MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS

SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES

Disposición Nº 35/97

Bs. As., 30/5/97

B.O: 10/7/97

VISTO el Expediente Nº 750-000721/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y el Decreto Nº 2178 del 21 de octubre de 1991 y

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado decreto se han implementado CONCURSOS PUBLICOS INTERNACIONALES a los efectos de otorgar Permisos de Exploración en el marco de la política de desregulación de las distintas etapas de la industria del petróleo.

Que el Plan de Exploración persigue como objetivo fundamental el incrementar los niveles de reservas de hidrocarburos a través de inversiones de riesgo provenientes del capital privado.

Que a tal fin, resulta conveniente continuar con el proceso exploratorio en aquellas áreas que han sido revertidas e incorporar y ampliar las zonas del Territorio Nacional y su Plataforma Continental, a fin de extender su conocimiento geológico.

Que en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 1955 del 4 de noviembre de 1994 y en lo que respecta a las áreas ubicadas en territorios provinciales, se han cumplimentado los requisitos exigidos por el mismo.

Que para el caso de las áreas ubicadas en la plataforma continental que resultaron revertidas al ESTADO NACIONAL, corresponde su incorporación en los procesos licitatorios.

Que en virtud de lo establecido en el Artículo 11 del Decreto 2178 del 21 de octubre de 1991 se ha procedido a reagrupar arcas a los efectos de lograr superficies más aptas para desarrollar la exploración de las mismas.

Que el Decreto Nº 2178 del 21 de octubre de 1991 y el Decreto Nº 1955 del 4 de noviembre de 1994 otorga facultades para el dictado de la presente.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COMBUSTIBLES

DISPONE:

ARTICULO 1º-Incorpóranse a los procesos licitatorios del CONCURSO PUBLICO INTERNACIONAL Nº E-01/92 -PLAN ARGENTINA-, las áreas que a continuación se detallan y cuyas coordenadas provisorias se describen en el anexo que forma parte de la presente: CAM 2/A - NORTE, CAM 2/A SUR, CAM-3 "SANTA CRUZ SUR", CAM-4 "RIO CHICO NORTE", CAM-5 "RIO CHICO SUR", CGSJ-XVI, CGSJ-XVII, CGSJ-XVIII. CMM-1 "MALVINAS MARINA 1", CMM-2 "MALVINAS MARINA 2", CCM- 1 /A, YACIMIENTO NORTE 1 /A, YACIMIENTO NORTE 1 /C. CNO- 5 "HICKMANN", CNO- 1 "SANTA VICTORIA", CNO- 10/A, CNO-21 "CORONEL MOLDES", CNO- 11 "OLLEROS", CNO12/A, ACAMBUCO "A", ACAMBUCO "B", CA-9/A, CA-9/B. CNQ-27/A. CNQ-16/A. CN-XI /A, CNQ11 /A, CNQ- 12/A, CNQ- 13/A, CNQ- 13/B, CNQ- 14/A, CNQ-31 PUESTO GALDAME, CNQ-32 PUESTO ZUNIGA, CC y B 2/A y CC y B 3/A.

ARTICULO 2º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Ing. ALBERTO J. FIANDESIO, Subsecretario de Combustibles, Secretaría de Energía y Puertos.

NOTA: Esta Disposición se publica sin el Anexo.