RESOLUCION N° 1482/91

 

BUENOS AIRES, 9/11/1991

 

VISTO el Expediente N° 1740/91 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS -SECRETARIA DE TRANSPORTE, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 1926/91 la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA llamó a Licitación Pública Internacional N° 3/91 para la venta de los buques "TUCUMAN", "NEUQUEN II", "ALMIRANTE STORNI" y "GLACIAR VIEDMA".

 

Que el procedimiento licitatorio se llevó a cabo conforme los lineamientos previstos, presentándose diversas ofertas que fueron analizadas por las Comisiones internas de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONONIMA.

 

Que en virtud de los estudios efectuados la Intervención en la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA resolvió, mediante la Resolución Intervención N° 55/91,preadjudicar: a la AGENCIA MARITIMA INTERNACIONAL S.A. por cuenta de WORLD CIRCLE LIMITED, CAYMAN ISLANDS el buque "TUCUMAN" en la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$s 2.420.000); a la AGENCIA MARITIMA SUDOCEAN S.A. en representación de SEABON HOLDING CORPORATION, de PANAMA, el buque "ALMIRANTE STORNI" en la suma de DOS MIILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$s 2.510.000); a la COMPAÑIA DE NAVEGACION ATLANTICO AUSTRAL S.A. en representación de REEFER & GENERAL SHIPPING COMPANY Inc de PANAMA el buque "GLACIAR VIEDMA" en la suma de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$s 10.325.000).

 

Que dichas ofertas resultan admisibles, ya que las mismas se ajustan a los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones previstos para la Licitación Pública Internacional N° 3/91.

 

Que con relación al buque "NEUQUEN II" no se han presentado ofertas dentro de los plazos establecidos en la Licitación, motivo por el cual en la Resolución Intervención N° 55/91 antes citada, el Interventor en la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA declaró desierto el llamado, decidiendo recurrir al procedimiento de Contratación Directa previsto en el Reglamento de Contrataciones de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA para los supuestos de licitaciones fracasadas por no haberse presentado ofertas, y de conformidad con las previsiones del Artículo 56 de la Ley de Contabilidad.

 

Que en el marco del proceso de venta por Contratación Directa encarado por la EMPRESA LINEAS HARITIMAS ARGENTI NAS SOCIEDAD ANONIMA, se presentó solamente UNA (1) oferta por el buque "NEUQUEN II", que corresponde a ATLAS AGENCIA MARITIMA S.R.L. en representación de JOHN J. RIGOS MARINE ENTERPRISE S.A. por la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$s 2.320.000).

 

Que dicha oferta cumple acabadamente las obligaciones que surgen del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Internacional Nº 3/91, siendo el precio ofertado superior al valor base allí establecido.

 

Que por tales motivos, la Intervención en la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA resolvió preadjudicar el buque "NEUQUEN II" a ATLAS AGENCIA MARITIMA S.R.L. en representación de JOHN J. RIGOS MARINE ENTERPRISE S.A. Mediante el dictado de la Resolución Intervención Nº 56/91.

 

Que dicha decisión enmarca en el procedimiento establecido en el Artículo 77 del Reglamento de Contrataciones de la Empresa y se ajusta al principio general consagrado por el Artículo 56 de la Ley de Contabilidad.

 

Que en función de lo dispuesto por el Artículo 29 del Decreto Nº 1926/91, este Ministerio es competente para pronunciarse respecto de lo decidido por la Intervención en la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA

 

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA

y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

 

ARTICULO 1.- Apruébase la venta realizada por Licitación Pública Internacional Nº 3/91 por la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, de los siguientes buques: "TUCUMAN" a la AGENCIA MARITIMA INTERNACIONAL S.A. por cuenta de WORLD CIRCLE LIMITED, CAYMAN ISLANDS en la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES ( u$s 2.420.000); "ALMIRANTE STORNI" a la AGENCIA MARITIMA SUDOCEAN S.A. en representación de SEABON HOLDING CORPORATION, de PANAMA en la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$s 2.510.000) y "GLACIAR VIEDMA" a la COMPAÑIA DE NAVEGACION ATLANTICO AUSTRAL S.A. en representación de REEFER & GENERAL SHIPPING COMPANY Inc., de PANAMA, en la suma de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$s 10.325.000).

 

ARTICULO 2°.- Apruébase la venta por Contratación Directa realizada por la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA del buque "NEUQUEN II" a ATLAS AGENCIA MARITIMA S.R.L. en representación de JOHN J. RIGOS MARINE ENTERPRISE S.A. en la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$s 2.320.000).

 

ARTICULO 3.- Ratifícase en todos sus términos las Resoluciones Intervención N° 55/91 y 56/91, las que en copia autenticada se agregan como Anexos I y II a la presente Resolución.

 

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.