Resolución S.E.152/94

BUENOS AIRES, 26 MAY 1994

VISTO el estado del proceso licitatorio para la venta del CINCUENTA Y NUEVE POR CIENTO (59%) del paquete accionario de HIDROELECTRICA DIAMANTE SOCIEDAD ANONIMA (HIDROELECTRICA DIAMANTE S.A.), y

CONSIDERANDO:

Que habiéndose resuelto en acto público la Preadjudicación del citado paquete accionario a INVERSORA DIAMANTE SOCIEDAD ANONIMA, integrada por CONJUNTO ECONOMICO E.D.F. INTERNATIONAL SOCIEDAD ANONIMA, ELECTRICITE DE FRANCE, BANCO DE GALICIA y BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA y NUCLEAMIENTO INVERSOR SOCIEDAD ANONIMA resulta imprescindible disponer la transferencia del activo y pasivo correspondiente a HIDROELECTRICA DIAMANTE SOCIEDAD ANONIMA (HIDROELECTRICA DIAMANTE S.A.)

Que para determinar el monto del aporte de capital, resultante de lo expuesto en el párrafo precedente, debe tenerse en cuenta el valor de la oferta económica realizada por el preadjudicatario.

Que corresponde incorporar al activo de la Sociedad el valor del negocio resultante de las concesiones otorgadas a dicha Sociedad, determinado en función del monto de la oferta económica, a cuyo efecto su capital social debe ser incrementado en una cifra que refleje la proyección del valor ofertado por la venta del CINCUENTA Y NUEVE POR CIENTO (59%) del paquete accionario total, sobre el CIENTO POR CIENTO (100%) de las acciones, tal como está previsto en el Artículo 5° de los Estatutos Sociales.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de las facultades que surgen del artículo 12 del Decreto N° 2.259 del 27 de octubre de 1.993.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Determinase que corresponden a la Unidad de Negocio conformada por el Aprovechamiento Hidroeléctrico DIAMANTE actualmente a cargo de AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO, en los términos del contrato de concesión otorgado a HIDROELECTRICA DIAMANTE SOCIEDAD ANONIMA (HIDROELECTRICA DIAMANTE S.A.), los activos, pasivos, personal y contratos que se detallan respectivamente en los Anexos I, II, III y IV de este acto del que forman parte integrante.

ARTICULO 2° — Transfiérense a HIDROELECTRICA DIAMANTE SOCIEDAD ANONIMA, en el carácter de aporte irrevocable de capital, los activos identificados en el Anexo I de este acto, por un valor de PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE ($ 55.554.237), siendo en consecuencia, éste el aumento de capital representado por:

a) VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO (28.332.661) acciones Clase "A".

b) VEINTISEIS MILLONES CIENTO DIEZ MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO (26.110.491) acciones Clase "B".

c) UN MILLON CIENTO ONCE MIL OCHENTA Y CINCO (1.111.085) acciones Clase "C".

Transfiérese también, conjuntamente, el pasivo que figura en el Anexo II de este acto, cuyo monto asciende a PESOS TREINTA Y DOS MILLONES ($ 32.000.000).

El aporte de capital societario, resultante de los valores de activo y pasivo definidos en los párrafos precedentes de este artículo, es de PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE ($ 55.554.237).

ARTICULO 3° — Transfiérese a HIDROELECTRICA DIAMANTE SOCIEDAD ANONIMA, el personal nominado en el Anexo III de este acto.

ARTICULO 4° — Transfiérese a HIDROELECTRICA DIAMANTE SOCIEDAD ANONIMA, los contratos y obligaciones detallados en el Anexo IV de este acto.

ARTICULO 5° — Notifíquese a AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO, y a INVERSORA DIAMANTE SOCIEDAD ANONIMA, integrada por CONJUNTO ECONOMICO E.D.F. INTERNATIONAL SOCIEDAD ANONIMA, ELECTRICITE DE FRANCE, BANCO DE GALICIA y BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA y NUCLEAMIENTO INVERSOR SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese y archívese.

 

ANEXO I

 

ACTIVO TRANSFERIDO A HIDROELECTRICA DIAMANTE S.A.

 

Está constituido por la Concesión para generar energía eléctrica otorgada por el Estado Nacional, la Concesión de uso de los bienes que integran el Sistema Hidroeléctrico DIAMANTE S.A. y de uso hidroeléctrico del agua del Río DIAMANTE otorgada por la Provincia de Mendoza y por los Bienes Propios determinados en el SUBANEXO II — INVENTARIO — del ANEXO III— CONTRATO DE CONCESION; del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES para la venta del CINCUENTA Y NUEVE POR CIENTO (59%) del paquete accionario de HIDROELECTRICA DIAMANTE S.A. aprobado por Resolución M. E. y. O. y S.P. N° 140 del 26 de enero de 1.994, Resolución S.E. N° 74 del 13 de abril de 1.994 y la convalidatoria de las circulares emitidas por el Comité Privatizador.

 

ANEXO II

 

PASIVO TRANSFERIDO A HIDROELECTRICA DIAMANTE S.A.

 

Es el que se define en el SUBANEXO IV —PASIVOS— del ANEXO II — CONTRATO DE TRANSFERENCIA— del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES para la venta del CINCUENTA Y NUEVE POR CIENTO (59%) del paquete accionario de HIDROELECTRICA DIAMANTE S.A., aprobado por Resolución M.E. y O. y S.P. N° 140 del 26 de enero de 1.994 y la convalidatoria de las circulares emitidas por el Comité Privatizador.

 

ANEXO III

 

PERSONAL TRANSFERIDO A HIDROELECTRICA DIAMANTE S.A.

 

Es el que se define en el SUBANEXO V —PERSONAL— del ANEXO II — CONTRATO DE TRANSFERENCIA — del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES para la venta del CINCUENTA Y NUEVE POR CIENTO (59%) del paquete accionario de HIDROELECTRICA DIAMANTE S.A. aprobado por Resolución M.E. y O. y S.P. N° 140 del 26 de enero de 1.994 y la convalidatoria de las circulares emitidas por el Comité Privatizador, con las condiciones y alcances que en esta se determina.

 

ANEXO IV

 

CONTRATOS Y OBLIGACIONES TRANSFERIDOS A HIDROELECTRICA DIAMANTE

S.A.

 

Son los contratos y obligaciones detallados en el SUBANEXO III — CONTRATOS CEDIDOS — del ANEXO II — CONTRATO DE TRANSFERENCIA — del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES para la venta del CINCUENTA Y NUEVE POR CIENTO (59%) del paquete accionario de HIDROELECTRICA DIAMANTE S.A. aprobado por Resolución M.E. y O. y S.P. N° 140 del 26 de enero de 1.994 y la convalidatoria de las circulares emitidas por el Comité Privatizador.