RESOLUCION N ° 535/95

 

BUENOS AIRES,

 

VISTO el Expediente N° 559-006552/93 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la Ley N° 23.696, el Anexo I del Decreto N° 1.105 del 20 de octubre de 1989 reglamentario de dicha ley; los Decretos Nros. 2.062 del 30 de setiembre de 1991; 2.345 del 6 de noviembre de 1991; 243 y 244 del 4 de febrero de 1992; 299 del 10 de febrero de 1992; 1.217 del 15 de julio de 1992; 1.261 del 20 de julio de 1992; y 1.276 del 29 de julio de 1994, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el llamado a licitación pública nacional e internacional con base dispuesto mediante los Decretos Nros. 2.062/91, 2.345/91; 243/92; 244/92; 299/92; 1.217/92 y 1.261/92, tendiente a la privatización de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA, fue declarado desierto por falta de presentación de ofertas.

 

Que por medio del Decreto N° 2.070 del 12 de noviembre de 1992 se llamó nuevamente a licitación pública nacional e internacional sin base, que quedó trunca en su realización al no presentarse oferentes.

 

Que a la fecha se encuentra en un avanzado estado de realización el programa de reestructuración de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA, el cual fuera aprobado por el Decreto N° 1.565 del 21 de julio de 1993.

 

Que por Decreto N° 1.276/94, con el objeto de la privatización de la EMPRESA LINEAS MARITUVIAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA, se dispuso la constitución de TRES (3) unidades de negocio autónomas bajo la forma de sociedades anónimas y se facultó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS a efectuar los correspondientes llamados a licitación.

 

Que el proyecto de Pliego de Bases y Condiciones propuesto por la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA para la transferencia del CIEN POR CIENTO (100 %) de las acciones ordinarias, nominativas y endosables Clase "A", representativas del NOVENTA POR CIENTO (90%) del capital social de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS NORTE DE EUROPA SOCIEDAD ANONIMA (E.L.M.A. NORTE DE EUROPA S.A.), cumple con lo reglamentado por el Artículo 18 del Anexo 1 del Decreto N° 1.105/89.

 

Que, a su vez, dadas las características propias de este proceso de privatización resulta conveniente adoptar como forma de pago la de contado tal como se establece en el referido Pliego de Bases y Condiciones.

 

Que conforme lo dispone el Artículo 1° del Decreto N° 1276/94, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS se encuentra facultado para delegar en la SECRETARIA DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la aprobación del inventario definitivo que confeccionará la Intervención en la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA, en el que se determinará la cantidad e individualización del parque de contenedores que formarán parte de los activos de la sociedad constituida a través del citado decreto.

 

Que la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA obtuvo la tasación dispuesta por el Artículo 19 de la Ley N° 23.696, a través del BANCO DE LA NACION ARGENTINA.

 

Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por el Artículo 10° del Decreto N° 1.276/94.

 

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS RESUELVE:

 

ARTICULO 1°.- Llámase a Licitación Pública Nacional e Internacional con base, para la venta del CIEN POR CIENTO (100 %) de las acciones ordinarias, nominativas y endosables Clase "A" representativas del NOVENTA POR CIENTO (90%) del capital social de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS NORTE DE EUROPA SOCIEDAD ANONIMA (E.L.M.A. NORTE DE EUROPA S.A.), conforme las pautas del respectivo Pliego de Bases y Condiciones.

 

ARTICULO 2°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones y sus Anexos para la venta del CIEN POR CIENTO (100 %) de las acciones ordinarias, nominativas y endosables Clase "A" representativas del NOVENTA POR CIENTO (90%) del capital social de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS NORTE DE EUROPA SOCIEDAD ANONIMA (E.L.M.A. NORTE DE EUROPA S.A.), que obra como Anexo I de la presente resolución.

 

ARTICULO 3°.- Apruébase la base de DOLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES SETECIENTOS MIL (U$S 7.700.000) para la venta en Licitación Pública Nacional e Internacional del CIEN POR CIENTO (100 %) de las acciones ordinarias, nominativas y endosables Clase "A", representativas del NOVENTA POR CIENTO (90%) del capital social de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS NORTE DE EUROPA SOCIEDAD ANONIMA (E.L.M.A. NORTE DE EUROPA S.A.).

 

ARTICULO 4°.- Delégase en la SECRETARIA DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS la aprobación del inventario definitivo que confeccionará la Intervención en la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA, en el que se determinará la cantidad e individualización del parque de contenedores que formarán parte de los activos de la citada sociedad.

 

ARTICULO 5°.- Fíjase el precio de venta del pliego en la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000).

 

ARTICULO 6°.- Apruébase como cronograma para el proceso licitatorio correspondiente el detallado en el Pliego de Bases y Condiciones.

 

ARTICULO 7°.- Comuníquese a la Comisión Bicameral creada por el Artículo 14 de la Ley N° 23.696.

 

ARTICULO 8°.- La presente resolución tendrá vigencia a partir de la fecha de su dictado.

 

ARTICULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 

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