PRESUPUESTO DE Y.P.F. CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 1943.

DECRETO N° 2.717

Ministerios de Hacienda y de Agricultura de la Nación.

Julio 14 de 1943.

Visto los expedientes N° 6660 y 8827/1943, por los que la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales solicita la modificación de los créditos de su presupuesto vigente, aprobado por la Ley N° 12.816; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 12.816 ha prorrogado para el corriente año el presupuesto vigente en 1942, aprobado por la Ley N° 12.778.

Que los créditos de dicho presupuesto han resultado insuficientes para el ejercicio de 1942, como lo demuestra el hecho de que el Poder Ejecutivo se ha visto en la necesidad de autorizar durante ese año por diversos Decretos, la realización de varios gastos al margen de dicho presupuesto.

Que el mantenimiento para 1943, de los créditos de la Ley N° 12.778, prorrogada por la Ley N° 12.816, provocaría la restricción de las actividades de Yacimientos Petrolíferos Fiscales con los consiguientes perjuicios para la economía del país.

Que, por el contrario, la situación actual de la explotación petrolífera ha exigido a la citada Repartición acelerar el ritmo de sus trabajos, con el objeto de satisfacer las necesidades en materia de combustibles.

Que la ampliación de los planes, de trabajo a cargo de la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales, originará mayores inversiones que no pueden ser cubiertas con los créditos del presupuesto vigente, por lo que es indispensable disponer su ampliación.

Que por Decreto N° 112.185 del 05-02-1942, se modificó el régimen de la liquidación de "Regalías" a favor del Gobierno Nacional, en virtud del cual los gastos que demande la elaboración de los productos que respondan a ese concepto, deberán figurar como gastos propios de la repartición, previéndose como recurso una suma equivalente.

Que además es necesario incorporar a las partidas individuales los cargos correspondientes a empleados que hasta 1942 figuraban imputados a partidas globales de sueldos, jornales o de otros gastos, como así también regularizar la situación del personal que percibe un suplemento de sueldo en razón de las funciones que cumple, fijándole la retribución mensual definitiva, incluyendo dicho suplemento.

Por las razones expuestas,

El Presidente de la Nación Argentina,

DECRETA:

Artículo 1° — Fíjase en la suma de ($ 255.734.169 m/n) doscientos cincuenta y cinco millones setecientos treinta cuatro mil ciento sesenta y nueve pesos moneda nacional el presupuesto de la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales para el año 1943, de acuerdo con el siguiente resumen, cuyo detalle figura en Planillas anexas:

Presupuesto ordinario de explotación y exploración

$ 210.881.997

Presupuesto de obras especiales

20.4.02.172

Aporte a Rentas Generales

11.000.000

Amortización de Letras de Tesorería

7.450.000

Impuesto a las Ventas

4.000.000

Imprevistos

2.000.000

Total

$ 255.734.169 m/n.

Artículo 2° — Los gastos autorizados en el presupuesto ordinario de explotación y exploración serán distribuidos en la siguiente forma:

Sueldos

$18.419.610

Jornales

25.435.185

Gastos varios

90.909.206

Adquisición de materiales

64.687.996

Compra de productos (incluido compra de productos provenientes de las regalías a favor del Gobierno Nacional)

11.430.000

Total

$ 210.881.997 m/n.

Artículo 3° — Estímase en la suma de ($ 255.800.000 m/n.) doscientos cincuenta y cinco millones ochocientos mil pesos moneda nacional el cálculo de recursos de la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales para el año 1943, de acuerdo con el siguiente resumen, cuyo detalle figura en planillas anexas:

Venta de productos

$ 232.997.495

Producido de la flota

1.200.000

Recaudaciones varias

21.537.505

Intereses de títulos

65.000

Total

$ 255.800.000 m/n.

Artículo 4° — La Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales aportará a Rentas Generales la suma de once millones de pesos moneda nacional ($ 11.000.000 m/n). De dicha suma, la citada Dirección General retendrá la cantidad de ($ 1 millón m/n) un millón de pesos moneda nacional para adquirir máquinas, equipos y demás elementos necesarios para efectuar perforaciones de agua en toda la República, de conformidad con lo establecido por el Artículo 24 de la Ley N° 12.816 (T.D.).

Artículo 5° — Las inversiones del ejercicio 1943 se ajustarán a las recaudaciones efectivas del año y se realizarán de acuerdo con la distribución aprobada por el Artículo 1° del presente Decreto.

Artículo 6° — El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y de Agricultura.

RAMIREZ. - JORGE A. SANTAMARIA. -DIEGO I MASON.

