RESOLUCION Nº 1484/92
BUENOS AIRES, 29 DIC 1992
VISTO el expediente N° 6171/92 del registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - SECRETARIA DE TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las disposiciones del Artículo 25 del Decreto Nº 2070 de
fecha de 12 de noviembre de 1992 se ordenó a la ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO
DE LA NACION la protocolización de los estatutos de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS
ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA DE NAVEGACION y del SANATORIO HALLIBURTON SOCIEDAD
ANONIMA, facultándose al suscripto y al Interventor en la EMPRESA LINEAS
MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA con Participación Estatal Mayoritaria y/o
a los funcionarios que estos designen a firmar las correspondientes escrituras
públicas de dichas Sociedades.
Que razones de urgencia y agilización de las tramitaciones inherentes
al proceso de privatización de los mencionados entes, hacen aconsejable delegar
la facultad que se le acordara al suscripto en el Señor Secretario de Transporte.
Que la presente medida se dicta en función de las y disposiciones del
Artículo 25 del Decreto Nº 2070/92.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Delégase en
el señor SECRETARIO DE TRANSPORTE la facultad otorgada al suscripto por el
Artículo 25 del Decreto N° 2070/92, a efectos de que el mismo proceda a firmar
las escrituras públicas a que se hace mención en los considerandos de la
presente resolución.
ARTICULO 2°.- Comuníquese a
la Comisión Bicameral creada en virtud del Artículo 14 de la Ley N° 23696, a
los efectos previstos en dicho cuerpo normativo.
ARTICULO 3°.- Comuníquese a
la Comisión Asesora de la Privatización establecida en el Pliego de Bases y
Condiciones para la venta a través de Licitación Pública Nacional e Internacional
sin Base de las acciones ordinarias nominativas no endosables clase
"A" de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA DE
NAVEGACION.
ARTICULO 4°.- Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.