Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

PRIVATIZACIONES

Resolución 40/96

Convalídanse Circulares relacionadas con el Concurso Público Internacional para la venta de un porcentaje del paquete accionario de Hidroeléctrica Pichi Picún Leufú Sociedad Anónima

Bs. As., 8/1/96

VISTO el Expediente N° 750-001019/95 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el Decreto N° 1045 del 7 de julio de 1995, las Resoluciones de la SECRETARIA DE ENERGIA Y COMUNICACIONES N° 46 del 15 de agosto de 1995, N° 120 deI 18 de septiembre de 1995, lo actuado por el COMITE PRIVATIZADOR creado por el Artículo 9° de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 22 del 14 de julio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución M.E.Y.O.S.P. N° 22/95 se llamó a Concurso Público Internacional para la venta del OCHENTA
Y CINCO POR CIENTO (85 %) del paquete accionario de HIDROELECTRICA PICHI PICUN LEUFU SOCIEDAD ANONIMA, representado por la totalidad de las acciones Clase "A" y "B" y del TREINTA Y NUEVE POR CIENTO (39 %) del capital social de HIDROELECTRICA PIEDRA DEL AGUILA SOCIEDAD ANONIMA en acciones Clase "B" de titularidad del ESTADO NACIONAL.

Que a raíz de las consultas que formularan las adquirentes del Pliego de Bases y Condiciones correspondiente al mencionado Concurso, el COMITE PRIVATIZADOR, ha emitido las Circulares que forman parte integrante de dicho Pliego por lo que resulta conveniente la intervención de este Ministerio a los efectos de su aprobación.

Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 1045 deI 7 de julio de 1995.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:

Artículo 1° — Convalídanse las Circulares N° 1 a 16 emitidas por el COMITE PRIVATIZADOR, órgano actuante en el Concurso Público Internacional para la venta del OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85 %) del paquete accionario de HIDROELECTRICA PICHI PICUN LEUFU SOCIEDAD ANONINA, representado por la totalidad de las acciones Clase "A" y "B" y del TREINTA Y NUEVE POR CIENTO (39 %) del capital social de HIDROELECTRICA PIEDRA DEL AGUILA SOCIEDAD ANONIMA en acciones Clase "B" de titularidad del ESTADO NACIONAL, las que en fotocopias autenticadas y como Anexo I forman parte integrante del presente acto.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José A. Caro Figueroa.