Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

PRESUPUESTO

Resolución 376/98

Apruébase el presupuesto del ejercicio 1998 de Hidronor S.A. (e.l.) - Hidroeléctrica Norpatagónica Sociedad Anónima (en liquidación).

Bs. As., 26/3/98

B.O., 3/4/98

VISTO el Expediente N° 750-004253/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en el que se tramita la aprobación del Presupuesto del ejercicio 1998 formulado por HIDRONOR S.A. (e.l.) - HIDROELECTRICA NORPATAGONICA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la Decisión Administrativa N° 55 de fecha 22 de enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Titulo II. Capitulo III, el Régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.

Que el artículo 60 de la Ley N9 24.938 faculta al Jefe de Gabinete de Ministros a establecer prórrogas al plazo referido en el articulo 64 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 1997, modificado por el artículo 25 de la Ley NQ 24.764.

Que en virtud de ello, la Decisión Administrativa N 55 de fecha 22 de enero de 1998 prorrogó la liquidación definitiva de distintos entes en liquidación enunciados en las planillas que como ANEXO I, ANEXO II y ANEXO III forman parte integrante de dicho dispositivo, entre los cuales se encuentra HIDRONOR S.A. (e.l.) - HIDROELECTRICA NORPATAGONICA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación).

Que en consecuencia, es necesario proveer lo conducente al desenvolvimiento operativo de dicho ente en liquidaci6n para el ejercicio 1998, conforme lo establecido por la mencionada Decisión Administrativa.

Que obra en el Expediente visto, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que el artículo 49 de la Ley N° 24.156 y el Decreto Reglamentario N° 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento parcial N° 3 de la Ley N° 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1°-Apruebase el Presupuesto del ejercicio 1998 de HIDRONOR S.A. (e.l.) - HIDROELECTRICA NORPATAGONICA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente Resolución, respectivamente.

Art. 2°-Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO QUINCE ($ 1.281.115) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO QUINCE ($ 1.281.115) de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 3°-Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS DOS MILLONES TREINTA Y UN MIL CIENTO QUINCE ($ 2.031.115) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS DOS MILLONES TREINTA Y UN MIL CIENTO QUINCE ($2.031.115) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución,

Art. 4°-Estímase en la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL ($ 2.300.000) los ingresos de capital y fijase en la suma de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTICUATRO ($ 2.998.124) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente Resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el ejercicio 1998 en PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE ($ 2.729.239) de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 5°-Comuníquese, publíquese, dése a la dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Roque B. Fernández.
 
 
 

ANEXOS