TRANSPORTE AERO COMERCIAL
Dispónese la liquidación administrativa de Austral Líneas Aéreas
Desígnase Liquidador.
DECRETO 2066/87
Bs. As., 22/12/87
VISTO el Expediente N° 351/85 - Corresponde 3 del Registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y
CONSIDERANDO:
Que con la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Nación el día 2 de diciembre de 1987 se suscribió el contrato entre Austral Líneas Aéreas S.A. y Cielos S.A. por el que la primera y transfirió sus activos materiales e inmateriales afectados a explotación, incluidas las rutas de las que es titular y excluidos los créditos a cobrar por prestaciones cumplidas por aquella, las disponibilidades y las inversiones financieras tras, todo ello en los términos del Decreto N° 1.720/86.
Que simultáneamente con la firma del contrato se entregó la posesión de los bienes que formaban parte la operación de venta y transferencia.
Que ante las circunstancias indica das, en Austral Líneas Aéreas S.A. se dará la situación contemplada en el inc. 49 del Artículo 94 de la Ley N° 19.550, por lo que, ante la imposibilidad de lograr el objeto para que se formó, procede la disolución de la sociedad.
Que la Ley N° 22.177 faculta al Poder Ejecutivo Nacional para disponer la liquidación administrativa de Austral Líneas Aéreas S.A. y designar las autoridades que la llevarán a cabo.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° Dispónese la liquidación administrativa de Austral Líneas Aéreas S.A. a partir del 29 de diciembre de 1987.
Art. 2° Desígnase al señor D. José Alberto Amor (LE. N° 4.120.480), liquidador de Austral Líneas Aéreas S.A., quien se hará cargo de sus funciones una vez llevada a cabo la Asamblea General Extraordinaria convocada para el día 29 de diciembre de 1987, a las 16 horas.
Art. 3° Comuníquese, publíquese dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ALFONSIN - Rodolfo H. Terragno