RESOLUCION N° 260/06

BUENOS AIRES, 28 SET 2006

VISTO el Artículo 103 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), los Decretos Nros. 2.148 del 19 de octubre de 1993 y 1.836 del 14 de octubre de 1994 y la Resolución N° 796 del 20 de septiembre de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO

Que en virtud de lo establecido por el Artículo 2° de la Resolución N° 796 de fecha 20 de setiembre de 2000 del ex — MINISTERIO DE ECONOMIA se ha dispuesto tener por presentadas las Rendiciones de Cuentas confeccionadas por la ex - EMPRESA NUCLEAR ARGENTINA DE CENTRALES ELECTRICAS SOCIEDAD ANONIMA, correspondientes al período comprendido entre el 1 de enero de 1997 y el 3 1 de diciembre de 1999.

Que por dicho acto se dispuso dar por concluida a los NOVENTA (90) días corridos contados desde la fecha de publicación de la Resolución N° 796/2000 del ex —MINISTERIO DE ECONOMIA en el Boletín Oficial, la liquidación de la ex - EMPRESA NUCLEAR ARGENTINA DE CENTRALES ELECTRICAS SOCIEDAD ANONIMA.

Que no obstante ello, en el período que media entre la última Rendición de Cuentas aprobada por la Resolución N° 796/2000 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA y la fecha en que se produjo la extinción de la personería jurídica de la ex - EMPRESA NUCLEAR ARGENTINA DE CENTRALES ELECTRICAS SOCIEDAD ANONIMA, la misma continuó desarrollando las tareas inherentes a su proceso liquidatorio, conforme a lo por el Artículo 4° del aludido cuerpo legal.

Que en consecuencia se han presentado las Rendiciones de Cuentas correspondientes al período comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2000.

Que por el Artículo 3° de la Resolución N° 796/2000 del ex — MINISTERIO DE ECONOMIA se delegó en la SECRETARIA DE HACIENDA del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA, actualmente MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, tener por presentadas las Rendiciones de Cuentas mencionadas en el considerando precedente.

Que el Decreto N° 1.283 del 24 de mayo de 2003 sustituyó, entre otros aspectos, la denominación del MINISTERIO DE ECONOMIA por la de MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, asignándole las competencias a las que esta Cartera Ministerial deberá ajustar su accionar.

Que en función de tal asignación, se reordenaron las responsabilidades de dicha Jurisdicción mediante el Decreto N° 25 del 27 de mayo de 2003, que aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION así como los objetivos de los niveles políticos establecidos en dicho Organigrama hasta el nivel de Subsecretarías.

Que posteriormente el Decreto N° 1.359 del 5 de octubre de 2004 sustituyó el Anexo I al Artículo 1° del Decreto 25/03 por el que se consigna en la Planilla Anexa a su Articulo 1° -

Que del mismo modo, el Decreto N° 1359/04 en su Articulo 2° sustituyó el Anexo II Artículo 20 del Decreto N° 25/03, quedando conformado según el detalle que se consigna las Planillas Anexas a dicho artículo.

Que por su parte, el Articulo 3° del Decreto N° 1359/04 dispuso aprobar la estructura organizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de acuerdo con los Organigramas, Responsabilidades Primarias y Acciones y Dotación que como Anexos la, Ib, Ic, Id, Ie, If, Ig, Ih, Ii, Ij, Ik, II, lIIa y IIIb forman parte integrante del citado decreto.

Que conforme las responsabilidades establecidas en el Decreto N° 1.359/04, es de competencia de esta SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, coordinar la aplicación de las medidas destinadas a lograr la normalización patrimonial del Sector Público Nacional, entre otras.

Que en consecuencia resulta conducente que esta SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio tenga por presentadas las Rendiciones de Cuentas de la ex - EMPRESA NUCLEAR ARGENTINA DE CENTRALES ELECTRICAS SOCIEDAD ANONIMA, posteriores al 31 de diciembre de 1999.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3° de la Resolución N° 796/2000 del ex — MINISTERIO DE ECONOMIA y lo dispuesto por los Decretos Nros. 1.283/03, 25/03 y 1.359/04.

Por ello,

LA SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

RESUELVE

ARTICULO 1° - Tener por presentadas las Rendiciones de Cuentas correspondientes al comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2000, de la ex EMPRESA NUCLEAR ARGENTINA DE CENTRALES ELECTRICAS SOCIEDAD ANONIMA, que como Anexo I integran la presente resolución.

ARTICULO 2° - Regístrese, comuníquese y archívese.
 


ANEXO I
ANEXO II