HIDROCARBUROS
Decisión Administrativa 24/2003
Autorízase a Tecpetrol S.A. a ceder su participación sobre la Concesión de Explotación del Area CC-2 "Atamisqui" (Provincia de Mendoza) a favor de Petrolera Santa Fe S.R.L.
Bs. As., 1/8/2003
VISTO el Expediente N° 751-003292/2001 del Registro del ex - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1.771 de fecha 5 de septiembre de 1990 se aprobó la adjudicación del Concurso Público Internacional N° 1/92 y todos los procedimientos administrativos realizados como consecuencia del mismo, para el Area CC-2 "ATAMISQUI", ubicada en la Provincia de MENDOZA.
Que por el mismo Decreto N° 1771 de fecha 5 de septiembre de 1990 se otorgó a la empresa TECPETROL SOCIEDAD ANONIMA, la Concesión de Explotación sobre el Area CC-2 "ATAMISQUI" ubicada en la Provincia de MENDOZA, con el objeto de realizar trabajos de explotación, exploración complementaria y desarrollo de hidrocarburos bajo el régimen del Artículo 30 y concordantes de la Ley N° 17.319.
Que TECPETROL SOCIEDAD ANONIMA ha arribado a un acuerdo preliminar con PETRO-LERA SANTA FE SOCIEDAD ANONIMA actualmente PETROLERA SANTA FE SOCIE-DAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para cederle el total de su participación en el Area CC-2 "ATAMISQUI" ubicada en la Provincia de MENDOZA. La transformación societaria indicada en el considerando precedente, fue inscripta en la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA el 4 de junio de 2002 bajo el número 2604 del libro 116 de sociedades de responsabilidad limitada.
Que de autorizarse la cesión descripta, PE-TROLERA SANTA FE SOCIEDAD DE RES-PONSABILIDAD LIMITADA será titular del CIEN POR CIENTO (100%) del área.
Que la empresa cesionaria, reúne las condiciones requeridas por la Ley N° 17.319 para ser titular de la Concesión de Explotación.
Que la empresas cedente y la empresa cesionaria han presentado la minuta de escritura pública de cesión.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 6° del Decreto N° 27 de fecha 27 de mayo de 2003.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 72 y 98, inciso b) de la Ley N° 17.319 y el Artículo 8° del Decreto N° 909 de fecha 30 de junio de 1995.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° Autorízase a la empresa TECPETROL SOCIEDAD ANONIMA a ceder el CIEN POR CIENTO (100%) de su participación sobre la Concesión de Explotación del Area CC-2 "ATA-MISQUI" ubicada en la Provincia de MENDOZA a favor de PETROLERA SANTA FE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
Art. 2° La empresa cedente y la empresa cesionaria involucradas en la cesión que por la presente Decisión Administrativa se autoriza, deberán presentar a la Autoridad de Aplicación la escritura definitiva de la cesión que se autoriza por el artículo precedente a los fines de la efectiva vigencia de la misma.
Art. 3° A los efectos del otorgamiento de la escritura pública de la cesión que se autoriza por el artículo 1° de este acto, el Escribano Público interviniente deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 74 de la Ley N° 17.319.
Art. 4° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto A. Fernández. Julio M. De Vido.