INCISO 1° - SUELDOS

DISTRIBUCION DEL PERSONAL POR CATEGORIA

N° por categoría Remuneración mensual Importe mensual $ m/n. Importe anual $ m/n.
1

3.000

3.000

36.000

1

2.300

2.300

27.600

4

1.800

7.200

86.400

2

1.500

3.000

36.000

24

1.200

28.800

345.600

1

1.050

1.050

12.600

5

1.000

20.000

240.000

20

900

23.400

.280.800

26

850

4.250

51.000.

41

800

32.800

393.600

16

750

12.000

144.000

51

700

35.700

428.400

35

650

22.750

273.000

67

600

40.200

482.400

25

575

14.375

172.500

77

550

42.350

508.200

130

500

65.000

780.000

111

450

49.950

599.400

206

400

82.400

988.800

61

375

22.875

274.500

43

370

15.910

190.920

188

350

65.800

789.600

185

325

60.125

721.500

41

315

12.915

154.980

439

300

131.700

1.580.400

409

275

112.475

1.349.700

608

250

152.000

1.824.000

12

230

2.760

33.120

416

225

93.600

1.123.200

4

220

880

10.560

482

200

96.400

1.156.800

64

190

12.160

145.920

240

180

43.200

518.400

3

165

495

5.940

348

160

55.680

668.160

50

155

7.750

93.000

12

150

1.800

21.600

78

145

11.310

135.720

181

40

25.340

304.080

58

135

7.830

93.960

110

130

14.300

171.600

15

120

1.800

21.600

16

90

1.440

17.280

25

75

1.875

22.500

Total Part.indiv.4.931  

1.442.945

17.315.340

1 Remuneración Sres. Miembros del Directorio en la forma dispuesta en el Decreto N’ 47.898

108.000

2 Personal a sueldo a incorporar por nuevos servicios en el transcurso del año

828.470

3 Para pago horas extra, Dirección General y Dependencias (Ley N° 11.544)

154.120

4 Prest. Policía Yacimientos Comodoro Rivadavia

13.680

TOTAL INCISO 1°  

$ 18.419.610 m/n.

INCISO 2° - JORNALES

 

Importe anual $ m/n.

Item 1 — Dirección General y Plantas

3.824.363

Item 2 — Destilería en La Plata

2.939.882

Item 3 — Destilería, en San Lorenzo

545.407

Item 4 — Destilería en Campana

635.524

Item 5 — Destilería en Luján de Cuyo

253.176

Item 6 — Destilería en Chachapoyas

218.733

Item 7 — Yacimiento en Comodoro Rivadavia

9.616.716

Item 8 — Yacimiento en Plaza Huincul

2.327.014

Item 9 — Yacimiento del Norte

1.981.809

Item 10 —Yacimiento en Mendoza

3.092.561

TOTAL INCISO 2°

25.435.185

INCISO 3° - GASTOS VARIOS

Partida CONCEPTO Importe $ m/n.
ITEM 1 — GASTOS GENERALES
1 Alquileres de inmueble

349.881

2 Asistencia médica

638.261

3 Curación climatológica y hospitalaria del personal que contrae enfermedades comprendidas en el Decreto N° 92.900

200.000

4 Atención del servicio de radiocomunicaciones

70.000

5 Contratación de personal especializado para mejorar los servicios de la organización

40.000

6 Compensación al personal que trabaja en zonas insalubres

133.000

7 Compensaciones transitorias al personal que desempeña funciones que por su índole se hacen acreedores a mayor remuneración que la correspondiente a su grado de escalafón

350.000

8 Entierro y luto

25.835

9 Gastos de representación y eventuales

60.000

10 Gastos de explotación y mantenimiento de la flota petrolera

4.310.500

11 Gastos del servicio de exploración y perforación

3.781.000

12 Gastos explotación surtidores y estaciones de servicio

66.400

13 Gastos de movilidad y traslado

1.670.747

14 Gastos explotación del servicio de construcciones

301.500

15 Movilidad del personal con auto propio al servicio de la repartición

336.960

16 Oficinas en el exterior

448.112

17 Otros gastos consumibles

1.059.794

18 Propaganda y publicidad

800.000

19 Para pago de importes y de arrendamientos cuestionados que pudieran reclamarse y que habría que considerar como de ejercicios vencidos

350.000

20 Personal de policía en los yacimientos de Salta y Mendoza y Destilería Chachapoyas

58.320

21 Reemplazantes de enfermos a quienes se acuerda licencia de larga duración por haber contraído enfermedades contempladas en el Decreto N° 92.900

20.000

22 Seguros

750.000

23 Servicio de comunicaciones

385.090

24 Luz y fuerza motriz

360.260

25 Para pago de sobreasignaciones al personal de la flota que navega en zonas de peligro con motivo de la actual guerra

540.000

26 Aporte patronal a la Caja Obrera de Pensión a la Vejez e Invalidez de la Provincia de Mendoza (Leyes Nos. 854, 928, 992 y Artículo. 11 del convenio suscripto con la Provincia de Mendoza)

