MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Resolución 56/96

Bs. As., 12/1/96

VISTO el Expediente N° 750-002907/94 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el Decreto N° 463 del 12 de setiembre de 1995, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 308 DEL 29 DE SETIEMBRE DE 1995, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 463 del 12 de setiembre de 1995, se ratificó el convenio de fecha 29 de marzo de 1995, suscripto entre el ESTADO NACIONAL y la Provincia de TUCUMAN donde se acordó la modalidad de privatización de la actividad de generación de energía eléctrica vinculada a los COMPLEJOS HIDROELECTRICOS EL CADILLAL, PUEBLO VIEJO y ESCABA; asimismo se constituyo la sociedad denominada HIDROELECTRICA TUCUMAN SOCIEDAD ANONIMA (HIDROELECTRICA TUCUMAN S.A.); se aprobó su Estatuto Social y se facultó a la ex-SECRETARIA DE ENERGIA Y COMUNICACIONES del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a otorgar la concesión para generar energía eléctrica vinculada a la unidad de negocio mencionada precedentemente.

Que por resolución de la ex-SECRETARIA DE ENERGIA Y COMUNICACIONES N° 118 del 15 de setiembre de 1995 se otorgó a HIDROELECTRICA TUCUMAN SOCIEDAD ANONIMA (HIDROELECTRICA TUCUMAN S. A.) la concesión para generar energía eléctrica por el término de TREINTA (30) años.

Que mediante la Resolución M.E.Y.O.Y.S.P. N° 308/95 se llamó a Concurso Público Internacional para la venta del NOVENTA Y OCHO POR CIENTO (98 %) del paquete accionario de HIDROELECTRICA TUCUMAN SOCIEDAD ANONIMA y del mismo porcentaje accionario de HIDROTERMICA SAN JUAN SOCIEDAD ANONIMA representado por la totalidad de las acciones Clase "A"’ y "B" de cada sociedad.

Que el COMITE PRIVATIZADOR creado por el artículo 6° de la Resolución M.E.Y.O.Y.S.P. N° 308/95, órgano actuante en dicho concurso, consideró que las ofertas presentadas no eran aceptables en razón de sus montos, rechazándose las ofertas presentadas por el NOVENTA Y OCHO POR CIENTO (98%) de las acciones de HIDROELECTRICA TUCUMAN SOCIEDAD ANONIMA.

Que el BANCO DE LA NACION ARGENTINA ha realizado la tasación dispuesta por el artículo 19 de la Ley N° 23.696, en los términos del artículo 96 de la Ley N° 24.065.

Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 463 del 25 de setiembre de 1995.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Convocar con carácter de segundo llamado a Concurso Público Nacional e Internacional a partir del 12 de enero de 1996, para la privatización de la actividad de generación eléctrica vinculada a los COMPLEJOS HIDROELECTRICOS EL CADILLAL, PUEBLO VIEJO Y ESCABA actualmente a cargo de AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO, siendo su objeto la venta del NOVENTA Y OCHO POR CIENTO (98%) del paquete accionario de HIDROELECTRICA TUCUMAN SOCIEDAD ANONIMA (HIDROELECTRICA TUCUMAN S.A.) conforme a las pautas del Pliego de Bases y Condiciones.

ARTICULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones y sus Anexos, que como Anexo I forma parte integrante del presente acto.

ARTICULO 3° — Apruébase como cronograma para el Concurso convocado, el detallado en la planilla que como Anexo II forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 4° — Fijase el precio de venta del pliego de bases y condiciones en la suma de PESOS SEIS MIL ($ 6.000).

ARTICULO 5° — Se establece que el Concurso será sin base y que el precio se cotizará en DOLARES ESTADOUNIDENSES y será pagadero conforme se establece en el Capitulo VIII, numeral 8.2.2. del Pliego de Bases y Condiciones que se aprueba por el presente acto.

ARTICULO 6° — Créase la Comisión de Admisión y Venta que será presidida por el señor SECRETARIO DE ENERGIA, TRANSPORTE Y COMUNICACIONES e integrada por UN (1) representante de la SECRETARIA DE ENERGIA, TRANSPORTE Y COMUNICACIONES del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, UN (1) representante de AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO, UN (1) representante de la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICOS PUBLICOS Y UN (1) representante por la Provincia de TUCUMAN.

ARTICULO 7° — Destinase el SETENTA POR CIENTO (70%) deI producido del Concurso por la Venta de acciones de HIDROLECTRICA TUCUMAN SOCIEDAD ANONIMA (HIDROELECTRICA TUCUMAN S.A.) al TESORO NACIONAL y el TREINTA POR CIENTO (30%) al REGIMEN NACIONAL DE PREVISION SOCIAL, según lo dispuesto en el Numeral 8.2.2.2. del Pliego de Bases y Condiciones.

ARTICULO 8° — Comuníquese a la Comisión Bicameral del Honorable Congreso de la Nación creada por el artículo 14 de la Ley N° 23.696.

ARTICULO 9° — La presente Resolución tendrá vigencia a partir de la fecha de su dictado.

ARTICULO 10 — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DOMINGO FELIPE CAVALLO. Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos.