Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

SOCIEDAD DEL ESTADO

Resolución 541/96

Apruébase el Presupuesto del ejercicio 1997 de Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado (en liquidación).

Bs. As., 18/12/96

VISTO el Expediente N° 15.715/96 del Registro de AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEEDAD DEL ESTADO (en liquidación) en el que se tramita la aprobación del Presupuesto del ejercicio 1997 formulado por esta Sociedad actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el título II, Capítulo III, el Regimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.

Que obra en el expediente visto, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPESTO.

Que el Artículo N° 49 de la mencionada Ley y el Decreto Reglamentario N° 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial N° 3 de la Ley N° 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la aprobación de la presente.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE

Artículo 1° — Apruébase el Presupuesto del ejercicio 1997 de AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II de la presente Resolución.

Art. 2° — Estímase en la suma de PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL ($ 2.210.000) los gastos de operación que como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE LA OPERACION) estimado en PESOS UN MILLON TRESCIENTOS DIEZ MIL ($ 1.310.000.) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente le Resolución.

Art. 3° — Estímase en la suma de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ 2 900.000) los ingresos corrientes y fijase en la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL ($ 2.300.000) los gastos corrientes y como consecuencia de ello, apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 4° — Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los gastos de capital y fijase la suma de PESOS CERO ($ 0) los gastos de capital y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente Resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el ejercicio 1997 en PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Roque B. Fernández.