 de febrero de 1995, N° 696 y N° 697, ambas de fecha 17 de mayo de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 2161 de fecha 20 de octubre de 1993 se dispuso el cese de la intervención de la COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES y se designó a los miembros de su Directorio.

Que la labor del citado organismo ha sido ineficaz en el control del cumplimiento de las obligaciones por parte de las Sociedades Licenciatarias del Servicio Básico Telefónico, de los Operadores Independientes y de los Prestadores de Servicios de Telecomunicaciones en régimen de competencia.

Que esa situación ha ocurrido a pesar de las reiteradas instrucciones recibidas por la COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES de parte de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. Que habiendo percibido tal situación, el Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos, a través de la Resolución N° 185 de fecha 16 de febrero de 1995, llamó a concurso para la contratación de un servicio de consultoría que realizara un análisis del funcionamiento de la mencionada Comisión, así como propusiera los mecanismos adecuados para lograr un eficiente trabajo de control por parte de la COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.

Que a pesar de no contar con un informe definitivo del grupo consultor contratado, el paso del tiempo ha agravado aún más la situación, teniendo en cuenta que el actuar burocrático del citado organismo desprotege a los usuarios del sector y agrava los conflictos no resueltos entre Licenciatarios, Operadores y usuarios.

Que asimismo, las renuncias presentadas por el Presidente y un miembro del Directorio de la COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES y la vacante existente importan una situación de práctica acefalía del organismo.

Que la importancia del sector de las telecomunicaciones en la REPUBLICA ARGENTINA aconseja tomar medidas urgentes que reestablezcan el funcionamiento ordenado y eficaz de la COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.

Que, asimismo, como forma de agilizar los procedimientos administrativos, es conveniente delegar en el Señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos, la resolución de los recursos de alzada que se presenten contra las Resoluciones dictadas por la COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.

Que el presente Decreto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 99 incisos 1) y 2), 100 y Disposición Transitoria Duodécima de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Intervéngase la COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

ARTICULO 2°.- Designase Interventor de la mencionada Comisión al Ingeniero D. Raúl Antonio AGUERO (LE. N° 7.646.610).

ARTICULO 3°.- Encomiéndase al Interventor la reestructuración funcional del citado organismo, quien deberá actuar conforme las instrucciones que se le impartan por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a través de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES.

ARTICULO 4°.- Contra las Resoluciones de la COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, procederá recurso de alzada ante el Señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos.

ARTICULO 5°.- Derógase el articulo 33 del Decreto N° 1185 de fecha 22 de junio de 1990.

ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.