CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO

RESOLUCION N° 559/93

BUENOS AIRES, 27 MAY 1993

VISTO, el Acta de la reunión de fecha 27 de mayo de 1993 de la Comisión de Privatización de la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO, creada por Resolución MEyOySP N° 1.165/92 y,

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 20 punto 3 del Pliego de Bases y Condiciones para la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Venta del 60% del Paquete Accionario de CAJA DE AHORRO Y SEGURO S.A., se podrá dejar sin efecto la Licitación en cualquier oportunidad, sin que ello de derecho a reclamación alguna por parte de los interesados, postulantes calificados, oferentes o preadjudicatario, en tanto no se hubiere cumplido con la suscripción del texto definitivo del Contrato de Transferencia de Acciones.

Que hasta la fecha no se ha cumplimentado con los actos indicados en el considerando anterior, por lo que es factible proceder a dejar sin efecto el proceso licitatorio.

Que el suscripto está facultado para dictar el presente acto en virtud del Artículo 2° del Decreto N° 82/93.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1° - Dejar sin efecto la Licitación referida ut supra, sin que ello de lugar a reclamación alguna por parte de los postulantes calificados.

ARTICULO 2° - Notifíquese la presente, a través de la intervención de la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO, a los consorcios integrados por LEUCADIA NATIONAL CORPORATION, BANCO MERCANTIL ARGENTINO S.A. y LOS W. S.A., por un lado y CBI-TDB UNION BANCAIRE PRIVEE, ODYSSEY PARTNERS N.V. y QUANTUM FUND L.P.. por el otro.

ARTICULO 3° - Comuníquese a la Comisión Bicameral creada por el Artículo 14 de la Ley N° 23.696.

ARTICULO 4° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.