TRANSPORTE AERO COMERCIAL

Dispónese la liquidación administrativa de Austral Líneas Aéreas

Desígnase Liquidador.

DECRETO 2066/87

Bs. As., 22/12/87

VISTO el Expediente N° 351/85 - Corresponde 3 del Registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y

CONSIDERANDO:

Que con la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Nación el día 2 de diciembre de 1987 se suscribió el contrato entre Austral Líneas Aéreas S.A. y Cielos S.A. por el que la primera y transfirió sus activos materiales e inmateriales afectados a explotación, incluidas las rutas de las que es titular y excluidos los créditos a cobrar por prestaciones cumplidas por aquella, las disponibilidades y las inversiones financieras tras, todo ello en los términos del Decreto N° 1.720/86.

Que simultáneamente con la firma del contrato se entregó la posesión de los bienes que formaban parte la operación de venta y transferencia.

Que ante las circunstancias indica das, en Austral Líneas Aéreas S.A. se dará la situación contemplada en el inc. 49 del Artículo 94 de la Ley N° 19.550, por lo que, ante la imposibilidad de lograr el objeto para que se formó, procede la disolución de la sociedad.

Que la Ley N° 22.177 faculta al Poder Ejecutivo Nacional para disponer la liquidación administrativa de Austral Líneas Aéreas S.A. y designar las autoridades que la llevarán a cabo.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dispónese la liquidación administrativa de Austral Líneas Aéreas S.A. a partir del 29 de diciembre de 1987.

Art. 2° — Desígnase al señor D. José Alberto Amor (LE. N° 4.120.480), liquidador de Austral Líneas Aéreas S.A., quien se hará cargo de sus funciones una vez llevada a cabo la Asamblea General Extraordinaria convocada para el día 29 de diciembre de 1987, a las 16 horas.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ALFONSIN - Rodolfo H. Terragno