25.515

Total ítem 1°

17.131.175

ITEM 2 — TRANSPORTE DE MATERIALES Y PETROLEO
27 Transporte de materiales

2.730.605

28 Transporte de petróleo

12.725.580

Total ítem 2°

15.456.185

ITEM 3 — PRIMAS AL PERSONAL
29 Primas al personal por paternidad y maternidad, de acuerdo con las reglamentaciones establecidas

1.122.080

30 Primas al personal por antigüedad, de acuerdo con las reglamentaciones establecidas

500.000

Total ítem 3°

1.622.080

ITEM 4 — REGALIAS Y DERECHOS DE EXPLOTACION
31 Regalías y derechos de explotación

7.482 .003

Total ítem 4°

7.482.003

ITEM 5 — CONTRIBUCIONES
32 Gastos de alumnos geólogos que cursan estudios en la Facultad de Ciencias Naturales

3.540

33 Contribución a los fondos de comedores del personal para pago de sus servicios, cuentas pendientes y ayuda en el pago de haberes, reposición y compra de vajilla y elementos afines

336.773

34 Contribución a los Clubes del personal de la Dirección General y Dependencias

34.840

35 Contribución a hospitales, escuelas y otras instituciones

426.961

36 Para la construcción de salones anexos del Colegio Salesiano de Artes y Oficios de Comodoro Rivadavia, destinados a servicios complementarios y para adquisición de maquinarias y elementos destinados a los talleres, para su total funcionamiento

230.000

37 Aportes a Universidades

112.000

Total Item 5°

$ 1.144.114

ITEM 6 — USO DEL CREDITO
38 Pago de intereses de préstamos obtenidos mediante negociaciones de Letras de Tesorería y caución de títulos

480.000

39 Pago de intereses al Fondo de Seguros por el anticipo para la construcción del nuevo edificio

220.331

40 Pago de cuotas por anticipo del fondo de Seguro de la Repartición para la construcción del nuevo edificio (Decreto N° 100.945 del 5 da marzo de 1937)

750.000

Total del ítem 6:

$ 1.450.331

ITEM 7 — GASTOS DE DISTRIBUCION Y VENTA DE SUBPRODUCTOS
41 Gastos: de distribución y venta de subproductos

45.096.611

42 Comisiones a vendedores

81.650

43 Viáticos a vendedores a comisión

107.220

44 Contribución al Tribunal Arbitral de Regulación del Comercio de Combustibles

102.837

Total ítem 7:

45.388.318

ITEM 8 — APORTE PATRONAL
45 Aporte patronal a la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones Civiles sobre sueldos y jornales 1.235.000  
Total ítem 8:

$ 1.235.000

TOTAL INCISO 3°:

$ 90.909.206

INCISO 4° - ADQUISICION DE MATERIALES.
ITEM 1 — DIRECCION GENERAL Y SUCURSALES
1 Materiales y elementos para servicios varios en Dirección General

2.134.260

2 Materiales para la flota

1.481.600

3 Materiales para explotación de Plantas de Almacenaje, Divisionales y Laboratorio Experimental .

2.692.420

4 Adquisición de autos, camiones y demás elementos de distribución y transportes

4.955.800

5 Adquisición de surtidores

400.000

6 Adquisición de equipos y elementos para explotación y distribución de supergás

1.150.000

7 Materiales para servicio geológico

2. 174 .480

8 Adquisición y construcción de unidades de la flota

1.940.000

9 Elementos para habilitación y funcionamiento de estaciones de servicio y garages

157.580

10 Elementos mecánicos de contabilidad y estadística para la Contaduría General y contadurías locales

300.000

11 Elementos para el equipo de construcción de obras

319.000

Total ítem 1:

$ 17.705.140

ITEM 2 — DESTILERIAS
12 Materiales para explotación de la Destilería La Plata

5.627.283

13 Materiales para explotación de la Destilería en San Lorenzo

989.762

14 Materiales para explotación de la Destilería en Campana

444.053

15 Materiales para explotación de la Destilería en Luján de Cuyo

392.572

16 Materiales para explotación de la Destilería en Chachapoyas

236,786

Total ítem 2:  

$ 7.690.456

ITEM 3 — YACIMIENTOS
17 Materiales para la explotación del Yacimiento en Comodoro Rivadavia

18.391.800

18 Materiales para la explotación del Yacimiento en Plaza Huincul

7.263.750

19 Materiales para la explotación del Yacimiento en Salta

2.392.050

20 Materiales para la explotación del Yacimiento en Mendoza

9.485.800

Total ítem3:

$ 37.533.400

ITEM 4 - A CLASIFICAR
21 Materiales solicitados en el año 1942 cuyas inversiones serán realizadas en 1943

