RESOLUCION
N° 1482/91
BUENOS AIRES, 9/11/1991
VISTO el
Expediente N° 1740/91 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS -SECRETARIA DE TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que en
virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 1926/91 la EMPRESA LINEAS MARITIMAS
ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA llamó a Licitación Pública Internacional N° 3/91
para la venta de los buques "TUCUMAN", "NEUQUEN II",
"ALMIRANTE STORNI" y "GLACIAR VIEDMA".
Que el
procedimiento licitatorio se llevó a cabo conforme los lineamientos previstos,
presentándose diversas ofertas que fueron analizadas por las Comisiones
internas de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONONIMA.
Que en
virtud de los estudios efectuados la Intervención en la EMPRESA LINEAS MARITIMAS
ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA resolvió, mediante la Resolución Intervención N°
55/91,preadjudicar: a la AGENCIA MARITIMA INTERNACIONAL S.A. por cuenta de
WORLD CIRCLE LIMITED, CAYMAN ISLANDS el buque "TUCUMAN" en la suma de
DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$s 2.420.000);
a la AGENCIA MARITIMA SUDOCEAN S.A. en representación de SEABON HOLDING
CORPORATION, de PANAMA, el buque "ALMIRANTE STORNI" en la suma de DOS
MIILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$s 2.510.000); a la
COMPAÑIA DE NAVEGACION ATLANTICO AUSTRAL S.A. en representación de REEFER &
GENERAL SHIPPING COMPANY Inc de PANAMA el buque "GLACIAR VIEDMA" en
la suma de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES
(u$s 10.325.000).
Que dichas
ofertas resultan admisibles, ya que las mismas se ajustan a los requerimientos
del Pliego de Bases y Condiciones previstos para la Licitación Pública
Internacional N° 3/91.
Que con
relación al buque "NEUQUEN II" no se han presentado ofertas dentro de
los plazos establecidos en la Licitación, motivo por el cual en la Resolución
Intervención N° 55/91 antes citada, el Interventor en la EMPRESA LINEAS
MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA declaró desierto el llamado, decidiendo
recurrir al procedimiento de Contratación Directa previsto en el Reglamento de
Contrataciones de la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA para
los supuestos de licitaciones fracasadas por no haberse presentado ofertas, y
de conformidad con las previsiones del Artículo 56 de la Ley de Contabilidad.
Que en el
marco del proceso de venta por Contratación Directa encarado por la EMPRESA
LINEAS HARITIMAS ARGENTI NAS SOCIEDAD ANONIMA, se presentó solamente UNA (1)
oferta por el buque "NEUQUEN II", que corresponde a ATLAS AGENCIA
MARITIMA S.R.L. en representación de JOHN J. RIGOS MARINE ENTERPRISE S.A. por
la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$s
2.320.000).
Que dicha
oferta cumple acabadamente las obligaciones que surgen del Pliego de Bases y
Condiciones de la Licitación Pública Internacional Nº 3/91, siendo el precio
ofertado superior al valor base allí establecido.
Que por
tales motivos, la Intervención en la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS
SOCIEDAD ANONIMA resolvió preadjudicar el buque "NEUQUEN II" a ATLAS
AGENCIA MARITIMA S.R.L. en representación de JOHN J. RIGOS MARINE ENTERPRISE
S.A. Mediante el dictado de la Resolución Intervención Nº 56/91.
Que dicha
decisión enmarca en el procedimiento establecido en el Artículo 77 del
Reglamento de Contrataciones de la Empresa y se ajusta al principio general
consagrado por el Artículo 56 de la Ley de Contabilidad.
Que en
función de lo dispuesto por el Artículo 29 del Decreto Nº 1926/91, este
Ministerio es competente para pronunciarse respecto de lo decidido por la
Intervención en la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA
Por ello,
EL MINISTRO
DE ECONOMIA
y OBRAS y
SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Apruébase la venta realizada por Licitación
Pública Internacional Nº 3/91 por la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS
SOCIEDAD ANONIMA, de los siguientes buques: "TUCUMAN" a la AGENCIA
MARITIMA INTERNACIONAL S.A. por cuenta de WORLD CIRCLE LIMITED, CAYMAN ISLANDS
en la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (
u$s 2.420.000); "ALMIRANTE STORNI" a la AGENCIA MARITIMA SUDOCEAN
S.A. en representación de SEABON HOLDING CORPORATION, de PANAMA en la suma de
DOS MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$s 2.510.000) y
"GLACIAR VIEDMA" a la COMPAÑIA DE NAVEGACION ATLANTICO AUSTRAL S.A.
en representación de REEFER & GENERAL SHIPPING COMPANY Inc., de PANAMA, en
la suma de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES
(u$s 10.325.000).
ARTICULO 2°.- Apruébase la venta por Contratación
Directa realizada por la EMPRESA LINEAS MARITIMAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA
del buque "NEUQUEN II" a ATLAS AGENCIA MARITIMA S.R.L. en
representación de JOHN J. RIGOS MARINE ENTERPRISE S.A. en la suma de DOS
MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$s 2.320.000).
ARTICULO 3.- Ratifícase en todos sus términos
las Resoluciones Intervención N° 55/91 y 56/91, las que en copia autenticada se
agregan como Anexos I y II a la presente Resolución.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.