Resolución 350/95

Fijase el precio de venta al público del Gas Natural Comprimido para la Ciudad de Paraná.

Bs. As., 13/3/95

VISTO el Expediente N° 466/94 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 1493 del 30 de diciembre del 1992, y

CONSIDERANDO:

Que, a través de la norma citada en el VISTO, se establecieron las zonas de precio para la venta al público de gas natural comprimido (GNC), así como los precios máximos para tal venta, correspondientes a cada zona, teniendo en cuenta para la zonificación las áreas previstas en las licencias otorgadas a las sociedades creadas a los efectos de la privatización de GAS DEL ESTADO SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que entre las zonificaciones tarifarias previstas en el modelo de Licencia de Distribución aprobada por el Decreto N° 2255 del 2 de diciembre de 1992 no se encontraba contemplada la Ciudad de PARANA. Provincia de ENTRE RlOS.

Que la Resolución ENARGAS N° 8 del 23 de febrero de 1994 ha otorgado el carácter de Subdistribuidor de gas de la Ciudad de PARANA Provincia de ENTRE RlOS a los empresas integrantes de la UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS RED. EN GAS ó a la sociedad que en un futuro la sustituya por el plazo de VEINTISIETE (27) años aprobándose en forma provisoria, mediante tal acto, el Cuadro tarifario a aplicar por el citado operador.

Que, por lo expuesto. resulta necesaria establecer una zona de precio para la venta al público de gas natural comprimido (GNC). así romo el precio para tal venta, correspondiente a la Ciudad de PARANA Provincia de ENTRE RIOS.

Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por el Articulo 19 Inciso 65) de la Ley de Ministerios (T.O. 1992).

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Establécese, a partir del 1° de noviembre de 1994. en los mismos términos y con iguales alcances a las creadas por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 1493/92, la zona de precio para la venta al público de Gas Natural Comprimido de la Ciudad de PARANA, Provincia de ENTRE RIOS.

Art. 2° Fíjase, a partir de la vigencia de la presente resolución, como precio de venta al público del Gas Natural Comprimido para la zona de precio definida en el artículo precedente el de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILESIMOS POR METRO CUBICO DE NUEVE MIL TRESCIENTAS KILOCALORIAS (0.258 $/M3 de 9300 Kcal.).

Art. 3° — La presente resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.

Art. 4° Comuníquese. publíquese, dése a la Dirección Nacional De Registro Oficial y archívese. — Domingo F. Cavallo.