1.000.000

22 Para cubrir las diferencias de cambio en la compra de elementos en monedas extranjeras

250.000

23 Para compras locales de carácter urgente a realizar en las Dependencias

509.000

Total ítem4:

$ 1.759.000

TOTAL INCISO 4°:

$ 64.687.996

INCISO 5° - COMPRA DE PRODUCTOS
ITEM 1
1 Para compras de productos procedentes de las regalías a favor del Gobierno Nacional (Ley N° 12.161 de acuerdo con el nuevo régimen establecido en Decretos del Poder Ejecutivo N° 112.785 del 5 de febrero de 1942 y 130.438 del 10 de septiembre de 1942)

10.500.000

2 Para compra de petróleo boliviano, de acuerdo con el convenio celebrado el 24 de abril de 1942, autorizado por Decreto del Poder Ejecutivo N° 113.948 del 27 de febrero de 1942

930.000

Total ítem 1:

$ 11.430.000

TOTAL INCISO 5°:

$ 11.430.000

INCISO 6° — IMPUESTO A LAS VENTAS
ITEM 1
1 Para pago de la cuota del impuesto a las transacciones y a las ventas por los silos 1934 a. 1943, que se hará efectivo compensándolo, en primer término, con la deuda del Gobierno Nacional a la Repartición, proveniente de las liquidaciones de regalías (Ley N° 12.161)

4.000.000

Total Item 1:

4.000.000

TOTAL INCISO 6°:

$ 4.000.000

INCISO 7° — OBRAS ESPECIALES
ITEM 1
1 Edificios y construcciones en general

5.875.172

2 Para almacenes, talleres, garages y prevención de accidentes

5.064.000

3 Para gas, aire y agua

198.000

4 Generación y transporte de energía y comunicaciones eléctricas

887.000

5 Para producción y transporte de hidrocarburos

544.000

6 Instalaciones para estudió y elaboración de hidrocarburo

5.027.000

7 Obras de ingeniería y metalúrgicas

2.329.000

8 Mobiliario

51.000

9 inmuebles

300.000

10 Urbanización

127.000

Total ítem 1:

20.402.172

TOTAL INCISO 7°:

$ 20.402.172

INCISO 8° — APORTE A RENTAS GENERALES
ITEM 1
1 Participación del Estado en los beneficios de Yacimientos Petrolíferos Fiscales, Silo 1943, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 10 de la Ley N° 12.816

10.000.000

2 Aporte complementario que, según lo dispuesto en el Artículo 10 de la Ley N° 12.816 la Repartición retendrá destinándolo a la compra de maquinarias, equipos y demás elementos necesarios para efectuar perforaciones en busca de agua en toda la República

1.000.000

Total ítem1:

$11.000.000

TOTAL INCISO 8°

$ 11.000.000

INCISO 9° — AMORTIZACION DE LETRAS DE TESORERIA
ITEM 1
1 Para amortizar letras de Tesorería descontadas.

7.450.000

Total ítem 1:  

$ 7.450.000

TOTAL INCISO 9°

$ 7.450.000

INCISO 10 — IMPREVISTOS.
ITEM 1
1 Para imprevistos o refuerzos de partidas de los incisos 1 y 2, excluyendo aumentos de sueldos

 2.000.000

Total ítem 1:

$ 2.000.000

TOTAL INCISO 10°:

$ 2.000.000

CALCULO DE RECURSOS
1 - VENTA DE PRODUCTOS:
Nafta  

126.233.280

Aeronafta  

725.000

Nafta Industrial "A"

1.989.000

Nafta Industrial "R’

78.000

Aguarrás  

384.000

Trementol  

135.000

Desnaturalizante  

120.000

Insecticida  

435.000

Kerosene  

16.656.475

Agricol  

11.664.800

Gasoil  

1.461.327

Diesel-oil  

6.868.750

Lubricantes  

15.078.000

Grasas  

772.100

Asfaltos  

2.959.120

Bitalco  

124.800

Supergás  

4.645.000

Fuel-oil  

39.407.043

Coke  

100.800

Petróleo  

3.160.000

Total:  

$ 232.997.495

2 — PRODUCIDO DE LA FLOTA:
Transporte por cuenta de particulares

1.200.000

3 — RECAUDACIONES VARIAS:
Servicio Público en C. Rivadavia  

798.000

Servicio Público en P. Huincul  

60.000

Servicio Público en Salta.  

11.000

Servicio Público en Mendoza.  

13.000

Servicio Público en La Plata  

44.000

Recaudaciones varias en D. General incluyendo reintegro de gastos de consignaciones de terceros

611.505

1.537.505

Transferencia del superávit del ejercicio anterior, suma que podrá aumentar o disminuir según el resultado definitivo que se obtenga

20.000.000

21.537.505

4 — INTERESES DE TITULOS

65.000

TOTAL DE RECURSOS CALCULADOS

$ 255.800.000 m/n.