Resolución 631/94

Bs. As., 12/5/94

VISTO el Decreto N° 2394 del 15 de diciembre de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 15 de marzo de 1993, se produjo la finalización del proceso de transferencia a manos privadas de todas las actividades desarrolladas por la empresa GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que del considerando precedente se desprende que la empresa GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO dejó de cumplir, en la fecha consignada, el objeto societario específico para el que fuera creada.

Que, pese a lo expresado, la SECRETARIA DE ENERGIA encomendó al Interventor de la empresa premencionada, un redimensionamiento de GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO y la finalización de un conjunto de obras en curso de ejecución a cargo de la misma. Ambos objetivos se hallan cumplidos a la fecha.

Que, dada la situación expuesta, resulta procedente dar por finalizada la Intervención de la empresa GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO y declarar disuelta y en estado de liquidación a la Sociedad aludida ya que se hallan verificados los extremos requeridos por el Artículo 1° del Decreto N° 2394/92.

Que resulta conveniente, asimismo, la designación de las autoridades que tendrán a su cargo la conducción del proceso liquidatorio de la empresa GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que resuelta su disolución y puesta en estado de liquidación, el ente residual debe pasar a la jurisdicción de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA DE COORDINACION LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas al Señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos por el Artículo 20 del Decreto 23 94/92.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°. - Dar por finalizada la Intervención de la empresa GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO.

ARTICULO 2°. - Declarar a la empresa mencionada en el artículo precedente disuelta y en estado de liquidación.

ARTICULO 3°. - Designar Liquidador de la empresa GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO (En Liquidación) al Licenciado Daniel TILLARD (D.N.I. N° 13.152.137) por el término de UN (1) año.

ARTICULO 4°. - Designar Subliquidador de la empresa en liquidación mencionada en el Artículo 3° al Contador Hugo Edgardo CHAPRESTO (D.N.I. N° 12.994.518) por el término de UN (1) año.

ARTICULO 5° - Otorgar al funcionario designado por el artículo precedente, la compensación por mayores gastos establecida por el Artículo 1° del Decreto N° 1840 del 10 de octubre de 1986, mientras su domicilio se mantenga a más de CIEN (100) kilómetros de distancia de la sede de sus funciones.

ARTICULO 6°. - La empresa GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO (En Liquidación) pasa a la dependencia de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA DE COORDINACION LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA.

ARTICULO 7°. - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente se imputarán a recursos específicos de la empresa GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO (En Liquidación).

ARTICULO 8°. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.