RESOLUCION N° 46/96

 

BUENOS AIRES, 22 AGO 1996

 

VISTO el Expediente Nº 080-003308/96 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS Y SERVICIOS PUBUCOS, por el cual tramitan las modificaciones de los Planes de Acción y de los Presupuestos correspondientes al ejercicio 1996 de FORJA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (en liquidación) y la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación), que fueran aprobados por la Resolución Nº 584 del 27 de noviembre de 1995, Resolución N° 30 del 3 de enero de 1996 y Resolución Nº 780 del 14 de junio de 1996, respectivamente, dictadas por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que las tareas remanentes del proceso liquidatorio de FORJA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) determinan la necesidad de modificar el Presupuesto del ente aprobado para 1996, existiendo al r de enero del presente ejercicio un saldo real de disponibilidades que no será utilizado.

 

Que mediante Resolución N° 314 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y

 OBRAS. Y SERVICIOS PUBLICOS se ha resuelto considerar el Estado Patrimonial al 30 de junio de 1994 de SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (en liquidación) como estado de liquidación de la misma.

 

Que no obstante ello, quedan aún tareas remanentes que determinan la necesidad de modificar el presupuesto aprobado para el ejercicio 1996 de SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (en liquidación), debiendo contar con financiamiento adicional al dispuesto originalmente para atender las erogaciones que dicho ente demande en materia de gastos corrientes.

 

Que asimismo resulta necesario incrementar los recursos financieros de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación), declarada disuelta y en estado de liquidación por la Resolución N° 394 del MlNISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del 13 de marzo de 1996, para ser aplicados a la cancelación parcial, durante el presente ejercicio, de los pasivos que esa sociedad mantiene con proveedores y agentes del exterior.

 

Que a fin de agilizar los procesos liquidatorios pendientes y permitir el eficiente manejo de los fondos existentes en los Entes en Liquidación, resulta de importancia reasignar los recursos disponibles en FORJA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación).

 

Que obra en las actuaciones el dictamen favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto.

 

Que, en mérito a ello, la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades que emergen de los Artículos 49 y 52 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y del Decreto Nº 1.361 del 5 de agosto de 1994.

 

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° - Modifícase el Presupuesto del ejercicio 1996 de FORJA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), aprobado por la Resolución Nº 584 del 27 de noviembre de 1995, de acuerdo con el detalle de la planilla anexa al presente Artículo, que forma parte integrante del mismo.

 

ARTICULO 2º - En virtud de las modificaciones dispuestas por el Articulo 1°, la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL ($ 1.300.000) será destinada a financiar los gastos corrientes de SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (en liquidación) y la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000) será destinada a cancelar parcialmente los pasivos diferidos que la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación) mantiene con proveedores y agentes del exterior.

 

ARTICULO 3° - Como consecuencia de la transferencia fijada por el Artículo 2°, modifícase el Presupuesto del ejercicio 1996 de SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (en liquidación), aprobado por la Resolución Nº 30 del 3 de enero de 1996, de acuerdo con el detalle de la planilla anexa al presente Artículo, que forma parte integrante del mismo.

 

ARTICULO 4° - Como consecuencia de la transferencia fijada en el Artículo 2°, modifícase el Presupuesto del ejercicio 1996 de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTIClPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación), aprobado por la Resolución Nº 780 del 14 de junio de 1996, de acuerdo con el detalle de la planilla anexa al presente Artículo, que forma parte integrante del mismo.

 

ARTICULO 5º - Teniendo en cuenta las modificaciones dispuestas en los Artículos 1º, 3º y 4° precedentes, se establecen los Presupuestos para el ejercicio 1996 de FORJA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (en liquidación) y la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación) en las cifras que figuran en las planillas anexas al presente Artículo, que forman parte integrante del mismo.

 

ARTICULO 6º - Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio 1996 de FORJA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), adecuado a las modificaciones presupuestarias dispuestas por el Articulo 1º, de acuerdo al detalle que figura en las planillas que como Anexo I forman parte integrante de la presente Resolución.

 

ARTICULO 7º - Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio 1996 de SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (en liquidación), adecuado a las modificaciones presupuestarias dispuestas por el Articulo 3º, de acuerdo al detalle que figura en las planillas que como Anexo II forman parte integrante de la presente Resolución.

 

ARTICULO 8° - Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio 1996 de la EMPRESA LINEAS MARlTIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA (en liquidación), adecuado a las modificaciones presupuestarias dispuestas por el Articulo 4°, de acuerdo al detalle que figura en las planillas que como Anexo III forman parte integrante de la presente Resolución.

 

ARTICULO 9° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Dr. Roque Benjamín FERNANDEZ.

ANEXO