CONVENIOS

Decreto 242/96

Convalidase un Convenio celebrado entre Agua y Energía Eléctrica Sociedad del Estado y Servicios Públicos Sociedad del Estado de la Provincia de Santa Cruz, relacionado con la transformación del Sector Eléctrico.

Bs. As., 8/3/96

VISTO el Expediente N° 760.012/94 del Registro de la ex SECRETARIA DE ENERGIA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de la política de Reforma del Estado adoptada y en curso de ejecución por el GOBIERNO NACIONAL, un aspecto trascendente lo constituye el proceso de transformación del Sector Eléctrico, resultando imprescindible para su cumplimiento acelerar la ejecución de medidas para adecuar su estructura y funcionamiento tanto para la coyuntura como para el largo plazo.

Que para alcanzar dicho objetivo resulta necesario transferir a SERVICIOS PUBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO de la Provincia de SANTA CRUZ el servicio que prestaba AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO en el territorio de la mencionada Provincia, en los términos del Convenio celebrado el 31 de mayo de 1994, todo de conformidad con las Leyes N° 18.586, N 15.336 y N° 24.065.

Que ello agregará un elemento para el cumplimiento de los objetivos fijados en el proceso de Reestructuración del Sector Eléctrico, que permitirá racionalizar y optimizar la prestación de los servicios involucrados y eliminar desequilibrios orgánico-estructurales que le restan eficiencia a la gestión de AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que la transferencia de los activos detallados en el citado Convenio se efectivizará mediante Actas, de conformidad al artículo 2° de la Ley N° 18.586 y su Decreto Reglamentario N° 258 del 31 de enero de 1980.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico permanente del área.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por las Leyes N 18.586 y N° 23.696 y el artículo 99 inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Convalídase el Convenio celebrado el 31 de mayo de 1994 entre AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO y SERVICIOS PUBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO de la Provincia de SANTA CRUZ por el cual la primera transfiere a la segunda a título gratuito: los tramos de líneas en SESENTA Y SEIS KILOVOLTIOS (66 kV)l PICO TRUNCADO - CAÑADON SECO y CAÑADON SECO - CALETA OLIVIA; la Estación Transformadora CALETA OLIVIA y la Unidad Turbogás marca THM (HISPANO - SUIZA) UN MILDOSCIENTOS TRES (1203), todos bienes situados dentro del territorio de la Provincia de SANTA CRUZ, Convenio que consta de SEIS (6) cláusulas y UN (1) Anexo que en fotocopia autenticada y formando parte del presente acto se agrega como ANEXO lA.

Art. 2° — La transferencia que se convalida por el presente Decreto se efectivizará mediante Actas, de conformidad al artículo 2° de la Ley N° 18.586 y su Decreto Reglamentario N° 258 del 31 de enero de 1980.

Art. 3° — El presente acto tendrá vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Eduardo Bauza. — Domingo F. Cavallo.